III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2918)
Resolución de 23 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico "FV Peralta" de 370 MWp, y su infraestructura de evacuación, en Peralta y Andosilla (Comunidad Foral de Navarra)».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 29
Viernes 3 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 15770
a las condiciones establecidas en esta resolución, referentes a la limitación de
colocación de paneles en áreas con pendiente superior al 10 %.
En el EsIA, se indica que la cimentación de las estructuras se realizará mediante
hincado al terreno. La profundidad se determinará a partir del estudio geotécnico. Por
otro lado, los inversores y transformadores se apoyarán sobre una solera de hormigón
armado con malla de acero.
Para la mitigación de los impactos identificados en el suelo y que se podrían producir
durante la fase de construcción, en el EsIA se proponen una serie de medidas
correctoras, entre ellas:
– Correcta gestión de los diferentes residuos y posibles vertidos generados durante
esta fase, y señalización de las áreas más adecuadas para los emplazamientos de los
acopios de los materiales necesarios para la obra, suelo, vegetación desbrozada, etc.
– Retirada selectiva, acopio y conservación de los suelos con una mayor calidad
agrícola, como labor previa a la realización de las obras, con el fin de utilizarlos
posteriormente en las labores de restauración.
– Corrección de cárcavas o cualquier otro proceso erosivo que puedan aparecer
como consecuencia de las obras.
La Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra, considera
necesario la implantación de sistemas de drenaje auxiliares y de retención de sólidos
además de las medidas propuestas por el promotor en el EsIA.
Agua:
El área en la que se prevé la implantación de la planta solar fotovoltaica y sus
infraestructuras de evacuación se sitúa dentro de la cuenca hidrográfica del Ebro, más
concretamente, en las subcuencas de los ríos Arga, Ega, Ebro y Aragón.
La Confederación Hidrográfica del Ebro (en adelante CHE) advierte de la presencia
de varios canales y acequias en la zona de estudio y el cruce del río Aragón, río Mayor y
río Ebro a lo largo del trazado de la línea de evacuación, y de la existencia de otros
cruces con cursos fluviales menores, como el arroyo de Royales, el barranco del Raso y
distintos barrancos innominados. También señala que varios apoyos de la línea eléctrica
se encuentran en la zona de policía de cauces. En este sentido, la CHE informa sobre
las directrices a considerar si se diera el caso, respecto a las diferentes zonas
contempladas en el Texto refundido de la Ley de Aguas (Real Decreto Legislativo 1/2001
de 20 de julio), y en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico (Real Decreto 9/2008,
de 11 de enero), a lo que el promotor expresa su conformidad.
Esta misma Confederación informa que, con respecto a la hidrología subterránea, las
instalaciones se sitúan parcialmente en la masa de agua subterránea «Aluvial EbroAragón: Lodosa Tudela» (ES091049).
Los impactos potenciales identificados en el EsIA, tanto para la fase de construcción,
como en la de explotación del proyecto son, principalmente, la alteración de la calidad de
las aguas superficiales y subterráneas por contaminación, ya sea por vertidos
accidentales procedentes de la maquinaria de obra, o por aporte de sólidos en
suspensión al realizar las tareas de movilización de tierras. Dicho impacto, se ha
valorado como compatible durante la fase de construcción y no significativo para la fase
de explotación, al considerarse poco probable; no obstante, el promotor considera
necesario la aplicación de las medidas preventivas, para evitar cualquier afección sobre
los cursos fluviales, entre ellas, la creación de una zona de instalaciones auxiliares (ZIA),
la correcta recogida y almacenamiento de los posibles vertidos accidentales y la
construcción de una balsa de lavados impermeable en el entorno próximo donde se
prevé la ejecución de las operaciones de hormigonado.
Según la CHE, teniendo en cuenta la superficie necesaria para la implantación de la
planta solar fotovoltaica, se prevé un incremento de probabilidad de daños por aumento
de la escorrentía en el entorno agrícola o rural, consecuencia de fenómenos erosivos
cve: BOE-A-2023-2918
Verificable en https://www.boe.es
b.3
Núm. 29
Viernes 3 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 15770
a las condiciones establecidas en esta resolución, referentes a la limitación de
colocación de paneles en áreas con pendiente superior al 10 %.
En el EsIA, se indica que la cimentación de las estructuras se realizará mediante
hincado al terreno. La profundidad se determinará a partir del estudio geotécnico. Por
otro lado, los inversores y transformadores se apoyarán sobre una solera de hormigón
armado con malla de acero.
Para la mitigación de los impactos identificados en el suelo y que se podrían producir
durante la fase de construcción, en el EsIA se proponen una serie de medidas
correctoras, entre ellas:
– Correcta gestión de los diferentes residuos y posibles vertidos generados durante
esta fase, y señalización de las áreas más adecuadas para los emplazamientos de los
acopios de los materiales necesarios para la obra, suelo, vegetación desbrozada, etc.
– Retirada selectiva, acopio y conservación de los suelos con una mayor calidad
agrícola, como labor previa a la realización de las obras, con el fin de utilizarlos
posteriormente en las labores de restauración.
– Corrección de cárcavas o cualquier otro proceso erosivo que puedan aparecer
como consecuencia de las obras.
La Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra, considera
necesario la implantación de sistemas de drenaje auxiliares y de retención de sólidos
además de las medidas propuestas por el promotor en el EsIA.
Agua:
El área en la que se prevé la implantación de la planta solar fotovoltaica y sus
infraestructuras de evacuación se sitúa dentro de la cuenca hidrográfica del Ebro, más
concretamente, en las subcuencas de los ríos Arga, Ega, Ebro y Aragón.
La Confederación Hidrográfica del Ebro (en adelante CHE) advierte de la presencia
de varios canales y acequias en la zona de estudio y el cruce del río Aragón, río Mayor y
río Ebro a lo largo del trazado de la línea de evacuación, y de la existencia de otros
cruces con cursos fluviales menores, como el arroyo de Royales, el barranco del Raso y
distintos barrancos innominados. También señala que varios apoyos de la línea eléctrica
se encuentran en la zona de policía de cauces. En este sentido, la CHE informa sobre
las directrices a considerar si se diera el caso, respecto a las diferentes zonas
contempladas en el Texto refundido de la Ley de Aguas (Real Decreto Legislativo 1/2001
de 20 de julio), y en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico (Real Decreto 9/2008,
de 11 de enero), a lo que el promotor expresa su conformidad.
Esta misma Confederación informa que, con respecto a la hidrología subterránea, las
instalaciones se sitúan parcialmente en la masa de agua subterránea «Aluvial EbroAragón: Lodosa Tudela» (ES091049).
Los impactos potenciales identificados en el EsIA, tanto para la fase de construcción,
como en la de explotación del proyecto son, principalmente, la alteración de la calidad de
las aguas superficiales y subterráneas por contaminación, ya sea por vertidos
accidentales procedentes de la maquinaria de obra, o por aporte de sólidos en
suspensión al realizar las tareas de movilización de tierras. Dicho impacto, se ha
valorado como compatible durante la fase de construcción y no significativo para la fase
de explotación, al considerarse poco probable; no obstante, el promotor considera
necesario la aplicación de las medidas preventivas, para evitar cualquier afección sobre
los cursos fluviales, entre ellas, la creación de una zona de instalaciones auxiliares (ZIA),
la correcta recogida y almacenamiento de los posibles vertidos accidentales y la
construcción de una balsa de lavados impermeable en el entorno próximo donde se
prevé la ejecución de las operaciones de hormigonado.
Según la CHE, teniendo en cuenta la superficie necesaria para la implantación de la
planta solar fotovoltaica, se prevé un incremento de probabilidad de daños por aumento
de la escorrentía en el entorno agrícola o rural, consecuencia de fenómenos erosivos
cve: BOE-A-2023-2918
Verificable en https://www.boe.es
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