III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2918)
Resolución de 23 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico "FV Peralta" de 370 MWp, y su infraestructura de evacuación, en Peralta y Andosilla (Comunidad Foral de Navarra)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 3 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 15774

Destinadas a minimizar los impactos sobre la fauna del entorno, en el EsIA se
proponen una serie de medidas preventivas y correctoras, entre ellas: la restauración de
los biotopos afectados, señalización del vallado con elementos de alta sensibilidad o
salvapájaros y el establecimiento de una zona de compensación por la pérdida de hábitat
potencial para la avifauna esteparia de 547,23 ha de superficie, ubicada en los parajes
Vallacuera y Caluengo y en el municipio de Andosilla. Es dicha zona se llevarán a cabo
las tareas de mejora y mantenimiento de barbechos, la plantación de leguminosas y
retirada de la producción agrícola en cuatro años.
La Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra informa sobre:
– La deficiencia del estudio de avifauna realizado por el promotor, debido a:
Discrepancias en los datos de avistamiento
Insuficientes puntos de escucha.
No se aplica una metodología específica para la detección de pteróclidos o sisón
común.
– La zona de emplazamiento de la PSF y sus infraestructuras de evacuación es un
hábitat óptimo para la avifauna esteparia a pesar de que, en el EsIA el promotor
considera que la zona no es adecuada para estas especies.
– La cercanía de la instalación a la ZEC ES2200031 «Yesos de la Ribera Estellesa»
(al norte de la planta) y la AICAENA «Caluengo-La Castellana (al sur de la misma), por lo
que considera importante tener en cuenta las áreas circundantes de estos espacios en el
análisis de los impactos ambientales del proyecto, pues su emplazamiento supondría la
pérdida de hábitat para las especies de carácter estepario de la zona, así como un
potencial efecto barrera con pérdida de conectividad entre los mismos.
– La necesidad de desplazar la línea hacia el sur, en el tramo de la línea de
evacuación paralelo a la NA-134, por su cercanía a un humedal de alto valor ecológico,
al ser una zona de reproducción de ardeidas (en concreto de garza real (Ardea cinérea)
y garza imperial (Ardea purpurea) y aguilucho lagunero, entre otras especies.
– La zona del emplazamiento de la PSF, se ubica dentro de radio de 6 km de la
colonia de cernícalo primilla del Corral de Sancho Barón, uno de los más importantes de
Navarra, por lo que esta área se considera como «muy favorable» para la reproducción
de dicha especie.
– La zona de regadío del Raso y Las Suertes, en el término municipal de Funes y
que es atravesada por la línea, es una zona de campeo de una pareja de alimoche
nidificante en los cortados del río Aragón.
– La posible afección sobre el águila perdicera debido:
El área de implantación es una zona identificada como «Área de asentamiento
preferente de individuos no reproductores de águila de Bonelli en Navarra», establecidas
dentro del proyecto LIFE Bonelli; además, el proyecto se ubica dentro del Área Crítica de
Actividad de uno de los ejemplares de águila de Bonelli radioseguido dentro del proyecto
Aquila a-LIFE de la Diputación Foral de Álava. Esta especie es considerada elemento
clave de conservación del Plan de Gestión aprobado de la ZEC «Yesos de la Ribera
Estellesa», junto con otras especies de aves esteparias y rupícolas.
A aproximadamente 2 km del cruce de la línea eléctrica por el río Aragón (tramo
incluido en la ZEC «Tramos Bajos del Aragón y del Arga»), se tiene constancia de la
nidificación de una pareja de águila de Bonelli en escarpes de dicho río, entre las
poblaciones de Milagro y Funes.
– Debido a la extensión de la actuación prevista, se deberá incluir en la vigilancia, el
control de la mortalidad en la totalidad de la planta, y no sólo en el vallado, tal y como
indica el promotor en el EsIA. Asimismo, menciona que se crearán o arreglarán, y
mantendrán durante toda la vida útil de la planta solar fotovoltaica, un mínimo de 4
balsas adecuadas para las aves esteparias.

cve: BOE-A-2023-2918
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Núm. 29