III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2916)
Resolución de 23 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico Jalón 2050, de 100 MW de potencia, así como de la infraestructura de evacuación asociada, en Pozuelo de Aragón y Rueda de Jalón (Zaragoza)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 3 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 15725

Además, la citada Subdirección en general constata una importante proliferación de
infraestructuras antrópicas de las que destacan los eólicos en sus áreas críticas y
nuevas líneas eléctricas, que aumentan el riesgo de colisión, el rechazo al hábitat e
interfieren con sus movimientos. En sinergia con los cambios en el uso del suelo, se
pueden presentar afecciones indirectas relevantes, como el aumento de depredadores
generalistas, a los cuales resultan muy sensibles.
Ante los riesgos que las infraestructuras del parque eólico supondrán para la
avifauna y los quirópteros, el INAGA solicita entre otras medidas, la implantación de un
sistema de detección, posicionamiento y seguimiento espacial de aves y quirópteros y
protocolos de gestión que contemplen tanto la disuasión como la parada, valorar la
señalización de las palas de los aerogeneradores que supongan un mayor riesgo
potencial de colisión de aves para aumentar su visibilidad y reducir la siniestralidad, así
como el seguimiento de la mortalidad y del uso del espacio por las poblaciones de
quirópteros y avifauna de mayor relevancia.
El promotor ha planteado las siguientes medidas preventivas y correctoras:
– Suministro e instalación de 2 sistemas de prevención y vigilancia de la colisión de
aves contra los aerogeneradores uno al este y otro al oeste.
– Pintado de pala de color negro en 2 aerogeneradores (sujeto a aprobación de la
autoridad aeronáutica).
– Barreras antiatropello para anfibios.
– Apantallamiento vegetal en el perímetro de la SET (almendros con densidad 1 pie
cada 2 m y especies arbustivas aromáticas con densidad de 1 pie cada metro).
– Medidas anti-colisión en líneas eléctricas: cumplimiento de las condiciones del
RD 1432/2008 y balizamiento cable de guarda con cadencia de 10 m en general y 5
metros en tramos de mayor riesgo.
Además, en el documento de medidas complementarias se incluyen medidas para
compensar el impacto de varios proyectos que promueve sobre las poblaciones de
avifauna afectadas y sus planes de recuperación, en coordinación con el Servicio de
Biodiversidad y que tendrán lugar en la Finca de su propiedad denominada la Retuerta,
en Pina de Ebro, y que para el proyecto son las siguientes:
– Acuerdo de gestión de terrenos de 28,5 ha para la conservación de hábitat de
esteparias durante un periodo de 10 años.
– Creación de colonia de cernícalo primilla mediante la metodología de «Ambiente
de colonia». 4 años.
El promotor da respuesta parcialmente a los aspectos requeridos por el INAGA
dejando pendientes o con soluciones poco concretas varias de ellas como pueden la
falta de detalle para el seguimiento del uso del espacio por la avifauna ó el
condicionamiento de los sistemas de disuasión y/o parada de los aerogeneradores para
evitar la colisión de aves en vuelo a la disponibilidad tecnológica y su compatibilidad con
los sistemas de control de los aerogeneradores. Asimismo, el promotor sostiene que se
realizará un seguimiento exhaustivo de los efectos del parque sobre la compatibilidad de
la infraestructura con el normal comportamiento y desarrollo de las aves de interés y su
siniestralidad, y que en caso de registrarse valores elevados de mortalidad se adoptarán
las medidas encaminadas a minimizar este impacto. Sin embargo, no detalla cuáles
serán tales medidas.
El informe adicional del INAGA, se pronuncia exclusivamente sobre las medidas
complementarias planteadas en la Finca la Retuerta, considerándolas de herramientas
adecuadas en relación con la consecución de la compatibilidad ambiental del proyecto
respecto los valores naturales, las especies amenazadas y sus planes de conservación.
La SEO indica que el seguimiento de siniestralidad no es una medida preventiva ni
correctora sino un método de vigilancia del PVA y que desde hace varios años existen
estudios sobre el seguimiento de mortandad de aves en la zona, sin que se haya

cve: BOE-A-2023-2916
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