III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2922)
Resolución de 23 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico "Guadame Solar 5" de 138,427 MWp/130,68 MWn, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Córdoba, Bujalance, Montoro y El Carpio (Córdoba)».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 29
Viernes 3 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 15884
8. Se garantizará el cumplimiento de los compromisos adquiridos por el promotor
en cada una de las parcelas de compensación durante el tiempo que se establezca para
cada una de ellas.
(35) Medidas compensatorias a tener en cuenta en cuanto al águila imperial, a
consensuar con la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Córdoba:
(36) Antes del inicio de las obras, el promotor deberá presentar el Estudio de
Avifauna de Ciclo Anual, a la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible de Córdoba.
(37) Al menos con 3 meses de antelación al inicio de las obras de la planta, se
presentará un Programa de ejecución adaptado al condicionado del informe del
Departamento de Geodiversidad y Biodiversidad que incluya todas las medidas a
adoptar, el Programa de vigilancia ambiental, así como cualquier otra documentación a
aportar en las pertinentes autorizaciones administrativas, que deberán estar disponibles
para su aprobación definitiva, incluido el cronograma y su valoración económica
(38) El promotor, en el plazo de 3 meses a contar desde la fecha de otorgamiento
de la autorización administrativa, deberá designar una persona responsable del
cumplimiento y seguimiento de las medidas ambientales, que será el interlocutor ante la
Delegación Territorial para la resolución de las incidencias que puedan producirse.
(39) En el diseño de las instalaciones se elegirá la opción que mejor evite la
utilización de las mismas por parte de fauna, principalmente roedores, que pudiera
ocasionar daños en las instalaciones. En todo caso, se deberá contar con una serie de
medidas para que, en caso de ser necesario, se realice el control de conejos y otra fauna
sin el uso de biocidas, para aquellos momentos en los que las densidades de estos
puedan afectar al funcionamiento de la PFV.
(40) Para la ejecución de las obras, actuaciones, seguimiento de estas, etc., a
desarrollar tanto durante la vida útil como en la fase de desmantelamiento de la PFV y
líneas eléctricas asociadas, se contará preferentemente con empresas y personal de su
entorno más cercano
(41) Serán de aplicación todas las medidas incluidas en la documentación
presentada, siempre y cuando no sean contradictorias con el presente condicionado.
(42) En virtud del artículo 7 de la Ley 8/2003 de Flora y Fauna Silvestre de
Andalucía, quedará suspendida cualquier actividad recogida en el proyecto que pueda
causar daños significativos sobre la biodiversidad de la zona. Si se suspendiera una
actividad en base a la Ley 8/2003, se estudiará por parte de la Delegación Territorial con
competencias en medio ambiente la forma y fechas compatibles con la conservación de
la biodiversidad de la zona
2.6
Población y salud humana.
(43) El promotor, en el proyecto constructivo previo a la autorización del proyecto,
incluirá un estudio de ruido de detalle, en el que deberá identificar los potenciales
receptores (núcleos de población y edificaciones aisladas) del ruido emitido y el cálculo
de los niveles de inmisión generados por las infraestructuras de proyecto, así como el
acumulado con otros posibles focos emisores existentes sobre los potenciales
receptores. Se deberá cumplir con los valores establecidos en el Real
cve: BOE-A-2023-2922
Verificable en https://www.boe.es
– Primar el soterramiento de línea eléctrica.
– Seguimiento de ejemplares mediante la colocación de emisores GPS.
– Plantación de árboles de gran porte en zonas favorables para la instalación de nidos.
– Reintroducción y reforzamiento de poblaciones.
– Programa de seguimiento científico.
– Mejoras de hábitat en zonas de nidificación de la especie.
– Corrección de tendidos eléctricos peligrosos en zonas de nidificación.
– Corrección de balsas de riego del entorno.
– Realizar un Programa de divulgación sobre las actividades de conservación de las
especies.
Núm. 29
Viernes 3 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 15884
8. Se garantizará el cumplimiento de los compromisos adquiridos por el promotor
en cada una de las parcelas de compensación durante el tiempo que se establezca para
cada una de ellas.
(35) Medidas compensatorias a tener en cuenta en cuanto al águila imperial, a
consensuar con la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Córdoba:
(36) Antes del inicio de las obras, el promotor deberá presentar el Estudio de
Avifauna de Ciclo Anual, a la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible de Córdoba.
(37) Al menos con 3 meses de antelación al inicio de las obras de la planta, se
presentará un Programa de ejecución adaptado al condicionado del informe del
Departamento de Geodiversidad y Biodiversidad que incluya todas las medidas a
adoptar, el Programa de vigilancia ambiental, así como cualquier otra documentación a
aportar en las pertinentes autorizaciones administrativas, que deberán estar disponibles
para su aprobación definitiva, incluido el cronograma y su valoración económica
(38) El promotor, en el plazo de 3 meses a contar desde la fecha de otorgamiento
de la autorización administrativa, deberá designar una persona responsable del
cumplimiento y seguimiento de las medidas ambientales, que será el interlocutor ante la
Delegación Territorial para la resolución de las incidencias que puedan producirse.
(39) En el diseño de las instalaciones se elegirá la opción que mejor evite la
utilización de las mismas por parte de fauna, principalmente roedores, que pudiera
ocasionar daños en las instalaciones. En todo caso, se deberá contar con una serie de
medidas para que, en caso de ser necesario, se realice el control de conejos y otra fauna
sin el uso de biocidas, para aquellos momentos en los que las densidades de estos
puedan afectar al funcionamiento de la PFV.
(40) Para la ejecución de las obras, actuaciones, seguimiento de estas, etc., a
desarrollar tanto durante la vida útil como en la fase de desmantelamiento de la PFV y
líneas eléctricas asociadas, se contará preferentemente con empresas y personal de su
entorno más cercano
(41) Serán de aplicación todas las medidas incluidas en la documentación
presentada, siempre y cuando no sean contradictorias con el presente condicionado.
(42) En virtud del artículo 7 de la Ley 8/2003 de Flora y Fauna Silvestre de
Andalucía, quedará suspendida cualquier actividad recogida en el proyecto que pueda
causar daños significativos sobre la biodiversidad de la zona. Si se suspendiera una
actividad en base a la Ley 8/2003, se estudiará por parte de la Delegación Territorial con
competencias en medio ambiente la forma y fechas compatibles con la conservación de
la biodiversidad de la zona
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Población y salud humana.
(43) El promotor, en el proyecto constructivo previo a la autorización del proyecto,
incluirá un estudio de ruido de detalle, en el que deberá identificar los potenciales
receptores (núcleos de población y edificaciones aisladas) del ruido emitido y el cálculo
de los niveles de inmisión generados por las infraestructuras de proyecto, así como el
acumulado con otros posibles focos emisores existentes sobre los potenciales
receptores. Se deberá cumplir con los valores establecidos en el Real
cve: BOE-A-2023-2922
Verificable en https://www.boe.es
– Primar el soterramiento de línea eléctrica.
– Seguimiento de ejemplares mediante la colocación de emisores GPS.
– Plantación de árboles de gran porte en zonas favorables para la instalación de nidos.
– Reintroducción y reforzamiento de poblaciones.
– Programa de seguimiento científico.
– Mejoras de hábitat en zonas de nidificación de la especie.
– Corrección de tendidos eléctricos peligrosos en zonas de nidificación.
– Corrección de balsas de riego del entorno.
– Realizar un Programa de divulgación sobre las actividades de conservación de las
especies.