III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2915)
Resolución de 20 de enero de 2023, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica Oropesa, de 300 MWp, y una parte de su infraestructura de evacuación, sito en Oropesa, en las provincias de Toledo y Madrid".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 3 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 15710

Quercus rotundifolia» e HIC 92A0* «Bosques galería de Salix alba y Populus alba». El
promotor indica que el HIC más afectado será el hábitat 6310* «Dehesas».
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Consejería de
Desarrollo Sostenible la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la
Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
afirma que no se detalla ni cuantifica el posible efecto de la construcción de la LAAT
sobre las formaciones vegetales afectadas por las mismas. Por su parte, la Dirección
General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Consejería de Medio Ambiente,
Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid informa que los HIC afectados por el
tramo 6 de la línea eléctrica se encuentran en la ZEC «Cuenca del Río Guadarrama»
(HIC 5330 «Matorrales termomediterráneos y pre-estépicos», 6220* «Zonas
subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea», y 6310* «Dehesas
perennifolias de Quercus spp»), e indica los HIC fuera de Red Natura que podrían ser
atravesados por la línea ( HIC 5330 y el HIC 6220*).
El principal impacto de la instalación de la planta solar sobre la vegetación se
producirá en fase de construcción, debido a la destrucción de la cubierta vegetal durante
la preparación del terreno. El promotor indica que el impacto producido es negativo,
indicando que esta fase se realizará únicamente sobre zonas con vegetación de baja
sensibilidad. Además, el EsIA concluye que, durante la fase de explotación, la afección
sobre la vegetación será nula.
En lo que respecta a la LAAT, en el EsIA se indica que el efecto principal sobre la
vegetación se producirá en la fase de construcción, concretamente en la preparación del
terreno, apertura de accesos e instalación de apoyos, catalogando dicho impacto como
negativo y siendo de mayor importancia en las zonas que presenten una mayor calidad
de vegetación, así como una mayor vulnerabilidad de la misma. Durante la fase de
funcionamiento, el promotor no prevé que se produzca afección sobre la vegetación, a
excepción de las labores de mantenimiento como desbroces y acondicionamientos de
seguridad limitados a la anchura de la calle de seguridad de la línea, sin afectar al resto
de terrenos.
Para la protección de la vegetación y los hábitats, las principales medidas
contempladas por el promotor son: identificación, delimitación y jalonamiento de las
zonas con vegetación naturalizada y hábitats identificados como susceptibles de sufrir
impacto, y la conservación de los ejemplares de vegetación natural de porte arbóreo
incluidos en el interior del ámbito de la planta solar. Además, a fin de evitar la apertura de
calle de tendido se podrá iniciar el tendido de los conductores mediante cable piloto a
mano o con vehículo ligero en las zonas que se prevea un daño severo sobre la
vegetación; también se establecerá un plan de prevención y extinción de incendios
durante la fase de obras.
Durante la fase de explotación, las medidas protectoras propuestas serán el
seguimiento de los trabajos de mantenimiento. El promotor incluye como medida
correctora una plantación vegetal a base de especies autóctonas locales.
Los dos organismos autonómicos competentes en biodiversidad: la Dirección
General de Medio Natural y Biodiversidad de la Consejería de Desarrollo Sostenible de
la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha así como la Dirección General de
Biodiversidad y Recursos Naturales de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y
Agricultura de la Comunidad de Madrid, coinciden en las severas deficiencias de la
documentación aportada por el promotor con respecto al inventario de flora, así como a
la infravaloración de los impactos sobre la misma.
b.2)

Fauna.

Según lo indicado en el EsIA, la poligonal de la PSFV se localiza colindante a la
ZEC-ZEPA ES00000168 «Llanuras de Oropesa, Lagartera y Calera y Chozas».
Asimismo, tanto el emplazamiento de la PSFV como la primera parte del trazado de la
línea (37,2 km) se ubican en la IBA 202 «Llanos de Oropesa» y entre los pp.kk. 38+700
a 39+700 del trazado de la LAAT, se atraviesa la IBA 203 «Embalse de Azután».

cve: BOE-A-2023-2915
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 29