III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2928)
Resolución de 23 de enero de 2023, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques solares fotovoltaicos "Cerezo Solar, de 60,91 MWp, Abeto Solar, De 61,60 MWp, Goleta Solar, de 134,76 MWp, Noguera Solar, de 60,91 MWp, Grillete Solar, de 256,63 MWp", y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Madrid».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 3 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 16036
– 3280: Ríos mediterráneos de caudal permanente del Paspalo-Agrostidion con
cortinas vegetales.
De acuerdo con el EsIA, las actuaciones asociadas a la ejecución de la obra se
llevarán a cabo en campos de cultivo y no ocupan estos HIC. Sin embargo, la Dirección
General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid identifica
zonas de la PSFV Goleta Solar (0,65 ha) coincidentes con HIC 6220*. Además, señala
que las labores de desbroce afectarán en una superficie total de 4,5 ha a los HIC 6420,
6220*, 1520*, 4090 y 5210 y 92D0.
Los impactos sobre la vegetación natural se concretan en desbroce de la zona donde
se ha proyectado la planta y acciones que engloban la actuación, así como alteraciones
indirectas debido a ocupación temporal del terreno y emisiones de polvo. Los promotores
procederán a la siembra y revegetación según recoge en su EsIA, presentando
previamente un Plan de Restauración a la autoridad competente para su aprobación.
La Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de
Madrid considera válidas las medidas preventivas propuestas por los promotores para la
conservación de las formaciones vegetales. Además, añade que tendrán que ser
identificadas y respetadas las especies catalogadas existentes asociadas a los HIC
prioritarios y al HIC 4090, haciéndose necesario en dichas zonas la realización de un
inventario para la identificación de posibles especies de flora catalogada o que formen
parte esencial de la biología de especies de fauna catalogada. Así, los apoyos que
generen una ocupación permanente en estos terrenos deberán ser trasladados de
ubicación para preservar la vegetación existente como reservorio genético imprescindible
en la zona. Esta acción preceptiva se extiende también a cualquier otra actuación que
genere una ocupación permanente. Los promotores manifiestan conformidad a estas
indicaciones.
Por otro lado, la mencionada Dirección General establece la obligatoriedad de
compensación por la pérdida de terreno forestal, siguiendo las indicaciones que
establece en su informe, que el promotor ha aceptado y se recogen en el condicionado
de la presente resolución.
Por su parte, la Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del
MITECO recomienda que, en los casos particulares donde se proyecte la eliminación de
ejemplares arbóreos de encinas y coscojas, se preserven los mismos sobre el terreno
mediante la modificación del proyecto o bien mediante el trasplante de los ejemplares
más valiosos para mantenerlos en el entorno de los proyectos. Este aspecto e
indicaciones sobre como ejecutarlo, quedan recogidos en el condicionado de la presente
resolución.
Fauna: El EsIA señala que, el ámbito del proyecto en evaluación abarca áreas
importantes para especies de aves esteparias y algunas especies de aves rapaces,
destacando algunas catalogadas como: águila imperial ibérica (Aquila adalberti), águila
perdicera (Aquila fasciata), águila real (Aquila chrysaetos), milano real (Milvus milvus),
milano negro (Milvus migrans), búho real (Bubo bubo), buitre leonado (Gyps fulvus),
cernícalo primilla (Falco naumanni), águila calzada (Hieraaetus pennatus), avutarda
común (Otis tarda), sisón común (Tetrax tetrax), alcaraván común (Burhinus
oedicnemus), aguilucho cenizo (Circus pygargus), aguilucho pálido (Circus cyaneus),
aguilucho lagunero occidental (Circus aeruginosus). De hecho, los promotores han
detectado en su estudio específico de campo de avifauna, que comprende un ciclo
anual, sisón común en la PSFV Goleta Solar, aguilucho cenizo en la PSFV Abeto Solar,
cernícalo común (Falco tinnunculus) a 1.400 m de la PSFV Noguera Solar y a 718 m de
Abeto Solar, y cernícalo primilla a 1.790 m de la PSFV Goleta Solar.
Además de lo anterior, de los resultados de los muestreos de campo realizados por
el promotor, se extraen las siguientes conclusiones:
– Durante el periodo invernal sobresale por su diversidad, frecuencia y categoría de
amenaza la comunidad de aves rapaces, destacando el milano real (320 contactos) y el
cve: BOE-A-2023-2928
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 29
Viernes 3 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 16036
– 3280: Ríos mediterráneos de caudal permanente del Paspalo-Agrostidion con
cortinas vegetales.
De acuerdo con el EsIA, las actuaciones asociadas a la ejecución de la obra se
llevarán a cabo en campos de cultivo y no ocupan estos HIC. Sin embargo, la Dirección
General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid identifica
zonas de la PSFV Goleta Solar (0,65 ha) coincidentes con HIC 6220*. Además, señala
que las labores de desbroce afectarán en una superficie total de 4,5 ha a los HIC 6420,
6220*, 1520*, 4090 y 5210 y 92D0.
Los impactos sobre la vegetación natural se concretan en desbroce de la zona donde
se ha proyectado la planta y acciones que engloban la actuación, así como alteraciones
indirectas debido a ocupación temporal del terreno y emisiones de polvo. Los promotores
procederán a la siembra y revegetación según recoge en su EsIA, presentando
previamente un Plan de Restauración a la autoridad competente para su aprobación.
La Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de
Madrid considera válidas las medidas preventivas propuestas por los promotores para la
conservación de las formaciones vegetales. Además, añade que tendrán que ser
identificadas y respetadas las especies catalogadas existentes asociadas a los HIC
prioritarios y al HIC 4090, haciéndose necesario en dichas zonas la realización de un
inventario para la identificación de posibles especies de flora catalogada o que formen
parte esencial de la biología de especies de fauna catalogada. Así, los apoyos que
generen una ocupación permanente en estos terrenos deberán ser trasladados de
ubicación para preservar la vegetación existente como reservorio genético imprescindible
en la zona. Esta acción preceptiva se extiende también a cualquier otra actuación que
genere una ocupación permanente. Los promotores manifiestan conformidad a estas
indicaciones.
Por otro lado, la mencionada Dirección General establece la obligatoriedad de
compensación por la pérdida de terreno forestal, siguiendo las indicaciones que
establece en su informe, que el promotor ha aceptado y se recogen en el condicionado
de la presente resolución.
Por su parte, la Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del
MITECO recomienda que, en los casos particulares donde se proyecte la eliminación de
ejemplares arbóreos de encinas y coscojas, se preserven los mismos sobre el terreno
mediante la modificación del proyecto o bien mediante el trasplante de los ejemplares
más valiosos para mantenerlos en el entorno de los proyectos. Este aspecto e
indicaciones sobre como ejecutarlo, quedan recogidos en el condicionado de la presente
resolución.
Fauna: El EsIA señala que, el ámbito del proyecto en evaluación abarca áreas
importantes para especies de aves esteparias y algunas especies de aves rapaces,
destacando algunas catalogadas como: águila imperial ibérica (Aquila adalberti), águila
perdicera (Aquila fasciata), águila real (Aquila chrysaetos), milano real (Milvus milvus),
milano negro (Milvus migrans), búho real (Bubo bubo), buitre leonado (Gyps fulvus),
cernícalo primilla (Falco naumanni), águila calzada (Hieraaetus pennatus), avutarda
común (Otis tarda), sisón común (Tetrax tetrax), alcaraván común (Burhinus
oedicnemus), aguilucho cenizo (Circus pygargus), aguilucho pálido (Circus cyaneus),
aguilucho lagunero occidental (Circus aeruginosus). De hecho, los promotores han
detectado en su estudio específico de campo de avifauna, que comprende un ciclo
anual, sisón común en la PSFV Goleta Solar, aguilucho cenizo en la PSFV Abeto Solar,
cernícalo común (Falco tinnunculus) a 1.400 m de la PSFV Noguera Solar y a 718 m de
Abeto Solar, y cernícalo primilla a 1.790 m de la PSFV Goleta Solar.
Además de lo anterior, de los resultados de los muestreos de campo realizados por
el promotor, se extraen las siguientes conclusiones:
– Durante el periodo invernal sobresale por su diversidad, frecuencia y categoría de
amenaza la comunidad de aves rapaces, destacando el milano real (320 contactos) y el
cve: BOE-A-2023-2928
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 29