III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2918)
Resolución de 23 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico "FV Peralta" de 370 MWp, y su infraestructura de evacuación, en Peralta y Andosilla (Comunidad Foral de Navarra)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 29

Viernes 3 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 15771

debido a la pérdida de la capa superficial del suelo. No obstante, incluyen una serie de
medidas a tener en cuenta para el desarrollo del proyecto, a las que el promotor indica
conformidad y que están recogidas en el apartado de Agua del epígrafe 1.2
Condiciones relativas a medidas preventivas, correctoras y compensatorias para los
impactos más significativos de esta resolución.
Vegetación, flora y hábitats de interés comunitario (HICs):

La zona de estudio está compuesta fundamentalmente por terrenos agrícolas con
cultivos herbáceos de secano.
Según el EsIA, en el área de estudio, son frecuentes los matorrales de ontina
(Artemisia herba-alba), además de especies como Brachypodium retusum, y Genista
scorpius. A medida que se asciende a las cotas más elevadas, aparecen mosaicos de
pastos herbáceos xerófilos y, en sus claros, encontramos pastos anuales de gypsófilos.
En las zonas más elevada se detectó la presencia de vegetación gypsícola, constituida
por matorrales de asnallo (Ononis tridentata).
Según se indica en el EsIA, en el área de estudio no se observaron ejemplares
incluidos en el Catálogo de la Flora Amenazada de Navarra, ni en el Catálogo Nacional
de Especies Amenazadas.
Además, el promotor afirma que no se ha detectado la presencia de especies
incluidas en los anejos II, IV y V de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo
de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora
silvestres o en la Lista Roja de la Flora Vascular Española.
Durante la fase de construcción, los impactos sobre la vegetación natural
identificados en el EsIA vendrán dados por el desbroce de la zona en la que se llevará a
cabo la implantación de las nuevas infraestructuras de la planta, el movimiento de tierras
y construcción de caminos, suponiendo la pérdida de vegetación de forma permanente
en las superficies ocupadas por los caminos de acceso a la planta, zapatas y la línea. En
el tramo de cruce con el río Aragón, donde existe una chopera de plantación, se
considera que la afección será no significativa. En cualquier caso, en el cruce con el
río Ebro, se estima que se produce una pérdida de hábitat para la fauna y la degradación
del paisaje. Para minimizar las afecciones sobre la vegetación y la flora, el promotor
propone, como medidas correctoras, la delimitación del área necesaria para los trabajos,
incluyendo la ocupada por las instalaciones, infraestructuras, los acopios de tierra y
la ZIA, la señalización, en aquellos puntos colindantes con vegetación natural de interés
y la revegetación mediante siembra de herbáceas adaptadas al medio de todo el espacio
ocupado temporalmente por la obra.
Durante la fase de funcionamiento, se podrían derivar impactos como consecuencia
de la eliminación de la vegetación que pudiera brotar en el área ocupada por el proyecto.
Por lo tanto, durante la vida útil de las instalaciones, el mantenimiento de la vegetación
en la zona de la planta y debajo de las líneas eléctricas, se realizará mediante pastoreo
extensivo y, solo en casos excepcionales e imprevistos, mediante desbroce manual o
mecánico. Además, el tirado de cable se hará de forma manual, para evitar el paso de
maquinaria por zonas de HIC.
La Dirección General de Medio Ambiente de Navarra, en su informe de fecha 4 de
abril de 2022, advierte que, a pesar de que la mayor parte del parque se encuentra en
parcelas de cultivo de secano, se han identificado en el interior de los subcampos 2.3,
3.5, 3.7 o 3.9, varios rodales de vegetación natural, que pueden ser asimilables por su
composición, a los hábitats de interés comunitario incluidos en el anexo I de la
Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, más
concretamente los hábitats 1520* «Vegetación gipsícola ibérica (Gypsophiletalia)»
y 6220* «Zonas subestépicas de gramíneas y anuales de Thero-Brachypodietea». Esta
problemática ha sido tenida en cuenta por parte del promotor en la última versión del
proyecto recibida el 28 de octubre de 2022, donde indica que se reconfigurará la posición
de los paneles fotovoltaicos dentro del vallado presentado. Para asegurar su
cumplimiento, esto queda recogido en el punto 5 del subapartado vegetación, flora

cve: BOE-A-2023-2918
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