III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2916)
Resolución de 23 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico Jalón 2050, de 100 MW de potencia, así como de la infraestructura de evacuación asociada, en Pozuelo de Aragón y Rueda de Jalón (Zaragoza)".
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 29

Viernes 3 de febrero de 2023
2.

Sec. III. Pág. 15720

Tramitación del procedimiento

El órgano sustantivo somete a información pública el proyecto y el EsIA mediante
anuncio en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 14 de 16 de enero de 2021 y en el
«Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza» núm. 78 de 18 de enero de 2021 así como
en los tablones de anuncios de los Ayuntamientos de Plasencia, Rueda y Pozuelo del
Jalón con fecha 30 de diciembre de 2021, publicándose el anuncio también en el
Periódico «El Heraldo de Aragón» de 14 de enero de 2021. Asimismo, el órgano
sustantivo realiza consultas a las administraciones públicas afectadas y personas
interesadas el 22, 23 y 30 de diciembre de 2021. El anexo I recoge la tabla con los
organismos consultados y si han emitido o no contestación durante ese periodo.
El 4 de febrero de 2021 se publica corrección de errores en el «Boletín Oficial del
Estado» (núm. 47) y en el «Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza» el día 1 de
marzo de 2021 (núm. 1715), así como en el periódico Heraldo de Aragón, el 26 de
febrero de 2021.
Recibido el expediente en el órgano ambiental para el análisis técnico y la
formulación de la declaración de impacto ambiental, con fecha 15 de octubre de 2021 el
promotor remite la documentación adicional «Documento de medidas complementarias».
Con fecha 21 de diciembre de 2021, el órgano ambiental solicita informe adicional al
Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) sobre la contestación del promotor a
los distintos aspectos suscitados en el informe preceptivo emitido por ese organismo, de
fecha 22 de abril de 2021, durante la fase de información pública y consultas, y sobre la
documentación adicional aportada por el promotor. Con fecha 25 de abril de 2022 el
INAGA emite el informe solicitado.
Con fecha de 3 de junio de 2022, el órgano ambiental solicita informe a la
Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del Ministerio de Transición
Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) y SEO/Birdlife, sobre el estudio de impacto
ambiental y la documentación adicional generada por el promotor, que se reciben
respectivamente con fechas 19 de octubre de 2022 y 4 de noviembre de 2022.
3. Análisis técnico del expediente
A continuación, se exponen los impactos significativos y los aspectos más relevantes
puestos de manifiesto durante la tramitación de la evaluación ambiental del proyecto que
fundamentan y motivan la presente Resolución.
a)

Análisis de alternativas.

Alternativas para la PFV:






Alternativa A con ubicación en Fuendejalón, Tabuenca y Rueda de Jalón.
Alternativa B en Fuendejalón, Pozuelo de Aragón y Magallón.
Alternativa C, en Lumpiaque y Épila.
Alternativa D en Épila y La Muela.

Se descartan las alternativas C y D debido a las posibles afecciones a poblaciones
de avifauna y quirópteros localizadas dentro de espacios de la Red Natura 2000. Tras
estudiar las alternativas A y B se escoge la alternativa B, por estar ubicada sobre
parcelas agrícolas, requerir menores superficies de desbroce y movimientos de tierras y
conllevar un menor impacto sobre la vegetación, socioeconómico y paisajístico.

cve: BOE-A-2023-2916
Verificable en https://www.boe.es

El promotor en el EsIA analiza la alternativa 0, de no actuación, desestimándola por
repercutir de forma negativa en el desaprovechamiento de la fuerza del viento para la
producción de energía eléctrica y disminuir la cantidad de electricidad generada en la
Comunidad Autónoma de Aragón a partir de fuentes renovables.
Se contemplan cuatro alternativas para la ubicación de la poligonal del parque eólico
en distintos municipios: