III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2924)
Resolución de 23 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica Dalia de 130 MW de potencia y de sus infraestructuras de evacuación" en El Burgo Ranero, Valdepolo y Santas Martas (León).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 29
Viernes 3 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 15921
La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla
y León destaca las deficiencias del estudio si bien considera que la información es
suficiente para hacer una valoración e indica que el conjunto de todas las instalaciones
tiene efectos sinérgicos y acumulativos sobre el paisaje y sobre la fauna, especialmente
sobre la población de aves esteparias, rapaces y otras aves de interés presentes en la
zona, que emplean estos terrenos como zona de cría, campeo o invernada, provocando
algunas de estas plantas fotovoltaicas un severo impacto, y que con la presencia del
resto de instalaciones proyectadas podría llegar a ser crítico. En la zona de implantación
de la PSFV Dalia, se prevé asimismo la implantación de otras tres PSFV que son Otero,
Las Majadas y Caelum, lo que supondría la afección a unas 680 hectáreas. Se considera
necesario tomar medidas con objeto de eliminar, o al menos reducir, las afecciones a los
valores naturales concurrentes y al paisaje.
c.
Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto:
El análisis de vulnerabilidad efectuado pone de manifiesto que no se han identificado
efectos ambientales significativos derivados de la vulnerabilidad del proyecto ante
riesgos de accidentes graves o de catástrofes naturales. Se han analizado el riesgo de
fenómenos meteorológicos adversos, riesgo inundaciones, riesgo de incendio y los
accidentes graves.
El informe de la Agencia de protección Civil de la Junta de Castilla y León analiza los
riesgos del proyecto:
– Inundaciones: riesgo bajo por inundaciones, según el Plan de Protección Civil ante
el Riesgo de Inundaciones en la Comunidad Autónoma de Castilla y León (INUNCYL).
– Incendios forestales: según el Plan de Protección Civil ante Emergencias por
Incendios Forestales en Castilla y León (INFOCAL), el proyecto está en zona de riesgo
local e índice de peligrosidad bajo para el Burgo de Ranero y para Santas Martas, y el
riesgo local bajo en Santas Martas y muy bajo para El Burgo de Ranero.
– Riesgo de transporte de sustancias peligrosas: Según el Plan de Protección Civil
ante el Riesgo de Transportes de Mercancías Peligrosas de Castilla y León (MPCyL),
son de riesgo medio los transportes por carretera y de riesgo alto por ferrocarril en el
Burgo de Ranero y para Santas Martas.
– Proximidad a establecimientos que almacenan sustancias peligrosas: los
municipios de la zona del proyecto no se encuentran afectados por la zona de alerta e
intervención de los establecimientos afectados por la Directiva Seveso.
d.
Programa de vigilancia ambiental.
El EsIA contiene un programa de vigilancia para la prevención control y reducción de
los impactos ambientales, estructurado en tres fases:
– Fase I. Vigilancia y seguimiento ambiental durante la ejecución de la obra. Esta
fase incluye los siguientes planes: plan previo de actuación, control de las áreas de
actuación, control de residuos, vertidos y calidad de las aguas, control del
funcionamiento de la red de drenaje, control de fauna, vegetación y paisaje, vigilancia y
cve: BOE-A-2023-2924
Verificable en https://www.boe.es
El informe expone que, si alguna de las actuaciones derivadas de la modificación/
aprobación pudiera potencialmente aumentar el riesgo sobre personas, bienes o medio
ambiente, y no se hubieran contemplado en la presente evaluación ambiental, deberá
hacerse un análisis previo, indicando el grado de afección, así como las medidas
necesarias para evitar incrementar esos riesgos.
Respecto a la vulnerabilidad del proyecto frente accidentes graves y/o catástrofes
naturales, la presente resolución recoge los pronunciamientos de las autoridades
competentes en la materia y las cuestiones suscitadas en el procedimiento de
participación pública para su valoración por el órgano sustantivo, como órgano
competente en esta materia, previo a la autorización del proyecto.
Núm. 29
Viernes 3 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 15921
La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla
y León destaca las deficiencias del estudio si bien considera que la información es
suficiente para hacer una valoración e indica que el conjunto de todas las instalaciones
tiene efectos sinérgicos y acumulativos sobre el paisaje y sobre la fauna, especialmente
sobre la población de aves esteparias, rapaces y otras aves de interés presentes en la
zona, que emplean estos terrenos como zona de cría, campeo o invernada, provocando
algunas de estas plantas fotovoltaicas un severo impacto, y que con la presencia del
resto de instalaciones proyectadas podría llegar a ser crítico. En la zona de implantación
de la PSFV Dalia, se prevé asimismo la implantación de otras tres PSFV que son Otero,
Las Majadas y Caelum, lo que supondría la afección a unas 680 hectáreas. Se considera
necesario tomar medidas con objeto de eliminar, o al menos reducir, las afecciones a los
valores naturales concurrentes y al paisaje.
c.
Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto:
El análisis de vulnerabilidad efectuado pone de manifiesto que no se han identificado
efectos ambientales significativos derivados de la vulnerabilidad del proyecto ante
riesgos de accidentes graves o de catástrofes naturales. Se han analizado el riesgo de
fenómenos meteorológicos adversos, riesgo inundaciones, riesgo de incendio y los
accidentes graves.
El informe de la Agencia de protección Civil de la Junta de Castilla y León analiza los
riesgos del proyecto:
– Inundaciones: riesgo bajo por inundaciones, según el Plan de Protección Civil ante
el Riesgo de Inundaciones en la Comunidad Autónoma de Castilla y León (INUNCYL).
– Incendios forestales: según el Plan de Protección Civil ante Emergencias por
Incendios Forestales en Castilla y León (INFOCAL), el proyecto está en zona de riesgo
local e índice de peligrosidad bajo para el Burgo de Ranero y para Santas Martas, y el
riesgo local bajo en Santas Martas y muy bajo para El Burgo de Ranero.
– Riesgo de transporte de sustancias peligrosas: Según el Plan de Protección Civil
ante el Riesgo de Transportes de Mercancías Peligrosas de Castilla y León (MPCyL),
son de riesgo medio los transportes por carretera y de riesgo alto por ferrocarril en el
Burgo de Ranero y para Santas Martas.
– Proximidad a establecimientos que almacenan sustancias peligrosas: los
municipios de la zona del proyecto no se encuentran afectados por la zona de alerta e
intervención de los establecimientos afectados por la Directiva Seveso.
d.
Programa de vigilancia ambiental.
El EsIA contiene un programa de vigilancia para la prevención control y reducción de
los impactos ambientales, estructurado en tres fases:
– Fase I. Vigilancia y seguimiento ambiental durante la ejecución de la obra. Esta
fase incluye los siguientes planes: plan previo de actuación, control de las áreas de
actuación, control de residuos, vertidos y calidad de las aguas, control del
funcionamiento de la red de drenaje, control de fauna, vegetación y paisaje, vigilancia y
cve: BOE-A-2023-2924
Verificable en https://www.boe.es
El informe expone que, si alguna de las actuaciones derivadas de la modificación/
aprobación pudiera potencialmente aumentar el riesgo sobre personas, bienes o medio
ambiente, y no se hubieran contemplado en la presente evaluación ambiental, deberá
hacerse un análisis previo, indicando el grado de afección, así como las medidas
necesarias para evitar incrementar esos riesgos.
Respecto a la vulnerabilidad del proyecto frente accidentes graves y/o catástrofes
naturales, la presente resolución recoge los pronunciamientos de las autoridades
competentes en la materia y las cuestiones suscitadas en el procedimiento de
participación pública para su valoración por el órgano sustantivo, como órgano
competente en esta materia, previo a la autorización del proyecto.