III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2928)
Resolución de 23 de enero de 2023, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques solares fotovoltaicos "Cerezo Solar, de 60,91 MWp, Abeto Solar, De 61,60 MWp, Goleta Solar, de 134,76 MWp, Noguera Solar, de 60,91 MWp, Grillete Solar, de 256,63 MWp", y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Madrid».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 3 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 16038
lo que genera cambios en el comportamiento de algunas especies y alteraciones en sus
movimientos a través de los hábitats. En este sentido, las PFV Goleta Solar y Abeto
Solar se localizan sobre los corredores del Sureste y Los Yesos de la Red de Corredores
Ecológicos de la Comunidad de Madrid. Además, en las zonas de actuación de Grillete
Solar y Goleta Solar pueden existir lugares de paso de fauna obligado entre uno o varios
tipos de hábitats, como son las zonas donde existen estrechamientos en la superficie de
los cultivos de cereales, o aquellas en las que existan retazos aislados de vegetación
autóctona. La Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la
Comunidad de Madrid indicó que se debe asegurar la preservación íntegra de los
Corredores Ecológicos y Áreas Importantes para la Conservación de las Aves y la
Biodiversidad (IBA) existentes en la zona, de forma que puedan conservarse las
especies protegidas en este ámbito y su conectividad con los espacios protegidos
circundantes. Por tanto, informó durante el trámite de información pública sobre la
necesidad de reubicar o eliminar estas PSFV y, consecuentemente, los promotores
elaboraron la nueva propuesta objeto de la presente resolución en la que reducen la
superficie de ocupación y se abren pasillos mejorando la permeabilidad como ya se ha
descrito en el apartado 2. Tramitación del procedimiento.
Dicha Dirección General valora positivamente las reducciones de superficie de las
plantas Cerezo, Goleta, Grillete y Abeto Solar. No obstante, aun considera las
modificaciones insuficientes, señalando aspectos que se recogen en el condicionado de
la presente resolución, que son aceptados por los promotores.
Por otra parte, la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la
Comunidad de Madrid considera válidas las medidas preventivas, compensatorias y
complementarias propuestas por los promotores recogidas en el EsIA encaminadas a
compensar los efectos de alteración y pérdida de hábitat como instalación de un primillar,
de cajas nido para diferentes especies, posaderos, colmenas y gestión de hábitats para
potenciar las poblaciones existentes y su conservación. En este sentido, los promotores
presentan las directrices generales para un programa de medidas agroambientales que
se desarrollarán en coordinación la Dirección General de Biodiversidad y Recursos
Naturales de la Comunidad de Madrid. Será necesario que los promotores incluyan
también las medidas compensatorias para la mejora del hábitat estepario recogidas
como Anexo al Informe de la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales
de la Comunidad de Madrid. Los promotores manifiestan conformidad y su compromiso
de cumplimiento.
De acuerdo con el EsIA, otros efectos directos sobre la fauna podrían deberse a
atropellos en las vías de acceso a las PFV, tanto en fase de obras como de explotación
por lo que los promotores se comprometen a limitar la velocidad de circulación a 20
km/h.
Por otra parte, se identifica en el EsIA, durante la fase de explotación el impacto
sobre la avifauna por colisión/electrocución, que se mitigará cumpliendo las medidas
para protección de avifauna establecidas en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de
agosto, tal y como se comprometen los promotores. Además, el proyecto en evaluación
objeto de la presente resolución, incorpora el soterramiento del tramo de la LAT «SET
Noguera 220/30 kV– SET San Fernando Renovables 400/220 kV» a su paso por
espacios RN 2000. La Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la
Comunidad de Madrid considera la modificación positiva, aunque ha de ampliarse a los
tramos de la línea que intersecta con los corredores ecológicos principales, utilizando los
caminos o u otras vías ya existentes, lo que queda recogido en el condicionado de la
presente resolución.
Espacios naturales protegidos, Red Natura 2000: Algunos tramos de la LASAT «SET
Noguera 220/30 kV - SET San Fernando Renovables 400/220 kV» atraviesa los
siguientes espacios de la Red Natura 2000:
– Zona de Especial Conservación (ZEC) ES3110006, denominada «Vegas, Cuestas
y Páramos del Sureste de Madrid», a lo largo de 6,1 km. Incluye dos Zonas de Especial
Protección para las Aves (ZEPA) y varios tramos fluviales de los ríos Tajo, Manzanares,
cve: BOE-A-2023-2928
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 29
Viernes 3 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 16038
lo que genera cambios en el comportamiento de algunas especies y alteraciones en sus
movimientos a través de los hábitats. En este sentido, las PFV Goleta Solar y Abeto
Solar se localizan sobre los corredores del Sureste y Los Yesos de la Red de Corredores
Ecológicos de la Comunidad de Madrid. Además, en las zonas de actuación de Grillete
Solar y Goleta Solar pueden existir lugares de paso de fauna obligado entre uno o varios
tipos de hábitats, como son las zonas donde existen estrechamientos en la superficie de
los cultivos de cereales, o aquellas en las que existan retazos aislados de vegetación
autóctona. La Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la
Comunidad de Madrid indicó que se debe asegurar la preservación íntegra de los
Corredores Ecológicos y Áreas Importantes para la Conservación de las Aves y la
Biodiversidad (IBA) existentes en la zona, de forma que puedan conservarse las
especies protegidas en este ámbito y su conectividad con los espacios protegidos
circundantes. Por tanto, informó durante el trámite de información pública sobre la
necesidad de reubicar o eliminar estas PSFV y, consecuentemente, los promotores
elaboraron la nueva propuesta objeto de la presente resolución en la que reducen la
superficie de ocupación y se abren pasillos mejorando la permeabilidad como ya se ha
descrito en el apartado 2. Tramitación del procedimiento.
Dicha Dirección General valora positivamente las reducciones de superficie de las
plantas Cerezo, Goleta, Grillete y Abeto Solar. No obstante, aun considera las
modificaciones insuficientes, señalando aspectos que se recogen en el condicionado de
la presente resolución, que son aceptados por los promotores.
Por otra parte, la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la
Comunidad de Madrid considera válidas las medidas preventivas, compensatorias y
complementarias propuestas por los promotores recogidas en el EsIA encaminadas a
compensar los efectos de alteración y pérdida de hábitat como instalación de un primillar,
de cajas nido para diferentes especies, posaderos, colmenas y gestión de hábitats para
potenciar las poblaciones existentes y su conservación. En este sentido, los promotores
presentan las directrices generales para un programa de medidas agroambientales que
se desarrollarán en coordinación la Dirección General de Biodiversidad y Recursos
Naturales de la Comunidad de Madrid. Será necesario que los promotores incluyan
también las medidas compensatorias para la mejora del hábitat estepario recogidas
como Anexo al Informe de la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales
de la Comunidad de Madrid. Los promotores manifiestan conformidad y su compromiso
de cumplimiento.
De acuerdo con el EsIA, otros efectos directos sobre la fauna podrían deberse a
atropellos en las vías de acceso a las PFV, tanto en fase de obras como de explotación
por lo que los promotores se comprometen a limitar la velocidad de circulación a 20
km/h.
Por otra parte, se identifica en el EsIA, durante la fase de explotación el impacto
sobre la avifauna por colisión/electrocución, que se mitigará cumpliendo las medidas
para protección de avifauna establecidas en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de
agosto, tal y como se comprometen los promotores. Además, el proyecto en evaluación
objeto de la presente resolución, incorpora el soterramiento del tramo de la LAT «SET
Noguera 220/30 kV– SET San Fernando Renovables 400/220 kV» a su paso por
espacios RN 2000. La Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la
Comunidad de Madrid considera la modificación positiva, aunque ha de ampliarse a los
tramos de la línea que intersecta con los corredores ecológicos principales, utilizando los
caminos o u otras vías ya existentes, lo que queda recogido en el condicionado de la
presente resolución.
Espacios naturales protegidos, Red Natura 2000: Algunos tramos de la LASAT «SET
Noguera 220/30 kV - SET San Fernando Renovables 400/220 kV» atraviesa los
siguientes espacios de la Red Natura 2000:
– Zona de Especial Conservación (ZEC) ES3110006, denominada «Vegas, Cuestas
y Páramos del Sureste de Madrid», a lo largo de 6,1 km. Incluye dos Zonas de Especial
Protección para las Aves (ZEPA) y varios tramos fluviales de los ríos Tajo, Manzanares,
cve: BOE-A-2023-2928
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 29