III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2927)
Resolución de 23 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Plantas fotovoltaicas Quilla Solar, de 74 MWp, Portalón Solar, de 74 MWp y Spinnaker Solar, de 50,50 MWp, así como sus infraestructuras de evacuación asociadas, en la provincia de Madrid".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 29

Viernes 3 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 16023

menos posible al barranco del Portillo, situado en las inmediaciones de la PFV Quilla
Solar, tal y como solicita el Ayuntamiento de Nuevo Baztán.
– Se depurarán «in situ» las aguas residuales que se generen durante el
funcionamiento de la instalación fotovoltaica, preferentemente mediante el sistema de
oxidación total, evitando su acumulación y tratamiento «ex situ» dada la ausencia
normativa de trazabilidad, tal y como ha señalado la Dirección General de
Descarbonización y transición ecológica de la Comunidad de Madrid.
– Se recuerda la necesidad de que en la zona de policía, los seguidores que
se instalen vayan hincados directamente al terreno, sin cimentación, además de que se
proceda a solicitar la correspondiente autorización.
– Se deberá garantizar la continuidad longitudinal y transversal de los cauces, así
como respetar la capacidad y calidad hídricas en los cruces de agua y vaguadas.
Además, en caso de detectar vegetación de ribera de interés, se tendrá que respetar
dicha vegetación.
– Los cruces de cauces previstos por pasos de líneas eléctricas subterráneas y
vados inundables se realizarán en época de estiaje, tendrán chapado superior con piedra
del lugar y estarán enrasados con el terreno circundante y lecho del cauce.
– Los movimientos de la maquinaria, del personal y la ocupación de terreno con los
materiales y residuos, se diseñarán cuidadosamente para evitar las zonas más sensibles
como vaguadas y cauces, utilizando preferiblemente las superficies de los viales
proyectados.
– El parque de maquinarias, punto limpio y zonas de acopio deberán estar zonas
concretas de permeabilidad medio-baja, debidamente impermeabilizadas y sin cursos de
agua cercanos.
– El agua empleada para reducir las emisiones de polvo y para la limpieza de los
paneles solares no debe contener aditivo alguno.
Patrimonio Cultural.

– Se deberá cumplir con las prescripciones e indicaciones señaladas por la
Subdirección General de Patrimonio Histórico de la Dirección General de Patrimonio
Cultural de la Comunidad de Madrid en el informe técnico del 20 julio de 2022 en relación
a las plantas fotovoltaicas, así como cualquier prescripción e indicación que establezca
dicha Dirección General para las infraestructuras eléctricas de evacuación.
– Todos los cruces con el dominio público pecuario del trazado de la red de
infraestructuras que se van a proyectar, deberán ser autorizados por el organismo
autonómico competente en la materia y serán tramitados de acuerdo a Ley 8/98, de 15
de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid y el Decreto 7/2021, de 27 de
enero, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias
de la Comunidad de Madrid, según indica la Subdirección General de Producción
Agroalimentaria de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la
Comunidad de Madrid. Además, se procederá al acondicionamiento de los tramos de
caminos rurales y/o vías pecuarias que hayan podido sufrir desperfectos durante la fase
de construcción del proyecto, según indica el Ayuntamiento de Valverde.
– Se realizará la restauración integral de Zona Recreativa existente en torno a la
Fuente histórica y descansadero de la Vía Pecuaria del Cordel de la Senda Galiana, en
coordinación con el Ayuntamiento de Nuevo Baztán. En concreto se realizará una
accesibilidad integrada en senda verde, carril bici, etc., una restauración de elementos
estructurales como el pilón principal y arca de la Fuente, se instalará un nuevo panelado
informativo y se adecuaran las estructuras de recreo y esparcimiento como la zona de
merendero al aire libre, con adecuadas estructuras subsidiarias para residuos, acceso
limitado de vehículos a motor, etc.
– Antes del comienzo de las obras, se efectuará el balizamiento de todos los
elementos patrimoniales identificados en la prospección para asegurar su preservación.

cve: BOE-A-2023-2927
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