I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Presupuestos. (BOE-A-2023-2942)
Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 4 de febrero de 2023
Sec. I. Pág. 16245
fiscales para los jóvenes, alivio de la carga financiera de las empresas de hasta el 2% y
un incremento del 7% como fórmula de compensación de la subida de los costes en las
subvenciones.
Las segundas se dirigen al plano fiscal, con la mayor reducción de tasas y precios
públicos acometida en la Comunidad autónoma, y con la materialización de los cambios
normativos aprobados en materia de vivienda en las zonas rurales de forma que se
actúa frente al reto demográfico y para la financiación de la vivienda habitual de los
jóvenes extremeños.
III
Por lo que respecta a la estructura de la ley, la misma consta de cinco Títulos, con
cincuenta y tres artículos, veintiuna disposiciones adicionales, una disposición
derogatoria y cuatro disposiciones finales.
El Título I, denominado «De la aprobación de los presupuestos y la gestión
presupuestaria» consta de tres capítulos. El Capítulo I, «Créditos iniciales y financiación
de los mismos», establece el ámbito de los presupuestos generales de la Comunidad
Autónoma. Asimismo, contiene la aprobación de los estados de ingresos y gastos, la
distribución funcional del gasto, la financiación de los créditos, así como los beneficios
fiscales que afectan a los tributos a recaudar por la Junta de Extremadura. El Capítulo II
se denomina «De las modificaciones presupuestarias». Y el Capítulo III se refiere a las
«Normas especiales de gestión presupuestaria».
Entre las novedades más destacadas de este Título I se encuentran:
– Se elimina el precepto referido a la vinculación jurídica de los créditos
presupuestarios, dado que con la entrada en vigor de la «Ley de Medidas de mejora de
procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de
servicios públicos en un contexto de crisis sanitaria», se regula este aspecto en el
artículo 60 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de
Extremadura, modificado en este sentido.
– En el art. 9 se elimina la posibilidad de generar crédito a través de los recursos
derivados de la iniciativa REACT-EU procedentes de la UE destinados a amortizar los
préstamos del Fondo de Liquidez REACT-EU, al no contar con ningún préstamo de estas
características.
– En este mismo artículo, se incorpora la posibilidad de reponer créditos vía
generación para ingresos procedentes del reintegro de operaciones del presupuesto
corriente, en tanto se puedan habilitar en el Sistema Integrado de Gestión Económicofinanciero ALCÁNTARA otras vías, a través del subsistema de ejecución del presupuesto
de gastos.
– Se ha optado, por razones sistemáticas, por incluir en un solo precepto, el
artículo 12, las normas de procedimientos en materia de fondos europeos e incluir el
resto de normas de procedimiento en el artículo 13. En las leyes de presupuestos
anteriores aparecían en un solo precepto.
Dentro del Título II, «De los gastos de personal y otros costes», en su Capítulo I, «De
los regímenes retributivos», se regulan la variación general de las retribuciones del
personal de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y las retribuciones de los cargos
públicos; del personal funcionario, estatutario, interino, eventual y laboral, recogiéndose
las variaciones establecidas por la normativa básica de Función Pública. En el Capítulo
II, «Disposiciones en materia de gestión del sistema retributivo», se establecen normas
comunes en materia retributiva, y en el Capítulo III se introducen «Otras disposiciones en
materia de personal» relativas a la contención del gasto, oferta de empleo público y
carrera profesional, entre otras.
Al margen de vincular el incremento retributivo del personal a las directrices
marcadas por el Estado, se otorga a la Administración autonómica mayor margen de
cve: BOE-A-2023-2942
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 30
Sábado 4 de febrero de 2023
Sec. I. Pág. 16245
fiscales para los jóvenes, alivio de la carga financiera de las empresas de hasta el 2% y
un incremento del 7% como fórmula de compensación de la subida de los costes en las
subvenciones.
Las segundas se dirigen al plano fiscal, con la mayor reducción de tasas y precios
públicos acometida en la Comunidad autónoma, y con la materialización de los cambios
normativos aprobados en materia de vivienda en las zonas rurales de forma que se
actúa frente al reto demográfico y para la financiación de la vivienda habitual de los
jóvenes extremeños.
III
Por lo que respecta a la estructura de la ley, la misma consta de cinco Títulos, con
cincuenta y tres artículos, veintiuna disposiciones adicionales, una disposición
derogatoria y cuatro disposiciones finales.
El Título I, denominado «De la aprobación de los presupuestos y la gestión
presupuestaria» consta de tres capítulos. El Capítulo I, «Créditos iniciales y financiación
de los mismos», establece el ámbito de los presupuestos generales de la Comunidad
Autónoma. Asimismo, contiene la aprobación de los estados de ingresos y gastos, la
distribución funcional del gasto, la financiación de los créditos, así como los beneficios
fiscales que afectan a los tributos a recaudar por la Junta de Extremadura. El Capítulo II
se denomina «De las modificaciones presupuestarias». Y el Capítulo III se refiere a las
«Normas especiales de gestión presupuestaria».
Entre las novedades más destacadas de este Título I se encuentran:
– Se elimina el precepto referido a la vinculación jurídica de los créditos
presupuestarios, dado que con la entrada en vigor de la «Ley de Medidas de mejora de
procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de
servicios públicos en un contexto de crisis sanitaria», se regula este aspecto en el
artículo 60 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de
Extremadura, modificado en este sentido.
– En el art. 9 se elimina la posibilidad de generar crédito a través de los recursos
derivados de la iniciativa REACT-EU procedentes de la UE destinados a amortizar los
préstamos del Fondo de Liquidez REACT-EU, al no contar con ningún préstamo de estas
características.
– En este mismo artículo, se incorpora la posibilidad de reponer créditos vía
generación para ingresos procedentes del reintegro de operaciones del presupuesto
corriente, en tanto se puedan habilitar en el Sistema Integrado de Gestión Económicofinanciero ALCÁNTARA otras vías, a través del subsistema de ejecución del presupuesto
de gastos.
– Se ha optado, por razones sistemáticas, por incluir en un solo precepto, el
artículo 12, las normas de procedimientos en materia de fondos europeos e incluir el
resto de normas de procedimiento en el artículo 13. En las leyes de presupuestos
anteriores aparecían en un solo precepto.
Dentro del Título II, «De los gastos de personal y otros costes», en su Capítulo I, «De
los regímenes retributivos», se regulan la variación general de las retribuciones del
personal de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y las retribuciones de los cargos
públicos; del personal funcionario, estatutario, interino, eventual y laboral, recogiéndose
las variaciones establecidas por la normativa básica de Función Pública. En el Capítulo
II, «Disposiciones en materia de gestión del sistema retributivo», se establecen normas
comunes en materia retributiva, y en el Capítulo III se introducen «Otras disposiciones en
materia de personal» relativas a la contención del gasto, oferta de empleo público y
carrera profesional, entre otras.
Al margen de vincular el incremento retributivo del personal a las directrices
marcadas por el Estado, se otorga a la Administración autonómica mayor margen de
cve: BOE-A-2023-2942
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Núm. 30