III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2916)
Resolución de 23 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico Jalón 2050, de 100 MW de potencia, así como de la infraestructura de evacuación asociada, en Pozuelo de Aragón y Rueda de Jalón (Zaragoza)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 29

Viernes 3 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 15721

Alternativas para las SET Eólica Jalón:
De las dos alternativas planteadas para la subestación se opta por la alternativa II
(extremo SE de PE) frente a la alternativa I (centro de la PE) por considerar una menor
visibilidad y menor riesgo de colisión para las aves.
LAAT de evacuación:
Para el primer tramo de la LAAT de evacuación se plantean 2 alternativas diseñadas
para evitar zonas con alta densidad de aerogeneradores, afecciones a colonias de
cernícalo primilla y buscar paralelismos con líneas eléctricas existentes, se selecciona la
denominada alternativa II con un menor impacto sobre el paisaje, fauna y la vegetación.
El promotor, no presenta alternativas para la línea aérea de 400 kV y la «SET PreRueda» por estimar que su emplazamiento lo marca la entrada a la SET «Rueda de
Jalón (REE)», ni para la citada SET, para la que no se han analizado ni alternativas, ni
impactos asociados.
La ubicación seleccionada para el proyecto no minimiza las afecciones ambientales
dado que todos los aerogeneradores, excepto uno y todas las infraestructuras de
evacuación están en una zona que presenta un índice de máxima sensibilidad ambiental
para la ubicación de parques eólicos según la zonificación ambiental para la implantación
de energías renovables del MITECO, debido a la presencia de elementos ambientales de
máxima relevancia, no recomendándose « a priori» su implantación en este ámbito.
b)

Tratamiento de los principales impactos del proyecto.

A la vista del estudio de impacto ambiental, de las contestaciones a las consultas
recibidas y de las observaciones finales del promotor, se resumen a continuación por
fases del proyecto únicamente los impactos significativos y su tratamiento.

El área de implantación del proyecto la componen terrenos de cultivos entre las que
se intercalan áreas de pasto y matorral. Las zonas agrícolas se caracterizan por
presentar un sistema de cultivo basado en «año y vez», en el cual se alternan los
cultivos de cereales de invierno con barbechos y alguna parcela intercalada de almendro
y vid.
Para la zona de actuación, se han inventariado los siguientes hábitats de interés
comunitario (HIC): 1430 «Matorrales halonitrófilos (Pegano-Salsoletea)», HIC 1520*(prioritario)
«Vegetación gipsícola mediterránea (Gypsophiletalia)», HIC 5330 «Matorrales
termomediterráneos y pre-estépicos», 6220*(prioritario) «Zonas subestépicas de gramíneas,
anuales del Thero-Brachypodietea», 92A0 «Bosques galería de Salix alba y Populus alba»
y 92D0 Galerías y matorrales ribereños termomediterráneos (Nerio-Tamaricetea y Flueggeion
tinctoriae)».
El proyecto implica una ocupación permanente de 22,06 ha, de las cuales 0,86 se
corresponden con vegetación natural. Las afecciones sobre los hábitats de interés
comunitario se deben principalmente a los desbroces que habrán de realizarse durante
la fase de construcción.
El INAGA señala la necesidad de realizar prospecciones botánicas específicas de
todas las zonas que resulten afectadas por la implantación del parque eólico, atendiendo
a la vegetación real existente y a las especies de flora catalogada con posible presencia
en la zona, con especial atención a Thymus loscosii en zonas ocupadas por matorral
gipsícola y de Tamarix boveana en el barranco de Los Corrales, catalogadas de «interés
especial» y «vulnerable» respectivamente, según el Catálogo de Especies Amenazadas
de Aragón. Solicita igualmente que se recabe de la Dirección General de Medio Natural y
Gestión Forestal del Gobierno de Aragón, la información disponible más actualizada
sobre hábitats y flora amenazada.

cve: BOE-A-2023-2916
Verificable en https://www.boe.es

b.1) Flora, vegetación, hábitats de interés comunitario: