III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2913)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de la instalación solar fotovoltaica "Sentina Solar, de 100 MWp, Zuncho Solar de 100 MWp, Perdiguero Solar de 100 MWp y Sextante Solar de 100 MWp, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Toledo y Madrid".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 29
Viernes 3 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 15657
– Limitación de la caza al mínimo posible, en función de los acuerdos a los que se
llegue con los propietarios de los terrenos.
– Programa de control de depredadores generalistas (gato y perros asilvestrados,
urraca) y jabalí.
– Programa de seguimiento de la reproducción del aguilucho cenizo, incluyendo la
determinación de su reproducción, la protección de los nidos detectados mediante el no
cosechado (compensando al agricultor), y si fuera necesario, la colocación de mallazos
protectores antidepredación y cosechado.
La ubicación preferencial de estas medidas será en el entorno de las plantas
fotovoltaicas, de modo que aquellos animales que vean desplazada su área de campeo,
tengan una referencia de hábitat adecuado lo más cercano posible. De modo
preferencial se elegirán parcelas que actualmente ya presentan una destaca presencia
de aves esteparias, a partir de la información recopilada en los censos del estudio de
avifauna del proyecto, o información adicional de la que disponga la administración.
5.2.5.5 Captura, marcaje y seguimiento de ejemplares de avutarda común, sisón
común y aguilucho cenizo.
Se realizará la captura, colocación de emisor GPS/GSM y seguimiento de varios
individuos de avutarda común, sisón común y aguilucho cenizo en el ámbito del
proyecto. El seguimiento se realizará al menos durante cinco años. Se capturarán,
marcarán y seguirán 4 ejemplares de cada especie, es decir, un total de 12 individuos. El
seguimiento se realizará durante al menos cinco años tras la colocación de los emisores.
Tras el primer año de seguimiento se realizará un informe en el que se planteen ya las
zonas de uso principales de los individuos. Todo lo anterior se realizará de acuerdo a las
indicaciones de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha.
5.2.5.6
Creación de una red de charcas y puntos de agua (bebederos).
Se crearán charcas de acumulación de agua. Podrán ser de materiales naturales
(arcilla y piedra), o bien utilizarse una lámina de polietileno para contener el agua,
recubierta de tierra para protegerla de golpes. Tendrán escasa profundidad y márgenes
suaves, de modo que las aves tengan en todo momento control de lo que ocurre a su
alrededor (es decir, se evitará la creación de hondonadas).
Se creará una red de 15 charcas. Se ubicarán en puntos considerados estratégicos
en función de las observaciones realizadas de las especies esteparias. Podrán o no
coincidir con vaguadas naturales, que recojan el agua de lluvia. Si no fuera el caso, se
deberán rellenar de modo controlado mediante aportes con camión cuba. Las charcas se
mantendrán durante toda la vida útil del proyecto.
Construcción de un primillar.
Se construirá un primillar capaz de albergar una colonia de modo autosuficiente, con
muy bajas necesidades de mantenimiento. La construcción se completará con la
introducción de pollos de cernícalo primilla mediante hacking hasta conseguir que los
animales tengan la suficiente querencia como para que la colonia sea independiente del
refuerzo poblacional.
Contará con las siguientes características: patio cubierto con rejillas para
aclimatación, acceso controlado, cámara de vigilancia, acceso sencillo para vehículos no
especiales, torreta con nidales con altura aproximada de 4-6 m, de modo que existan
nidos a diferentes alturas, tejado a 4 aguas de teja árabe tradicional, capaz de albergar
nidales específicos de teja.
La ubicación y construcción será consensuada con la Dirección General de Medio
Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. De modo
preferente se ubicará en terrenos de propiedad pública (MUP, vías pecuarias, etc.), de
cve: BOE-A-2023-2913
Verificable en https://www.boe.es
5.2.5.7
Núm. 29
Viernes 3 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 15657
– Limitación de la caza al mínimo posible, en función de los acuerdos a los que se
llegue con los propietarios de los terrenos.
– Programa de control de depredadores generalistas (gato y perros asilvestrados,
urraca) y jabalí.
– Programa de seguimiento de la reproducción del aguilucho cenizo, incluyendo la
determinación de su reproducción, la protección de los nidos detectados mediante el no
cosechado (compensando al agricultor), y si fuera necesario, la colocación de mallazos
protectores antidepredación y cosechado.
La ubicación preferencial de estas medidas será en el entorno de las plantas
fotovoltaicas, de modo que aquellos animales que vean desplazada su área de campeo,
tengan una referencia de hábitat adecuado lo más cercano posible. De modo
preferencial se elegirán parcelas que actualmente ya presentan una destaca presencia
de aves esteparias, a partir de la información recopilada en los censos del estudio de
avifauna del proyecto, o información adicional de la que disponga la administración.
5.2.5.5 Captura, marcaje y seguimiento de ejemplares de avutarda común, sisón
común y aguilucho cenizo.
Se realizará la captura, colocación de emisor GPS/GSM y seguimiento de varios
individuos de avutarda común, sisón común y aguilucho cenizo en el ámbito del
proyecto. El seguimiento se realizará al menos durante cinco años. Se capturarán,
marcarán y seguirán 4 ejemplares de cada especie, es decir, un total de 12 individuos. El
seguimiento se realizará durante al menos cinco años tras la colocación de los emisores.
Tras el primer año de seguimiento se realizará un informe en el que se planteen ya las
zonas de uso principales de los individuos. Todo lo anterior se realizará de acuerdo a las
indicaciones de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha.
5.2.5.6
Creación de una red de charcas y puntos de agua (bebederos).
Se crearán charcas de acumulación de agua. Podrán ser de materiales naturales
(arcilla y piedra), o bien utilizarse una lámina de polietileno para contener el agua,
recubierta de tierra para protegerla de golpes. Tendrán escasa profundidad y márgenes
suaves, de modo que las aves tengan en todo momento control de lo que ocurre a su
alrededor (es decir, se evitará la creación de hondonadas).
Se creará una red de 15 charcas. Se ubicarán en puntos considerados estratégicos
en función de las observaciones realizadas de las especies esteparias. Podrán o no
coincidir con vaguadas naturales, que recojan el agua de lluvia. Si no fuera el caso, se
deberán rellenar de modo controlado mediante aportes con camión cuba. Las charcas se
mantendrán durante toda la vida útil del proyecto.
Construcción de un primillar.
Se construirá un primillar capaz de albergar una colonia de modo autosuficiente, con
muy bajas necesidades de mantenimiento. La construcción se completará con la
introducción de pollos de cernícalo primilla mediante hacking hasta conseguir que los
animales tengan la suficiente querencia como para que la colonia sea independiente del
refuerzo poblacional.
Contará con las siguientes características: patio cubierto con rejillas para
aclimatación, acceso controlado, cámara de vigilancia, acceso sencillo para vehículos no
especiales, torreta con nidales con altura aproximada de 4-6 m, de modo que existan
nidos a diferentes alturas, tejado a 4 aguas de teja árabe tradicional, capaz de albergar
nidales específicos de teja.
La ubicación y construcción será consensuada con la Dirección General de Medio
Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. De modo
preferente se ubicará en terrenos de propiedad pública (MUP, vías pecuarias, etc.), de
cve: BOE-A-2023-2913
Verificable en https://www.boe.es
5.2.5.7