III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2912)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Proyecto plantas fotovoltaicas Obenque Solar, Cruceta Solar y Mosquetón Solar, en la provincia de Guadalajara, así como sus infraestructuras de evacuación asociadas, en varios términos municipales de la provincia de Guadalajara, y Santorcaz y Anchuelo (en la comunidad de Madrid), promovido por Mosquetón Solar, SLU, Obenque Solar, SLU, y Cruceta solar, SLU."
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 3 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 15623
campos electromagnéticos generados por las subestaciones y la línea eléctrica de alta
tensión, este impacto se considera compatible con la salud humana, por la distancia a
los núcleos de población, y a edificaciones independientes inventariadas, ya que en
ningún caso superarán los niveles de referencia para campos eléctricos y magnéticos
establecidos en el Real Decreto 1066/2001.
Por otro lado, la Dirección General de Salud Pública del Ministerio de Sanidad señala
que los posibles impactos de tipo ambiental quedan recogidos en los documentos, no
existiendo observaciones al respecto.
La Dirección General de Salud Pública de la Comunidad de Madrid considera que las
potenciales afecciones sobre la población se producirán durante las obras, por
incremento en la producción de polvo, partículas, ruido y plagas y, durante la fase de
funcionamiento debido a los riesgos potenciales derivados de la exposición a los campos
electromagnéticos e incendios, estableciendo una serie de requisitos y recomendaciones
a los que los promotores se comprometen a dar cumplimiento de acuerdo con la
reglamentación en cuanto a distancias y servidumbres a edificios, a los criterios
establecidos en el Real Decreto 1066/2001, de 28 de septiembre, y a las
consideraciones trasladadas en cuanto al Plan de Gestión de Plagas y el resto de las
solicitudes realizadas por la citada Dirección General de Salud Pública.
El Servicio de Salud Pública de la Delegación Provincial de Guadalajara de la Junta
de Comunidades de Castilla-La Mancha, en su informe, no formula ningún comentario o
sugerencia sanitaria.
4.2.3 Impactos sobre la atmósfera y calidad del aire: Durante la fase de
construcción, este factor se verá principalmente afectado por las emisiones de partículas
difusas provocadas por los movimientos de tierra y tránsito de maquinaria, así como por
los gases de combustión emitidos por los vehículos.
En la fase de explotación, destaca el carácter positivo a escala global, ya que se
produce energía eléctrica mediante un recurso renovable que favorece la disminución de
gases contaminantes emitidos a la atmósfera y por tanto contribuye a la disminución del
efecto invernadero.
El EsIA valora los impactos negativos de la fase de construcción y explotación como
no significativos.
4.2.4 Impacto acústico: Durante la construcción, se prevé un aumento de la
potencia acústica derivado de las labores de construcción de la planta, debido al trasiego
de vehículos, realización de excavaciones, montaje de estructuras, etc. Las molestias
causadas por este motivo lo serán principalmente sobre la fauna ya que en el entorno
inmediato de la instalación no existen zonas habitadas.
En la fase de explotación, los elementos generadores de ruido son los inversores de
corriente y el transformador, con una emisión inferior a 45 dB, por lo que en exterior de la
planta el ruido será inapreciable por lo que se proponen plantaciones lineales alrededor
de estos equipos para atemperar el ruido de los equipos eléctricos. Respecto a las
emisiones de ruido de las líneas eléctricas, no se han inventariado viviendas, zonas de
uso sensible o zonas de uso industrial o terciario a distancias menores de 25 metros del
proyecto, por lo que, durante su funcionamiento no se espera que varíen los niveles de
ruido de fondo del entorno de manera significativa. Respecto a los transformadores
eléctricos el ruido emitido se debe sobre todo al sonido producido por la cuba y los
ventiladores, caracterizándose por su baja frecuencia no siento por tanto apreciables. La
vivienda más cercana a la SET Hojarasca se localiza a 950 m, por lo que no se verá
afectada.
La Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de
Madrid condiciona el proyecto a la adopción de una serie de medidas de prevención
frente al ruido, que se recogen en esta resolución.
4.2.5 Impactos sobre el suelo y la morfología del terreno: Las alteraciones
geomorfológicas ocasionadas por los movimientos de tierras previstos son muy
reducidas, dado el escaso relieve y pendiente de la parcela y, en todo caso, se trata de
labores superficiales. Tampoco, existen zonas con pendientes acusadas en el trazado de
cve: BOE-A-2023-2912
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 29
Viernes 3 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 15623
campos electromagnéticos generados por las subestaciones y la línea eléctrica de alta
tensión, este impacto se considera compatible con la salud humana, por la distancia a
los núcleos de población, y a edificaciones independientes inventariadas, ya que en
ningún caso superarán los niveles de referencia para campos eléctricos y magnéticos
establecidos en el Real Decreto 1066/2001.
Por otro lado, la Dirección General de Salud Pública del Ministerio de Sanidad señala
que los posibles impactos de tipo ambiental quedan recogidos en los documentos, no
existiendo observaciones al respecto.
La Dirección General de Salud Pública de la Comunidad de Madrid considera que las
potenciales afecciones sobre la población se producirán durante las obras, por
incremento en la producción de polvo, partículas, ruido y plagas y, durante la fase de
funcionamiento debido a los riesgos potenciales derivados de la exposición a los campos
electromagnéticos e incendios, estableciendo una serie de requisitos y recomendaciones
a los que los promotores se comprometen a dar cumplimiento de acuerdo con la
reglamentación en cuanto a distancias y servidumbres a edificios, a los criterios
establecidos en el Real Decreto 1066/2001, de 28 de septiembre, y a las
consideraciones trasladadas en cuanto al Plan de Gestión de Plagas y el resto de las
solicitudes realizadas por la citada Dirección General de Salud Pública.
El Servicio de Salud Pública de la Delegación Provincial de Guadalajara de la Junta
de Comunidades de Castilla-La Mancha, en su informe, no formula ningún comentario o
sugerencia sanitaria.
4.2.3 Impactos sobre la atmósfera y calidad del aire: Durante la fase de
construcción, este factor se verá principalmente afectado por las emisiones de partículas
difusas provocadas por los movimientos de tierra y tránsito de maquinaria, así como por
los gases de combustión emitidos por los vehículos.
En la fase de explotación, destaca el carácter positivo a escala global, ya que se
produce energía eléctrica mediante un recurso renovable que favorece la disminución de
gases contaminantes emitidos a la atmósfera y por tanto contribuye a la disminución del
efecto invernadero.
El EsIA valora los impactos negativos de la fase de construcción y explotación como
no significativos.
4.2.4 Impacto acústico: Durante la construcción, se prevé un aumento de la
potencia acústica derivado de las labores de construcción de la planta, debido al trasiego
de vehículos, realización de excavaciones, montaje de estructuras, etc. Las molestias
causadas por este motivo lo serán principalmente sobre la fauna ya que en el entorno
inmediato de la instalación no existen zonas habitadas.
En la fase de explotación, los elementos generadores de ruido son los inversores de
corriente y el transformador, con una emisión inferior a 45 dB, por lo que en exterior de la
planta el ruido será inapreciable por lo que se proponen plantaciones lineales alrededor
de estos equipos para atemperar el ruido de los equipos eléctricos. Respecto a las
emisiones de ruido de las líneas eléctricas, no se han inventariado viviendas, zonas de
uso sensible o zonas de uso industrial o terciario a distancias menores de 25 metros del
proyecto, por lo que, durante su funcionamiento no se espera que varíen los niveles de
ruido de fondo del entorno de manera significativa. Respecto a los transformadores
eléctricos el ruido emitido se debe sobre todo al sonido producido por la cuba y los
ventiladores, caracterizándose por su baja frecuencia no siento por tanto apreciables. La
vivienda más cercana a la SET Hojarasca se localiza a 950 m, por lo que no se verá
afectada.
La Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de
Madrid condiciona el proyecto a la adopción de una serie de medidas de prevención
frente al ruido, que se recogen en esta resolución.
4.2.5 Impactos sobre el suelo y la morfología del terreno: Las alteraciones
geomorfológicas ocasionadas por los movimientos de tierras previstos son muy
reducidas, dado el escaso relieve y pendiente de la parcela y, en todo caso, se trata de
labores superficiales. Tampoco, existen zonas con pendientes acusadas en el trazado de
cve: BOE-A-2023-2912
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Núm. 29