III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2912)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Proyecto plantas fotovoltaicas Obenque Solar, Cruceta Solar y Mosquetón Solar, en la provincia de Guadalajara, así como sus infraestructuras de evacuación asociadas, en varios términos municipales de la provincia de Guadalajara, y Santorcaz y Anchuelo (en la comunidad de Madrid), promovido por Mosquetón Solar, SLU, Obenque Solar, SLU, y Cruceta solar, SLU."
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 3 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 15628

b) la «posible afección a los barrancos» en la zona de actuación, dado que la PSF
Obenque Solar y probablemente la PSF Mosquetón Solar se ubicarán en «zona de
policía», debiendo contar con autorizaciones de la Confederación Hidrográfica.
c) la necesidad de minimizar la contaminación lumínica generada.
d) la afección socioeconómica por «el cambio de uso del suelo, en especial en el
sector de agrícola (cultivos de secano)», y en el cinegético, además de las
consecuencias negativas que pueden surgir en el desarrollo turístico y de ocio.
e) el diseño de un Programa de Vigilancia Ambiental, que incluya un Plan de
seguimiento específico de fauna y «un estudio de mortalidad de aves y otras especies
características de la zona, por colisión y atrapamientos en los vallados, posibles
electrocuciones, atropellos en los accesos».
f) las medidas compensatorias a realizar, con el visto bueno de la Dirección General
de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha,
como paso previo a toda autorización.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad concluye que «Toda iniciativa
que supere los 100-150 MW continuos (200-300 ha), supone una desnaturalización del
medio crítica, debiéndose plantear instalaciones de menor tamaño, ambientalmente más
integradas». Por ello, la planta Mosquetón «deberá excluirse por motivos ambientales»,
por la «mayor diversidad por la vegetación que sustenta, siendo más rica en ecotonos
por colindar con zona de monte y ser zona de campeo habitual de águila imperial». El
EsIA considera el área de ubicación «sacrificable», al tratarse de una zona degradada
por las urbanizaciones o el AVE.
En relación al resto de plantas fotovoltaicas, el informe establece un condicionado
relacionado con conectividad global, vallado que afecte a la fauna silvestre, corte de
vegetación, mantenimiento y control de vegetación espontánea, distribución y disposición
de los paneles fotovoltaicos, medidas de antielectrocución de aves y otras medidas
técnicas de protección, períodos de parada biológica, cotos de caza afectados,
contaminación lumínica, afección del Dominio Público Pecuario, restauración de cubierta
vegetal, y medidas compensatorias, que se recogen es esta resolución.
Los promotores realizaron un cambio sustancial en el proyecto de cara a satisfacer
las recomendaciones de estos organismos, consistente en la reducción del tamaño de la
implantación original en un 40%, pasando de las 460 ha iniciales a 284 ha, aunque sin
excluir la planta Mosquetón. Adicionalmente se han creado pasillos ecológicos de 150
y 250 m, con el objetivo de garantizar una mayor permeabilidad de especies entre las
plantas de los promotores. En consecuencia, también se ve reducida la potencia pico de
las instalaciones, siendo 88,90 MW, 62,52 MW y 50 MW las nuevas potencias de
Mosquetón Solar, Obenque Solar y Cruceta Solar respectivamente. Asimismo, se
comprometen a respetar todos los aspectos incluidos en el informe de las Direcciones
Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, que se recogen en el
condicionado de esta resolución.
4.2.9 Impacto sobre las infraestructuras y la red de servicios: Durante la fase de
explotación, las afecciones serán mínimas, ya que no es necesaria una gran afluencia de
vehículos. Los impactos provocados sobre las infraestructuras se han valorado en
general como no significativos.
En respuesta a la Dirección General de Carreteras de la Comunidad de Madrid, los
promotores informan que, en caso de necesitar conexiones que puedan afectar a las
carreteras competencia de la Comunidad de Madrid, se incluirá un proyecto específico
de conexión dentro del proyecto oficial de ejecución de la línea.
El informe de la Dirección General de Carreteras de la Junta de Comunidades de
Castilla-La Mancha concluye que, desde el punto de vista ambiental, no se produce
afección directa a la red de carreteras autonómica y considera favorable la viabilidad del
proyecto de plantas solares fotovoltaicas proyectadas, así como la «SET
Hojarasca 220/30 kv» y la «LAAT 220 kv entre la SET Hojarasca y SET Henares».
La Dirección General de Transición Energética de la Junta de Comunidades de
Castilla-La Mancha en su informe, elaborado por el Servicio de Instalaciones y

cve: BOE-A-2023-2912
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