I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. Presupuestos. (BOE-A-2023-2980)
Ley 11/2022, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 6 de febrero de 2023

Sec. I. Pág. 16658

TÍTULO III
Gastos de personal y otras disposiciones
CAPÍTULO I
Gastos de personal
Artículo 12. Gastos del personal al servicio de la Administración de la comunidad
autónoma de las Illes Balears y del resto de entes integrantes del sector público
autonómico.
1. Las retribuciones del personal al servicio de la Administración de la comunidad
autónoma de las Illes Balears y del resto de entes integrantes del sector público
autonómico, de conformidad con la delimitación que realiza, a tal efecto, la Ley 7/2010,
de 21 de julio, del sector público instrumental de la comunidad autónoma de las Illes
Balears, o, en su caso, la que efectúe con carácter básico el Estado para el año 2023 por
medio de la correspondiente norma de rango legal y en el marco de los presupuestos
generales del Estado para el año 2023, salvo el personal eventual, se regirán por las
siguientes normas:
a) Con carácter general, y con efectos de 1 de enero de 2023, las retribuciones del
mencionado personal se incrementarán un 2,5% respecto a las vigentes a 31 de
diciembre de 2022, en términos de homogeneidad para los dos períodos de
comparación, tanto por lo que respecta a efectivos de personal como a la antigüedad del
mismo, sin perjuicio de todo lo previsto en el apartado 4 de este artículo.
De acuerdo con ello, las retribuciones de los funcionarios en concepto de sueldos,
trienios y complemento de destino serán las siguientes:
1.° El sueldo y los trienios que corresponden al grupo en que esté clasificado el
cuerpo o la escala al que pertenece el funcionario, de acuerdo con las cuantías
siguientes, en euros, referidas a doce mensualidades:
Grupo/subgrupo

Sueldo

Euros

Trienios

Euros

A1

15.459,72

595,08

A2

13.367,76

485,28

B

11.685,24

425,76

C1

10.036,92

367,32

C2

8.353,56

250,08

7.645,68

188,16

Agrupaciones profesionales.

2.° El complemento de destino, ordenado desde el nivel 10 al 30, correspondiente
al puesto de trabajo que ocupe el funcionario, de acuerdo con las siguientes cuantías, en
euros, referidas a doce mensualidades:
Nivel

Importe

Euros

30

13.121,20

29

11.769,09

28

11.274,51

cve: BOE-A-2023-2980
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Núm. 31