I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Presupuestos. (BOE-A-2023-2942)
Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023.
58 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 4 de febrero de 2023

Sec. I. Pág. 16259

Excepcionalmente, cuando concurran circunstancias que así lo justifiquen, bien de
urgencia bien por la especial naturaleza de la obligación u otras debidamente
justificadas, la Tesorería General podrá autorizar el pago mediante cargo en cuenta o
cualquier otro medio de pago legalmente admisible.
7. Mediante Resolución del Ordenador de Pagos, previo informe de la Tesorería y a
petición de las entidades afectadas, se podrán alterar los criterios específicos
establecidos en el plan de disposición de fondos de Tesorería para la atención con
carácter puntual de las propuestas de pago recibidas y en función de la liquidez
disponible.
8. Las líneas de ayuda en materia de vivienda financiadas con cargo a los fondos
europeos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para el
periodo 2022-2026, podrán establecer en sus convocatorias abiertas para los
procedimientos en régimen de concesión directa un plazo de solicitud superior al año.
Dicho plazo no podrá superar la duración del Plan ni las anualidades de la convocatoria.
Esta duración excepcional podrá aplicarse, en los mismos términos, a las
convocatorias aprobadas, previa tramitación de la oportuna modificación de estas.
9. Cuando las solicitudes recibidas en convocatorias periódicas financiadas por el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia superen la cuantía de los fondos inicialmente
asignados a la misma, podrán establecerse para las no concedidas listas de espera o de
reserva, que se financiarán, en su caso, con los créditos provenientes del mismo a través
de las generaciones o incorporaciones de crédito correspondientes, sin necesidad de
una nueva convocatoria.
TÍTULO II
De los gastos de personal y otros costes
CAPÍTULO I
De los regímenes retributivos
Artículo 14. Variación general de retribuciones.
1.
Con efectos desde 1 de enero del año 2023 las retribuciones íntegras del
personal de la Asamblea de Extremadura, de la administración de la Comunidad
Autónoma y de sus Organismos Autónomos, de la Universidad de Extremadura y demás
entes, experimentarán el incremento que permita el Estado, en términos de
homogeneidad, tanto por lo que respecta a los efectivos de personal como a la
antigüedad del mismo, con respecto a las establecidas en la Ley 3/2021, de 30 de
diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para
el año 2022.
2. Lo dispuesto en el apartado anterior debe entenderse sin perjuicio de las
adecuaciones retributivas que con carácter singular y excepcional resulten
imprescindibles por el contenido de los puestos de trabajo, por la variación del número
de efectivos asignados a cada programa o por el grado de consecución de los objetivos
fijados al mismo, siempre con estricto cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 21
y 22 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado
por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Artículo 15. Retribuciones del Presidente, miembros del Consejo de Gobierno, Altos
Cargos y asimilados.
1. La cuantía de los conceptos retributivos a que tienen derecho durante el
año 2023 el Presidente, el resto de miembros del Consejo de Gobierno, los Altos Cargos
y asimilados de la Junta de Extremadura, experimentarán la misma variación prevista en
el artículo 14 de esta Ley respecto al año 2022. El régimen retributivo del Interventor o

cve: BOE-A-2023-2942
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 30