III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2917)
Resolución de 23 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque eólico "Trabadelo" de 110 MW, y su infraestructura de evacuación, en Trabadelo, Barjas, Corullón, Toral de los Vados, Villafranca del Bierzo, Cacabelos, Arganza, Cabañas Raras, Sancedo, Camponaraya y Ponferrada (León)».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 29
Viernes 3 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 15741
En consonancia con lo expresado por la Dirección General de Patrimonio Natural y
Política Forestal de la Junta de Castilla y León, este órgano ambiental considera que las
afecciones ocasionadas por el soterramiento de la línea de evacuación serían de menor
entidad que las producidas con el tendido en aéreo. Los impactos sobre el paisaje son
permanentes e irreversibles, considerando además el efecto acumulativo y sinérgico de
los tendidos aéreos existentes y proyectados en la zona. Por ello, considera el
soterramiento íntegro de la línea de evacuación, siempre que técnicamente sea posible,
como la mejor alternativa.
4.2
4.2.1
Tratamiento de los principales impactos del proyecto:
Atmósfera y cambio climático:
Los mayores efectos serán aquellos generados por el movimiento de tierras, las
excavaciones y el tránsito de vehículos, lo que conlleva la emisión de polvo a la
atmósfera y partículas en suspensión, generando un deterioro de la calidad del aire no
significativa.
La Oficina Española de Cambio Climático valora positivamente el proyecto al
referirse al desarrollo de energías renovables, cuya introducción en el sistema eléctrico
reduce su factor de emisión de gases de efecto invernadero.
4.2.2
Suelo, subsuelo y geodiversidad:
El suelo se verá afectado por las acciones que conlleven movimientos de tierras,
tales como la creación de viales, terraplenes y taludes para plataformas, zonas de
acopio, zanjas de soterramiento y cimentaciones. El promotor estima inicialmente en el
EsIA la magnitud del balance de tierras en 2.766.00 m3 de desmontes y 1.508.800 m3 de
terraplenes; no obstante, en la descripción de impactos indica que será equilibrado, ya
que los volúmenes extraídos serán reutilizados en las obras.
El tránsito de maquinaria producirá compactación de suelos en las zonas de trabajo y
acopio, especialmente en la fase de construcción. Por otro lado, la eliminación de la
cobertura vegetal en ciertas zonas aumenta el riesgo de erosión, debido al viento, las
lluvias y escorrentías. La superficie de ocupación será de en torno a 1.000 m2 por
aerogenerador en fase de montaje, ascendiendo a un total de 130,52 ha. Durante la fase
de obra las zonas de acopio tienen prevista una ocupación de 6.000 m2. La ocupación
total de las infraestructuras durante la operación será de 100,61 ha, teniendo en cuenta
los 18 aerogeneradores inicialmente proyectados.
El riesgo de contaminación de suelos se considera no significativo siempre que se
apliquen las medidas preventivas relativas a la gestión y manipulación de residuos y
sustancias potencialmente contaminantes, en especial las que tienen que ver con
maquinaria.
El promotor indica que se realizará una restauración ambiental tras las obras.
Aguas superficiales y subterráneas:
La zona de estudio se enmarca dentro del ámbito territorial de la Demarcación
Hidrográfica Miño-Sil, dentro del sistema de explotación Sil Superior (código
ES010SEXP3). El EsIA analiza e identifica diversos impactos sobre la hidrografía y la
hidrogeología, relativos a la calidad de las aguas y al régimen hidrológico.
Durante el trámite de información pública, se han recibido informes de dos unidades
de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil (en adelante, CHMS):
– La Comisaría de Aguas en su informé indicó que la información contenida en el
EsIA acerca de la ocupación del dominio público hidráulico (en adelante, DPH) y la zona
de policía era insuficiente. Por ello, solicitó concreción sobre las coordenadas de los
apoyos de la línea de evacuación, de las balsas de decantación y de las zonas de acopio
de tierra vegetal y material de excavaciones; además, respecto a los cruces
subterráneos, una mayor definición sobre la tipología de las obras de paso.
cve: BOE-A-2023-2917
Verificable en https://www.boe.es
4.2.3
Núm. 29
Viernes 3 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 15741
En consonancia con lo expresado por la Dirección General de Patrimonio Natural y
Política Forestal de la Junta de Castilla y León, este órgano ambiental considera que las
afecciones ocasionadas por el soterramiento de la línea de evacuación serían de menor
entidad que las producidas con el tendido en aéreo. Los impactos sobre el paisaje son
permanentes e irreversibles, considerando además el efecto acumulativo y sinérgico de
los tendidos aéreos existentes y proyectados en la zona. Por ello, considera el
soterramiento íntegro de la línea de evacuación, siempre que técnicamente sea posible,
como la mejor alternativa.
4.2
4.2.1
Tratamiento de los principales impactos del proyecto:
Atmósfera y cambio climático:
Los mayores efectos serán aquellos generados por el movimiento de tierras, las
excavaciones y el tránsito de vehículos, lo que conlleva la emisión de polvo a la
atmósfera y partículas en suspensión, generando un deterioro de la calidad del aire no
significativa.
La Oficina Española de Cambio Climático valora positivamente el proyecto al
referirse al desarrollo de energías renovables, cuya introducción en el sistema eléctrico
reduce su factor de emisión de gases de efecto invernadero.
4.2.2
Suelo, subsuelo y geodiversidad:
El suelo se verá afectado por las acciones que conlleven movimientos de tierras,
tales como la creación de viales, terraplenes y taludes para plataformas, zonas de
acopio, zanjas de soterramiento y cimentaciones. El promotor estima inicialmente en el
EsIA la magnitud del balance de tierras en 2.766.00 m3 de desmontes y 1.508.800 m3 de
terraplenes; no obstante, en la descripción de impactos indica que será equilibrado, ya
que los volúmenes extraídos serán reutilizados en las obras.
El tránsito de maquinaria producirá compactación de suelos en las zonas de trabajo y
acopio, especialmente en la fase de construcción. Por otro lado, la eliminación de la
cobertura vegetal en ciertas zonas aumenta el riesgo de erosión, debido al viento, las
lluvias y escorrentías. La superficie de ocupación será de en torno a 1.000 m2 por
aerogenerador en fase de montaje, ascendiendo a un total de 130,52 ha. Durante la fase
de obra las zonas de acopio tienen prevista una ocupación de 6.000 m2. La ocupación
total de las infraestructuras durante la operación será de 100,61 ha, teniendo en cuenta
los 18 aerogeneradores inicialmente proyectados.
El riesgo de contaminación de suelos se considera no significativo siempre que se
apliquen las medidas preventivas relativas a la gestión y manipulación de residuos y
sustancias potencialmente contaminantes, en especial las que tienen que ver con
maquinaria.
El promotor indica que se realizará una restauración ambiental tras las obras.
Aguas superficiales y subterráneas:
La zona de estudio se enmarca dentro del ámbito territorial de la Demarcación
Hidrográfica Miño-Sil, dentro del sistema de explotación Sil Superior (código
ES010SEXP3). El EsIA analiza e identifica diversos impactos sobre la hidrografía y la
hidrogeología, relativos a la calidad de las aguas y al régimen hidrológico.
Durante el trámite de información pública, se han recibido informes de dos unidades
de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil (en adelante, CHMS):
– La Comisaría de Aguas en su informé indicó que la información contenida en el
EsIA acerca de la ocupación del dominio público hidráulico (en adelante, DPH) y la zona
de policía era insuficiente. Por ello, solicitó concreción sobre las coordenadas de los
apoyos de la línea de evacuación, de las balsas de decantación y de las zonas de acopio
de tierra vegetal y material de excavaciones; además, respecto a los cruces
subterráneos, una mayor definición sobre la tipología de las obras de paso.
cve: BOE-A-2023-2917
Verificable en https://www.boe.es
4.2.3