I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Medio ambiente. (BOE-A-2023-2941)
Ley 6/2022, de 27 de diciembre, de cambio climático y transición energética de Canarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 4 de febrero de 2023

Sec. I. Pág. 16186

consecuencias del incremento de la temperatura global. Esta no es una lucha de nadie
contra nadie, sino que es una lucha de toda la humanidad por la supervivencia de la
Tierra tal y como la conocemos. En nuestro caso, se trata, ante todo, de una lucha por
nuestra tierra tal y como la hemos vivido y tal y como la hemos soñado.
En Canarias, de acuerdo con las evidencias científicas disponibles, reconocemos
que el planeta, así como los seres vivos y los ecosistemas, se encuentran en grave
peligro y prueba de ello son los recientes informes sobre el estado de la biodiversidad de
la Plataforma Intergubernamental de Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos (Ipbes), un
organismo dependiente de las Naciones Unidas, alertando de un rumbo que lleva a la
extinción de una gran parte de los ecosistemas terrestres. Un millón de especies están
amenazadas por la actividad humana.
El presente texto supone, por encima de todo, un verdadero proceso de educación,
formación y concienciación a toda la población sobre la verdad de la crisis ecológica y la
necesidad de avanzar hacia un nuevo estilo de vida, así como hacia formas de producción y
de consumo responsables. Pero supone, también, asumir el cumplimiento de compromisos
políticos reales y vinculantes, mucho más ambiciosos que los actuales, con la consiguiente
asignación de recursos para hacer frente a esta crisis y transformar una amenaza en una
oportunidad. Supone, por lo tanto, pasar a la acción con el instrumento más potente del que
podamos disponer, un texto legal que con rango de ley genera un conjunto de obligaciones
y deberes de acción climática que supondrán un antes y un después en el compromiso de
estas islas en la lucha contra el cambio climático.
Somos conscientes de que necesitamos definir una estrategia vinculante capaz de
garantizar las reducciones de gases de efecto invernadero anuales necesarios; abandonar
los combustibles fósiles; impulsar un modelo de desarrollo basado en la economía circular,
verde y azul; avanzar hacia una producción energética cien por cien renovable y distribuida;
mejorar especialmente la gestión hídrica y de residuos; y reducir a cero las emisiones netas
de carbono lo antes posible, de manera urgente y prioritaria, en línea con las indicaciones
del informe IPCC para limitar el aumento de la temperatura global a 1,5 °C. En suma,
desarrollar cuantas acciones sean necesarias para asegurar la seguridad y el bienestar
social, llevar a cabo acciones para asegurar la conservación de nuestros ecosistemas e
invertir en educación para que dispongamos de una sociedad dotada del conocimiento
necesario para implementar el desarrollo de forma sostenible. Esta ley pretende redirigir
todos los recursos disponibles para afrontar la crisis climática con los problemas asociados
que conlleva, y su máxima prioridad no es otra que proteger a las personas, sus bienes, los
sectores productivos, las infraestructuras y el territorio que habitamos. La descarbonización
de la economía debe llevarse a cabo pensando siempre en todos los sectores de la
sociedad, especialmente en los más vulnerables.
Cobra así especial transcendencia la necesidad de que la transición ecológica, de la
que esta ley es su primer paso, sea inclusiva, para que nadie se quede atrás a la hora de
afrontar los retos climáticos.
Por su posición geográfica, que lo hace dependiente de las comunicaciones aéreas y
marítimas, el régimen de vientos y las corrientes marinas que condicionan su clima y el
carácter insular de su territorio, que determina la existencia de microclimas en las
diferentes islas, el archipiélago canario está especialmente expuesto a los efectos
adversos de la perturbación causada en el clima de la Tierra. Esta exposición se
concreta –por destacar solo lo más importante–, no solo en el riesgo de erosión del suelo
fértil sobre todo en la vertiente sur de las islas montañosas no favorecida por el régimen
de los vientos alisios, de daños por caudales crecidos como consecuencia de lluvias
torrenciales y afectación de las playas y las costas por fenómenos marítimos adversos.
Las consecuencias de estos efectos climatológicos son especialmente graves por el
peso que en la economía de las islas tienen sectores especialmente sensibles a ellos
como la agricultura y el turismo.

cve: BOE-A-2023-2941
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Núm. 30