III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2922)
Resolución de 23 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico "Guadame Solar 5" de 138,427 MWp/130,68 MWn, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Córdoba, Bujalance, Montoro y El Carpio (Córdoba)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 29
Viernes 3 de febrero de 2023
b.6)
Sec. III. Pág. 15874
Espacios Naturales protegidos, Red Natura 2000.
El EsIA indica que el proyecto está ubicado fuera de cualquier tipo de espacio
protegido, ya sea de ámbito internacional, europeo, nacional o autonómico y no se
consideran impactos sobre este factor. El espacio perteneciente a la Red Natura 2000
más próximo es la Zona Especial de Conservación (ZEC) «Río Guadalquivir-Tramo
Medio» (ES6130015) situado a 3,5 Km del proyecto. El Servicio de Espacios Naturales
Protegidos de la Delegación Territorial de Córdoba de la Dirección General de Medio
Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos, informa que las actuaciones se localizan
fuera de Zona de Importancia Comunitaria y por tanto no procede el informe de dicho
Departamento.
Según el EsIA, durante la fase de construcción se generarán alteraciones de la
calidad ambiental de forma muy localizada y puntual por emisión de contaminantes de la
combustión de los motores y producción de polvo, tanto por la circulación de la
maquinaria como por el movimiento de tierras en zanjas, etc. El movimiento y trabajo de
la maquinaria pesada supondrá la generación de un ruido apreciable, aunque de carácter
discontinuo y temporal. Respecto a las vibraciones, éstas se producirán exclusivamente
durante la fase de hinca de los postes de los módulos fotovoltaicos. El promotor
considera que ninguna de estas acciones podría afectar a núcleos poblacionales, pues
todas son de carácter discontinuo y temporal, siendo imperceptibles a 100 metros de la
obra y no se espera sobrepasar los niveles de emisión acústica en base a la legislación
en materia de contaminación acústica de Andalucía. Morente es la única población que
podría verse afectada al encontrarse a 500 m de la zona norte de la PFV, y el resto de
núcleos poblacionales, El Carpio, Pedro Abad y Bujalance se localizan a 6 km, 3,4 km
y 4 km respectivamente. Para paliar los posibles efectos, el promotor especifica una
serie de las medidas de buenas prácticas ambientales, como, mantenimiento adecuado
de la maquinaria, riegos para evitar polvo, limitaciones de movimiento de maquinaria
a 20 km/h, control del horario de ejecución de las obras, cumplimiento de las
prescripciones establecidas en la legislación vigente sobre ruido, en particular, cuando
les sea de aplicación lo establecido en el Real Decreto 212/2002, de 22 de febrero, por el
que se regulan las emisiones sonoras en el entorno debidas a determinadas máquinas
de uso al aire libre, y las normas complementarias.
Tal y como indica el EsIA, los transformadores de potencia son fuente de ruido. Este
ruido disminuye rápidamente con la distancia, situándose en torno a los 40 dB (A) a
unos 80-100 m de distancia. Respecto a la línea eléctrica, el efecto corona en el entorno
de los conductores a una distancia de 25 m de la línea con buen tiempo el valor medido
es de 25-40 dB(A) y con niebla o lluvia es de 40-45 dB(A). Por otra parte, el campo
electromagnético estaría muy por debajo de la recomendación del Consejo de la Unión
Europea. El promotor propone, como medidas para paliar los posibles efectos, que los
equipos a instalar en la PFV, SET y centro de seccionamiento cumplan con los niveles
acústicos establecidos, que los vehículos que accedan a todas las instalaciones respeten
la velocidad máxima de 30 Km/h, y que tras la puesta en marcha se realicen una serie de
mediciones para comprobar que la instalación no emite ruido por encima de los límites
fijados en el Decreto 6/2012.
La Delegación Territorial en Córdoba de la Consejería de Salud y Familias de la
Junta de Andalucía informa que en cuanto a la Evaluación de Impacto en la Salud
humana y poblaciones, y tras examinar el Estudio de Impacto Ambiental presentado, se
recomienda que los trabajos de ejecución de la planta se optimicen de forma que los
efectos negativos sobre la salud que la construcción de la misma supone (ruidos y
vibraciones, polvo, emisión de contaminantes por el tráfico, movimientos de tierra y uso
de maquinaria) se reduzcan en el tiempo lo máximo posible. Asimismo, señala que tras
haber evaluado el Estudio de Impacto Ambiental que presenta el promotor, muestra su
conformidad a la autorización solicitada, siempre y cuando no exista oposición ciudadana
cve: BOE-A-2023-2922
Verificable en https://www.boe.es
b.7) Población y salud.
Núm. 29
Viernes 3 de febrero de 2023
b.6)
Sec. III. Pág. 15874
Espacios Naturales protegidos, Red Natura 2000.
El EsIA indica que el proyecto está ubicado fuera de cualquier tipo de espacio
protegido, ya sea de ámbito internacional, europeo, nacional o autonómico y no se
consideran impactos sobre este factor. El espacio perteneciente a la Red Natura 2000
más próximo es la Zona Especial de Conservación (ZEC) «Río Guadalquivir-Tramo
Medio» (ES6130015) situado a 3,5 Km del proyecto. El Servicio de Espacios Naturales
Protegidos de la Delegación Territorial de Córdoba de la Dirección General de Medio
Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos, informa que las actuaciones se localizan
fuera de Zona de Importancia Comunitaria y por tanto no procede el informe de dicho
Departamento.
Según el EsIA, durante la fase de construcción se generarán alteraciones de la
calidad ambiental de forma muy localizada y puntual por emisión de contaminantes de la
combustión de los motores y producción de polvo, tanto por la circulación de la
maquinaria como por el movimiento de tierras en zanjas, etc. El movimiento y trabajo de
la maquinaria pesada supondrá la generación de un ruido apreciable, aunque de carácter
discontinuo y temporal. Respecto a las vibraciones, éstas se producirán exclusivamente
durante la fase de hinca de los postes de los módulos fotovoltaicos. El promotor
considera que ninguna de estas acciones podría afectar a núcleos poblacionales, pues
todas son de carácter discontinuo y temporal, siendo imperceptibles a 100 metros de la
obra y no se espera sobrepasar los niveles de emisión acústica en base a la legislación
en materia de contaminación acústica de Andalucía. Morente es la única población que
podría verse afectada al encontrarse a 500 m de la zona norte de la PFV, y el resto de
núcleos poblacionales, El Carpio, Pedro Abad y Bujalance se localizan a 6 km, 3,4 km
y 4 km respectivamente. Para paliar los posibles efectos, el promotor especifica una
serie de las medidas de buenas prácticas ambientales, como, mantenimiento adecuado
de la maquinaria, riegos para evitar polvo, limitaciones de movimiento de maquinaria
a 20 km/h, control del horario de ejecución de las obras, cumplimiento de las
prescripciones establecidas en la legislación vigente sobre ruido, en particular, cuando
les sea de aplicación lo establecido en el Real Decreto 212/2002, de 22 de febrero, por el
que se regulan las emisiones sonoras en el entorno debidas a determinadas máquinas
de uso al aire libre, y las normas complementarias.
Tal y como indica el EsIA, los transformadores de potencia son fuente de ruido. Este
ruido disminuye rápidamente con la distancia, situándose en torno a los 40 dB (A) a
unos 80-100 m de distancia. Respecto a la línea eléctrica, el efecto corona en el entorno
de los conductores a una distancia de 25 m de la línea con buen tiempo el valor medido
es de 25-40 dB(A) y con niebla o lluvia es de 40-45 dB(A). Por otra parte, el campo
electromagnético estaría muy por debajo de la recomendación del Consejo de la Unión
Europea. El promotor propone, como medidas para paliar los posibles efectos, que los
equipos a instalar en la PFV, SET y centro de seccionamiento cumplan con los niveles
acústicos establecidos, que los vehículos que accedan a todas las instalaciones respeten
la velocidad máxima de 30 Km/h, y que tras la puesta en marcha se realicen una serie de
mediciones para comprobar que la instalación no emite ruido por encima de los límites
fijados en el Decreto 6/2012.
La Delegación Territorial en Córdoba de la Consejería de Salud y Familias de la
Junta de Andalucía informa que en cuanto a la Evaluación de Impacto en la Salud
humana y poblaciones, y tras examinar el Estudio de Impacto Ambiental presentado, se
recomienda que los trabajos de ejecución de la planta se optimicen de forma que los
efectos negativos sobre la salud que la construcción de la misma supone (ruidos y
vibraciones, polvo, emisión de contaminantes por el tráfico, movimientos de tierra y uso
de maquinaria) se reduzcan en el tiempo lo máximo posible. Asimismo, señala que tras
haber evaluado el Estudio de Impacto Ambiental que presenta el promotor, muestra su
conformidad a la autorización solicitada, siempre y cuando no exista oposición ciudadana
cve: BOE-A-2023-2922
Verificable en https://www.boe.es
b.7) Población y salud.