III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2910)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques solares fotovoltaicos Bichero Solar de 75 MWp, Monteria Solar de 65 MWp, Ojeador Solar de 65 MWp, Pañol Solar de 100 MWp, Bruma Solar, de 75 MWp, Aluvión Solar de 50 MWp, Broza Solar de 50 MWp y su infraestructura de evacuación (Guadalajara y Madrid)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 3 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 15587

cenizo (Circus pygargus), Martinete común (Nyctocorax nyctocorax), Avetorillo común
(Ixobrychus minutus), Búho real (Bubo bubo).
Mamíferos: Murciélago grande de herradura (Rhinolophus ferrumequinum),
Murciélago pequeño de herradura (Rhinolophus hipposideros), Murciélago de cueva
(Miniopterus schreibersii) y Gato montés (Felis silvestris).
Herpetofauna: Sapillo moteado común (Pelodytes punctatus).
Las plantas con una posible mayor afección sobre la avifauna serían previsiblemente
Bruma Solar y Pañol Solar, dada la proximidad de las mismas a un territorio de águila
real, y la presencia de sisón en la superficie de implantación, y Aluvión Solar y Broza
Solar, dada la proximidad de las mismas a un territorio de águila imperial ibérica, y la
presencia de ejemplares de la especie en la superficie de implantación de las mismas, si
bien, ninguna de las plantas propuestas está exenta de afectar a alguna de las especies
de interés del ámbito de estudio.
Según los estudios de impacto ambiental de los proyectos de las plantas
fotovoltaicas, así como de las líneas de evacuación, en fase de construcción, los agentes
que provocan impacto en la fauna en esta fase son los movimientos de tierra, el cambio
de uso agrícola y la alteración de posibles refugios existentes en árboles viejos, grupos
de piedras, etc. y los desplazamientos de la maquinaria y la propia presencia de personal
en la zona de trabajo. En el caso de las aves rapaces el desplazamiento de zonas de
alimentación y/o nidificación es probablemente la afección más relevante.
En la fase de explotación, los principales impactos esperados serán el deterioro y la
pérdida de hábitat, así como el efecto barrera del vallado que condicionará los
desplazamientos y distribución de la fauna terrestre. Con menor relevancia, también
tendrán lugar alteraciones del uso del territorio y desplazamientos, debido a las molestias
producidas por la presencia humana, y el riesgo de mortalidad de fauna terrestre por
atropellos en los caminos de acceso, durante el mantenimiento de las instalaciones.
Para las líneas eléctricas de alta tensión, en la fase de explotación, los principales
impactos esperados serán el riesgo de mortalidad derivada de la colisión o electrocución
de la avifauna, así como el efecto barrera, que condicionarán los desplazamientos y
distribución de especies.
La Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación del Ministerio para
la Transición Ecológica y el Reto Demográfico indica una serie de medidas que son
recogidas en las condiciones al proyecto de la presente declaración.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad y la Dirección General de
Economía Circular de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha indican
principalmente respecto a las afecciones a la fauna que existe un nido de Águila Imperial
a menos de 1,5 km de Aluvión y Broza, que hay que rediseñar de forma soterrada la
zona coincidente con la ZRA «Área cerealista al suroeste de Valdeluz»; que el vallado
debe ser permeable y seguro para la fauna silvestre; que hay que respetar al menos
el 80 % de los majanos, reubicándose el 20 % restante; que hay que respetar los
periodos de parada biológica por fauna; que hay que adecuar los cotos de caza
afectados; y que han de tomarse medidas contra la contaminación lumínica.
El promotor indica que analizados los datos disponibles del seguimiento de la
hembra de águila imperial de la zona de Aluvión y Broza Solar, marcada con emisor
GPS, se concluye que no puede considerarse como territorio consolidado para la cría,
pese a esto el promotor se compromete a continuar analizando los resultados del
marcaje y desarrollar una serie de medidas compensatorias; por último y tras el análisis
de la información obtenida tras el periodo de información pública y consultas a
administraciones públicas afectadas y personas interesadas, así como resultado de
reuniones con el Servicio Provincial de Política Forestal de Guadalajara, el promotor
propone el retranqueo de la PFV Broza Solar, con el fin de liberar 500 metros alrededor
del nido de águila imperial, mediante la Adenda ambiental 2 con fecha diciembre
de 2022, el promotor modifica el diseño de la planta Broza solar disminuyendo su
superficie en 40 ha aproximadamente.

cve: BOE-A-2023-2910
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Núm. 29