III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2927)
Resolución de 23 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Plantas fotovoltaicas Quilla Solar, de 74 MWp, Portalón Solar, de 74 MWp y Spinnaker Solar, de 50,50 MWp, así como sus infraestructuras de evacuación asociadas, en la provincia de Madrid".
29 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 29
Viernes 3 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 16018
receptores. Se deberá cumplir con los valores establecidos en el Real
Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de
noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y
emisiones acústica, y con la normativa autonómica o local aplicable. Igualmente será de
aplicación lo establecido en el Real Decreto 212/2002, de 22 de febrero, por el que se
regulan las emisiones sonoras en el entorno debidas a determinadas máquinas de uso al
aire libre, y las normas complementarias.
– Tal y como indica el Ayuntamiento de Valverde, se deberá garantizar la distancia
suficiente de la línea eléctrica de alta tensión a las áreas habitadas, a las viviendas
aisladas y a las zonas recreativas del municipio, de modo que se minimicen los posibles
efectos de los campos electromagnéticos sobre las personas. Además, se tendrá que
dar cumplimiento al Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el
Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de
alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09, tal y como
recuerda el Ayuntamiento de Loeches.
– Al objeto de minimizar la contaminación lumínica generada por el proyecto, se
deberá adecuar la iluminación exterior de las instalaciones de la planta. El alumbrado
exterior utilizado deberá incorporar criterios de iluminación sostenible con los que se
reduzca el consumo energético y se minimice la contaminación lumínica nocturna de las
instalaciones. Para prevenir los efectos sobre la población debidos a la contaminación
lumínica se cumplirá con la legislación sectorial vigente y el Real Decreto 1890/2008,
de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en
instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas complementarias.
– Tal y como solicita el Ayuntamiento de Valverde, se fomentará la contratación de
personal de los municipios de la zona.
– Se instalarán colmenas para que los apicultores locales puedan hacer uso de
ellas, si el órgano competente en materia de medio ambiente de la Comunidad de Madrid
lo considera conveniente.
Flora.
– El proyecto de construcción incluirá un Plan de Restauración Vegetal e Integración
Paisajística a escala y detalle apropiados, que comprenderá todas las actuaciones de
restauración y compensación y que deberá ser aprobado por el órgano competente en
materia de medio ambiente de la Comunidad de Madrid.
– Previo al inicio de las obras, se procederá a hacer una prospección para
caracterizar e inventariar a escala de proyecto de ejecución, en las zonas de hábitats y
vegetación natural, la presencia/ausencia de especies catalogadas en las zonas de
ocupación permanente de las FTV, apoyos o apertura de caminos, tal y como indica la
Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid.
Especialmente se presentarán a tención a los géneros Astragalus, Plebejus pylaon,
Potamogeton perfoliatus Linnaeus, Glycyrrhiza glabra Linnaeus y Nepeta hispanica, al
ser taxones representativos del HIC 4090*.
– Se procurará que los hábitats naturales, y en especial HICs, no se vean afectados
durante las fases de construcción, explotación y desmantelado de las infraestructuras.
Si durante la fase de construcción se viera alterada alguna comunidad vegetal o HIC, ya
sea por la ocupación temporal o permanente de alguna instalación del proyecto,
se procederá a su restauración o recuperación en la ubicación y superficie que la
administración competente considere oportuno.
– Deben preservarse las isletas y linderos de vegetación natural existentes en el
interior de las PFVs, pues suponen zonas de importancia ecológica como reservorios de
biodiversidad y posibles fuentes de revegetación de la zona, según indica la Dirección
General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid, además de
dejar pequeños rodales (15-30 m2) de vegetación herbácea sin manejo, de forma que se
puedan convertir a medio plazo en pequeñas zonas de matorral, de acuerdo con lo
indicado por el Ayuntamiento de Valverde. Especialmente se evitará el decapado del
cve: BOE-A-2023-2927
Verificable en https://www.boe.es
ii.b)
Núm. 29
Viernes 3 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 16018
receptores. Se deberá cumplir con los valores establecidos en el Real
Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de
noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y
emisiones acústica, y con la normativa autonómica o local aplicable. Igualmente será de
aplicación lo establecido en el Real Decreto 212/2002, de 22 de febrero, por el que se
regulan las emisiones sonoras en el entorno debidas a determinadas máquinas de uso al
aire libre, y las normas complementarias.
– Tal y como indica el Ayuntamiento de Valverde, se deberá garantizar la distancia
suficiente de la línea eléctrica de alta tensión a las áreas habitadas, a las viviendas
aisladas y a las zonas recreativas del municipio, de modo que se minimicen los posibles
efectos de los campos electromagnéticos sobre las personas. Además, se tendrá que
dar cumplimiento al Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el
Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de
alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09, tal y como
recuerda el Ayuntamiento de Loeches.
– Al objeto de minimizar la contaminación lumínica generada por el proyecto, se
deberá adecuar la iluminación exterior de las instalaciones de la planta. El alumbrado
exterior utilizado deberá incorporar criterios de iluminación sostenible con los que se
reduzca el consumo energético y se minimice la contaminación lumínica nocturna de las
instalaciones. Para prevenir los efectos sobre la población debidos a la contaminación
lumínica se cumplirá con la legislación sectorial vigente y el Real Decreto 1890/2008,
de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en
instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas complementarias.
– Tal y como solicita el Ayuntamiento de Valverde, se fomentará la contratación de
personal de los municipios de la zona.
– Se instalarán colmenas para que los apicultores locales puedan hacer uso de
ellas, si el órgano competente en materia de medio ambiente de la Comunidad de Madrid
lo considera conveniente.
Flora.
– El proyecto de construcción incluirá un Plan de Restauración Vegetal e Integración
Paisajística a escala y detalle apropiados, que comprenderá todas las actuaciones de
restauración y compensación y que deberá ser aprobado por el órgano competente en
materia de medio ambiente de la Comunidad de Madrid.
– Previo al inicio de las obras, se procederá a hacer una prospección para
caracterizar e inventariar a escala de proyecto de ejecución, en las zonas de hábitats y
vegetación natural, la presencia/ausencia de especies catalogadas en las zonas de
ocupación permanente de las FTV, apoyos o apertura de caminos, tal y como indica la
Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid.
Especialmente se presentarán a tención a los géneros Astragalus, Plebejus pylaon,
Potamogeton perfoliatus Linnaeus, Glycyrrhiza glabra Linnaeus y Nepeta hispanica, al
ser taxones representativos del HIC 4090*.
– Se procurará que los hábitats naturales, y en especial HICs, no se vean afectados
durante las fases de construcción, explotación y desmantelado de las infraestructuras.
Si durante la fase de construcción se viera alterada alguna comunidad vegetal o HIC, ya
sea por la ocupación temporal o permanente de alguna instalación del proyecto,
se procederá a su restauración o recuperación en la ubicación y superficie que la
administración competente considere oportuno.
– Deben preservarse las isletas y linderos de vegetación natural existentes en el
interior de las PFVs, pues suponen zonas de importancia ecológica como reservorios de
biodiversidad y posibles fuentes de revegetación de la zona, según indica la Dirección
General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid, además de
dejar pequeños rodales (15-30 m2) de vegetación herbácea sin manejo, de forma que se
puedan convertir a medio plazo en pequeñas zonas de matorral, de acuerdo con lo
indicado por el Ayuntamiento de Valverde. Especialmente se evitará el decapado del
cve: BOE-A-2023-2927
Verificable en https://www.boe.es
ii.b)