III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2922)
Resolución de 23 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico "Guadame Solar 5" de 138,427 MWp/130,68 MWn, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Córdoba, Bujalance, Montoro y El Carpio (Córdoba)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 3 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 15873

(Erythropygia galactotes), especie catalogada «Vulnerable» según el CAEA y el CEEA.
Asimismo, en la zona están presentes otras especies esteparias de entre las que
destaca la carraca europea (Coracias garrullus) considerada «En Peligro» según el Libro
Rojo de las Aves de España (edición revisada en diciembre de 2021), y que la actuación
proyectada se ubica en una zona caracterizada por la existencia de un corredor de vuelo
de aves. En cuanto a los mamíferos carnívoros, en el ámbito de las zonas de la PFV
como en su entorno hay presencia de lince ibérico (Lynx pardinus) desde que se
iniciaron los procesos de reintroducción en Guadalmellato y la colonización en tiempos
recientes de la sierra de Montoro. Otras especies de mamíferos presentes son el
meloncillo (Herpestes ichneumon), zorro (Vulpes vulpes), garduña (Martes foina), y
gineta (Genetta genetta). El tejón (Meles meles) y el erizo europeo (Erinaceus
europaeus) podrían estar presentes, aunque en menor medida. La presencia de estos
mamíferos en la zona permite intuir la riqueza y variabilidad de los recursos existentes, lo
que indica que la estructura de la zona de estudio es importante para la fauna, en
especial, la de los cursos fluviales utilizados como corredores ecológicos, elementos que
en la matriz de campiña adquieren una cualificación extraordinaria como refugio de
biodiversidad que hay que salvaguardar en cualquier caso de los procesos de
transformación del paisaje. Destaca el entorno del arroyo Guadatín, localizado al sur de
la zona sur de Guadame 5, que se considera de gran interés para otras especies
forestales amenazadas, que hacen uso temporal de esta zona donde en los últimos años
se han observado ejemplares juveniles, subadultos e incluso adultos de águila imperial.
El promotor aporta un estudio de avifauna de ciclo anual de agosto de 2021-julio
de 2022, en el que tan sólo se han observado dos especies incluidas en el CAEA con
una categoría elevada de amenaza, el milano real (Milvus milvus) catalogado como «En
peligro de extinción», y del aguilucho cenizo (Circus pygargus) catalogado como
«Vulnerable». La presencia del milano real ha sido relativamente abundante pues se han
registrado 13 pasos durante la invernada, desde finales de noviembre a finales de
marzo. La presencia del aguilucho cenizo ha sido anecdótica, pues tan sólo se han
observado dos ejemplares de forma puntual, uno a finales de abril y otro a mediados de
junio.
El EsIA considera que durante la fase de funcionamiento del proyecto las principales
afecciones a la fauna son la afección a los hábitats faunísticos iniciado en la fase de
obras, la mortalidad por electrocución de aves en las líneas eléctricas de evacuación y la
colisión con el vallado. En este mismo sentido se manifiesta el Departamento de
Geodiversidad y Biodiversidad.
El Departamento de Geodiversidad y Biodiversidad informa, que teniendo en cuenta
la información del propio departamento sobre la biodiversidad de la zona de actuación y
de su entorno más próximo, y a la vista de las propuestas realizadas en los informes de
los coordinadores del Plan de Recuperación de Aves Esteparias (PRAAEE) y Plan de
Recuperación del águila Imperial en Andalucía (PRAIA), además de las medidas
correctoras y protectoras planteadas por el promotor, se deberán adoptar una serie de
medidas complementarias y modificar algunas de las incluidas en el EsIA presentado.
El Servicio de Gestión del Medio Natural, en base a las afecciones y a las
conclusiones del informe del Departamento de Geodiversidad y Biodiversidad, evalúa el
proyecto de la actuación como compatible con los objetivos de la protección del medio
natural y las especies silvestres. No obstante, y teniendo en cuenta el principio de
precaución en las intervenciones que puedan afectar a espacios naturales o especies
silvestres del art. 2.g) de la Ley 42/2007, informa favorablemente la ejecución del
proyecto condicionado a las consideraciones del anterior Departamento, que se
reproducen en el informe del Servicio de Gestión del Medio Natural. El promotor da
respuesta a cada una de las medidas señaladas por el citado Departamento, aceptando
en general lo propuesto excepto en algún caso que es justificado. Todas las medidas han
sido incorporadas en el condicionado de la presente resolución.

cve: BOE-A-2023-2922
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 29