III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2928)
Resolución de 23 de enero de 2023, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques solares fotovoltaicos "Cerezo Solar, de 60,91 MWp, Abeto Solar, De 61,60 MWp, Goleta Solar, de 134,76 MWp, Noguera Solar, de 60,91 MWp, Grillete Solar, de 256,63 MWp", y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Madrid».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 3 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 16035
En todo caso, la Confederación Hidrográfica del Tajo indica a los promotores que
están obligados al cumplimiento de la normativa de aguas y a la obtención de las
respectivas concesiones o autorizaciones que en su caso fuesen pertinentes para la
ejecución del proyecto. También relaciona una serie de recomendaciones de índole
técnica y carácter normativo, que los promotores habrán de cumplir y que aceptan, salvo
la opción de pavimentar para impermeabilizar zonas de almacenamiento de residuos. En
su lugar el EsIA contempla el uso de capa de rodadura (no asfalto). Esta alternativa está
supeditada a su aceptación por parte de la Confederación Hidrográfica del Tajo, como se
recoge en el condicionado de la presente resolución.
El EsIA considera como un hecho accidental de muy baja probabilidad la alteración
de la calidad de las aguas, que puede darse por arrastre de sólidos o sedimentos y por
contaminación de cursos de agua superficial como consecuencia de vertidos
accidentales en fase de construcción. También en esa fase, se llevarán a cabo una serie
de actuaciones en el medio, como excavaciones y movimientos de tierras, que
producirán la modificación del terreno, dando lugar a un cambio en las condiciones de
escorrentía. Con la finalidad de preservar la red de drenaje natural, los promotores
indican en el EsIA que las obras se llevarán a cabo de forma que no se modifiquen los
cursos del agua y en la menor medida posible, las redes de drenaje superficial de
evacuación natural actualmente existentes. No obstante, los promotores insisten en la
aceptación de las condiciones del informe de la Confederación Hidrográfica del Tajo.
Vegetación, flora y Hábitats de Interés Comunitario (HIC): Según el EsIA la
vegetación del área de estudio está compuesta fundamentalmente por cultivos de
secano (54,45%) y olivar (6,93%), con la excepción puntual de algún arbolado disperso y
pequeñas zonas isla constituidas por formaciones de coscojar (Quercus coccifera) y
encinar (Quercus ilex). Las parcelas previstas para la implantación de las PSFV tienen
actualmente uso agrícola y se encuentran aradas y roturadas sin presencia de
vegetación natural. Por tanto, se considera que no habrá afección directa sobre la
vegetación natural, aunque sí de escasa magnitud (en términos de superficie) a olivares.
En cuanto a las líneas de evacuación, dadas las condiciones de los hábitats
identificados en el ámbito de estudio, no podría descartarse la presencia de Nepeta
hispánica («Vulnerable» según el Atlas y Libro Rojo de la Flora Vascular amenazada de
España) en el entorno próximo de las actuaciones. No obstante, el estudio de campo
realizado por el promotor, no detectó ningún ejemplar. La Dirección General de
Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid informa que está
constatada la presencia de Glycyrrhiza glabra catalogada como «de Interés Especial» en
el Catálogo Regional de Especies Amenazadas (CREA).
Según el EsIA se encuentran en el ámbito del estudio los siguientes HIC (los
marcados con * son prioritarios):
– 6220*. Pastizales y prados vivaces xerofíticos y mesofíticos de la Lygeo-Stipetea.
Pastos vivaces del Thero-Brachypodietea.
– 1520*. Tomillar gipsófilo con dominio de Thymus zygis acompañado de Lepidium
subulatum.
– 5330. Retamar de Retama shaerocarpa.
– 5210. Coscojar Quercus coccifera.
– 9340. Encinar Quercus ilex.
– 9240. Quejigar Quercus faginea.
– 4090. Tomillar.
A 60 m de la LAT «SET Noguera 220/30 kV– SET San
Renovables 400/220 kV» hay cartografiada presencia de los siguientes HIC:
Fernando
– 92A0: Bosques galería de Salix alba y Populus alba.
– 92D0: Galerías y matorrales ribereños termomediterráneos (Nerio-Tamaricetea y
Securinegion tinctoriae).
– 3150: Lagos eutróficos naturales con vegetación Magnopotamion o Hydrocharition.
cve: BOE-A-2023-2928
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 29
Viernes 3 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 16035
En todo caso, la Confederación Hidrográfica del Tajo indica a los promotores que
están obligados al cumplimiento de la normativa de aguas y a la obtención de las
respectivas concesiones o autorizaciones que en su caso fuesen pertinentes para la
ejecución del proyecto. También relaciona una serie de recomendaciones de índole
técnica y carácter normativo, que los promotores habrán de cumplir y que aceptan, salvo
la opción de pavimentar para impermeabilizar zonas de almacenamiento de residuos. En
su lugar el EsIA contempla el uso de capa de rodadura (no asfalto). Esta alternativa está
supeditada a su aceptación por parte de la Confederación Hidrográfica del Tajo, como se
recoge en el condicionado de la presente resolución.
El EsIA considera como un hecho accidental de muy baja probabilidad la alteración
de la calidad de las aguas, que puede darse por arrastre de sólidos o sedimentos y por
contaminación de cursos de agua superficial como consecuencia de vertidos
accidentales en fase de construcción. También en esa fase, se llevarán a cabo una serie
de actuaciones en el medio, como excavaciones y movimientos de tierras, que
producirán la modificación del terreno, dando lugar a un cambio en las condiciones de
escorrentía. Con la finalidad de preservar la red de drenaje natural, los promotores
indican en el EsIA que las obras se llevarán a cabo de forma que no se modifiquen los
cursos del agua y en la menor medida posible, las redes de drenaje superficial de
evacuación natural actualmente existentes. No obstante, los promotores insisten en la
aceptación de las condiciones del informe de la Confederación Hidrográfica del Tajo.
Vegetación, flora y Hábitats de Interés Comunitario (HIC): Según el EsIA la
vegetación del área de estudio está compuesta fundamentalmente por cultivos de
secano (54,45%) y olivar (6,93%), con la excepción puntual de algún arbolado disperso y
pequeñas zonas isla constituidas por formaciones de coscojar (Quercus coccifera) y
encinar (Quercus ilex). Las parcelas previstas para la implantación de las PSFV tienen
actualmente uso agrícola y se encuentran aradas y roturadas sin presencia de
vegetación natural. Por tanto, se considera que no habrá afección directa sobre la
vegetación natural, aunque sí de escasa magnitud (en términos de superficie) a olivares.
En cuanto a las líneas de evacuación, dadas las condiciones de los hábitats
identificados en el ámbito de estudio, no podría descartarse la presencia de Nepeta
hispánica («Vulnerable» según el Atlas y Libro Rojo de la Flora Vascular amenazada de
España) en el entorno próximo de las actuaciones. No obstante, el estudio de campo
realizado por el promotor, no detectó ningún ejemplar. La Dirección General de
Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid informa que está
constatada la presencia de Glycyrrhiza glabra catalogada como «de Interés Especial» en
el Catálogo Regional de Especies Amenazadas (CREA).
Según el EsIA se encuentran en el ámbito del estudio los siguientes HIC (los
marcados con * son prioritarios):
– 6220*. Pastizales y prados vivaces xerofíticos y mesofíticos de la Lygeo-Stipetea.
Pastos vivaces del Thero-Brachypodietea.
– 1520*. Tomillar gipsófilo con dominio de Thymus zygis acompañado de Lepidium
subulatum.
– 5330. Retamar de Retama shaerocarpa.
– 5210. Coscojar Quercus coccifera.
– 9340. Encinar Quercus ilex.
– 9240. Quejigar Quercus faginea.
– 4090. Tomillar.
A 60 m de la LAT «SET Noguera 220/30 kV– SET San
Renovables 400/220 kV» hay cartografiada presencia de los siguientes HIC:
Fernando
– 92A0: Bosques galería de Salix alba y Populus alba.
– 92D0: Galerías y matorrales ribereños termomediterráneos (Nerio-Tamaricetea y
Securinegion tinctoriae).
– 3150: Lagos eutróficos naturales con vegetación Magnopotamion o Hydrocharition.
cve: BOE-A-2023-2928
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 29