III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2927)
Resolución de 23 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Plantas fotovoltaicas Quilla Solar, de 74 MWp, Portalón Solar, de 74 MWp y Spinnaker Solar, de 50,50 MWp, así como sus infraestructuras de evacuación asociadas, en la provincia de Madrid".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 3 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 16021
Madrid, siendo la primera Dirección General la que definirá el número y la ubicación de
todas estas medidas.
– Se favorecerá la fijación de poblaciones de aves como aviones, vencejos,
golondrinas y cernícalos, así como de quirópteros, realizando adaptaciones a las
construcciones que pueden consistir en la instalación de cajas nido, la habilitación de
espacios bajo fachada, tejas y ladrillos adaptados, fisuras artificiales, etc. según indica la
Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid.
– El vallado perimetral de la PSFV deberá ser construido de manera que se puedan
evitar las colisiones accidentales de la avifauna mediante el empleo de elementos de alta
visibilidad y/o el uso de pantallas vegetales adicionales acordes con el paisaje de la
zona. Además, el vallado no debe impedir la circulación de la fauna silvestre no
cinegética con arreglo a lo dispuesto en el artículo 65.3.f de la Ley 42/2007 de 13 de
diciembre de Patrimonio Natural y Biodiversidad y deberá contener las especificaciones
indicadas por la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la
Comunidad de Madrid.
– Se acordará con la administración competente en biodiversidad y espacios
protegidos de la Comunidad de Madrid el diseño concreto y presupuesto destinado a la
puesta en marcha de gestión de hábitat estepario para generar nuevos espacios que
puedan albergar y mejorar las poblaciones existentes de aves esteparias (sisón común,
avutarda común y aguilucho cenizo) y rapaces que puedan utilizar la zona como áreas
de caza, mediante acuerdos con los propietarios de las parcelas de cultivos, y la
generación de puntos que potencien la diversidad de la zona, y la conservación de las
especies sensibles. En concreto, la Dirección General de Biodiversidad y Recursos
Naturales de la Comunidad de Madrid indica que esta compensación se realizará en
proporción 1:1 cuando la actuación a realizar sea una recreación o restauración
ecológica del hábitat y en proporción 1:1,5 cuando se trate de una actuación dirigida a
cambios en la gestión de usos agrícolas. Entre las medidas que será necesario incluir en
este programa agroambiental estará la instalación de parcelas con barbecho semillado
de leguminosas, mejora y mantenimiento del barbecho tradicional, retirada de tierras de
la producción, cultivo de girasol en zonas de avutarda, retraso en la recogida de cereal,
etc. Serán necesarios acuerdos de custodia del territorio a nivel local para asegurar la
funcionalidad, el mantenimiento y el seguimiento de estas áreas objeto de mejora de
hábitat para conservación y fomento de fauna esteparia, garantizando el mantenimiento
del cobro de las subvenciones de la PAC.
– Se atenderán al paquete de medidas compensatorias para la mejora del hábitat
estepario que indica la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la
Comunidad de Madrid en su informe del 29 de julio de 2022.
– Para el cálculo de superficies a compensar, se deberá tener en cuenta lo
establecido al respecto en la «Guía metodológica para la valoración de repercusiones de
las instalaciones solares sobre especies de avifauna esteparia», tal y como indica la
Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO.
– Las medidas compensatorias habrán de quedar perfectamente definidas,
presupuestadas y cartografiadas en un programa que deberá haber sido aprobado por la
Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid,
antes del inicio de las obras de construcción.
– Con el fin de evitar el «efecto llamada» de los paneles sobre la avifauna y
minimizar o evitar el reflejo de la luz de los módulos fotovoltaicos, estos se tratarán con
productos químicos antirreflectantes.
– Se prohibirán las actividades cinegéticas en la implantación de la planta
fotovoltaica y en las parcelas donde se van a llevar a cabo acuerdos de custodia del
territorio.
– A nivel de nodo se creará un observatorio de aves, un centro de recuperación
faunística e investigación y un aula de naturaleza en aquellos lugares donde se detecte
una mayor concentración de avifauna, que permita a los ciudadanos obtener información
cve: BOE-A-2023-2927
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 29
Viernes 3 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 16021
Madrid, siendo la primera Dirección General la que definirá el número y la ubicación de
todas estas medidas.
– Se favorecerá la fijación de poblaciones de aves como aviones, vencejos,
golondrinas y cernícalos, así como de quirópteros, realizando adaptaciones a las
construcciones que pueden consistir en la instalación de cajas nido, la habilitación de
espacios bajo fachada, tejas y ladrillos adaptados, fisuras artificiales, etc. según indica la
Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid.
– El vallado perimetral de la PSFV deberá ser construido de manera que se puedan
evitar las colisiones accidentales de la avifauna mediante el empleo de elementos de alta
visibilidad y/o el uso de pantallas vegetales adicionales acordes con el paisaje de la
zona. Además, el vallado no debe impedir la circulación de la fauna silvestre no
cinegética con arreglo a lo dispuesto en el artículo 65.3.f de la Ley 42/2007 de 13 de
diciembre de Patrimonio Natural y Biodiversidad y deberá contener las especificaciones
indicadas por la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la
Comunidad de Madrid.
– Se acordará con la administración competente en biodiversidad y espacios
protegidos de la Comunidad de Madrid el diseño concreto y presupuesto destinado a la
puesta en marcha de gestión de hábitat estepario para generar nuevos espacios que
puedan albergar y mejorar las poblaciones existentes de aves esteparias (sisón común,
avutarda común y aguilucho cenizo) y rapaces que puedan utilizar la zona como áreas
de caza, mediante acuerdos con los propietarios de las parcelas de cultivos, y la
generación de puntos que potencien la diversidad de la zona, y la conservación de las
especies sensibles. En concreto, la Dirección General de Biodiversidad y Recursos
Naturales de la Comunidad de Madrid indica que esta compensación se realizará en
proporción 1:1 cuando la actuación a realizar sea una recreación o restauración
ecológica del hábitat y en proporción 1:1,5 cuando se trate de una actuación dirigida a
cambios en la gestión de usos agrícolas. Entre las medidas que será necesario incluir en
este programa agroambiental estará la instalación de parcelas con barbecho semillado
de leguminosas, mejora y mantenimiento del barbecho tradicional, retirada de tierras de
la producción, cultivo de girasol en zonas de avutarda, retraso en la recogida de cereal,
etc. Serán necesarios acuerdos de custodia del territorio a nivel local para asegurar la
funcionalidad, el mantenimiento y el seguimiento de estas áreas objeto de mejora de
hábitat para conservación y fomento de fauna esteparia, garantizando el mantenimiento
del cobro de las subvenciones de la PAC.
– Se atenderán al paquete de medidas compensatorias para la mejora del hábitat
estepario que indica la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la
Comunidad de Madrid en su informe del 29 de julio de 2022.
– Para el cálculo de superficies a compensar, se deberá tener en cuenta lo
establecido al respecto en la «Guía metodológica para la valoración de repercusiones de
las instalaciones solares sobre especies de avifauna esteparia», tal y como indica la
Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO.
– Las medidas compensatorias habrán de quedar perfectamente definidas,
presupuestadas y cartografiadas en un programa que deberá haber sido aprobado por la
Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid,
antes del inicio de las obras de construcción.
– Con el fin de evitar el «efecto llamada» de los paneles sobre la avifauna y
minimizar o evitar el reflejo de la luz de los módulos fotovoltaicos, estos se tratarán con
productos químicos antirreflectantes.
– Se prohibirán las actividades cinegéticas en la implantación de la planta
fotovoltaica y en las parcelas donde se van a llevar a cabo acuerdos de custodia del
territorio.
– A nivel de nodo se creará un observatorio de aves, un centro de recuperación
faunística e investigación y un aula de naturaleza en aquellos lugares donde se detecte
una mayor concentración de avifauna, que permita a los ciudadanos obtener información
cve: BOE-A-2023-2927
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