III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2913)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de la instalación solar fotovoltaica "Sentina Solar, de 100 MWp, Zuncho Solar de 100 MWp, Perdiguero Solar de 100 MWp y Sextante Solar de 100 MWp, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Toledo y Madrid".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 29
Viernes 3 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 15658
modo que si las plantas se desmantelan, o cambian de lugar, no existan problemas con
la propiedad y mantenimiento de la edificación.
5.2.5.8
Medidas para el fomento de la perdiz.
Se instalarán refugios para perdiz consistentes en chozos de ramas, con estructura
metálica interior que permita su refuerzo y resistencia ante inclemencias climáticas, y
minimice el mantenimiento. Los bebederos serán de tipo comercial, consistentes en
depósito de 30-40 litros, con placa de hormigón para el agua, y cerramiento de mallazo
para impedir el acceso del jabalí. La medida incluye el mantenimiento de los elementos.
Se instalarán en parcelas ubicadas fuera de las PSFV, preferentemente en las
cercanías y lindes de las parcelas en las que se ejecuten las medidas agroambientales.
Se realizarán acuerdos y compromiso de colaboración con los propietarios y los gestores
cinegéticos, bien sean sociedades de cazadores, bien sean titulares privados. Se
construirán 15 refugios por cada planta y se instalarán 5 bebederos por cada planta.
Los refugios se ubicarán y diseñarán de manera consensuada con la Dirección
General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha y se mantendrán durante toda la vida útil del proyecto.
5.2.5.9 Medidas destinadas a la protección y conservación del águila imperial, así
como de otras rapaces de interés.
En coordinación con la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se identificarán tramos de tendidos
eléctricos que hayan sido demostrados como de riesgo máximo.
El promotor del proyecto contratará los servicios de empresas cualificadas para la
adecuación de los tendidos. Esta actuación se realizará de manera preferente en los
municipios atravesados por la línea eléctrica, fundamentalmente en las zonas de campeo
de las especies más sensibles a este impacto. Si en la zona de implantación de los
proyectos no se tuviera constancia de la existencia de este tipo de tendidos, se realizará
un estudio previo de identificación de puntos negros de electrocución.
Se propone modificar 3 apoyos por cada kilómetro de línea eléctrica. Esta actuación
se desarrollará a lo largo de los diez primeros años una vez comenzada la construcción
de las plantas.
5.2.5.10
Captura, marcaje y seguimiento de ejemplares de águila imperial.
Se realizará la captura, colocación de emisor GPS/GSM y seguimiento de 4
individuos (Dos adultos, pertenecientes a los territorios más cercanos a los proyectos,
y 2 pollos nacidos de estos dos nidos, o de alguno de los otros nidos cercanos a los
proyectos) de águila imperial.
La captura y colocación de los emisores se realizará a lo largo de los dos primeros
años tras el comienzo de las obras de las líneas eléctricas. El seguimiento se realizará
durante al menos cinco años tras la colocación de los emisores. Tras el primer año de
seguimiento se realizará un informe en el que se planteen ya las zonas de uso
principales de los individuos, con el objeto de comenzar la medida de mejora de la
disponibilidad de presas para la especie.
Medidas de mejora del hábitat de especies presa para el águila imperial.
Se construirán majanos y se realizarán sueltas con individuos silvestres capturados
ex profeso para esta acción. De modo simultáneo se realizarán siembras que no se
recojan para fomentar la presencia del conejo, en zonas a acordar con propietarios de
terrenos. Se crearán al menos cuatro zonas de alimentación.
Se ubicarán en zonas alejadas de riesgos para la especie, sin tendidos eléctricos
peligrosos, sin registro de episodios recientes (cinco últimos años) de envenenamiento
de fauna silvestre o tiroteo de rapaces.
cve: BOE-A-2023-2913
Verificable en https://www.boe.es
5.2.5.11
Núm. 29
Viernes 3 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 15658
modo que si las plantas se desmantelan, o cambian de lugar, no existan problemas con
la propiedad y mantenimiento de la edificación.
5.2.5.8
Medidas para el fomento de la perdiz.
Se instalarán refugios para perdiz consistentes en chozos de ramas, con estructura
metálica interior que permita su refuerzo y resistencia ante inclemencias climáticas, y
minimice el mantenimiento. Los bebederos serán de tipo comercial, consistentes en
depósito de 30-40 litros, con placa de hormigón para el agua, y cerramiento de mallazo
para impedir el acceso del jabalí. La medida incluye el mantenimiento de los elementos.
Se instalarán en parcelas ubicadas fuera de las PSFV, preferentemente en las
cercanías y lindes de las parcelas en las que se ejecuten las medidas agroambientales.
Se realizarán acuerdos y compromiso de colaboración con los propietarios y los gestores
cinegéticos, bien sean sociedades de cazadores, bien sean titulares privados. Se
construirán 15 refugios por cada planta y se instalarán 5 bebederos por cada planta.
Los refugios se ubicarán y diseñarán de manera consensuada con la Dirección
General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha y se mantendrán durante toda la vida útil del proyecto.
5.2.5.9 Medidas destinadas a la protección y conservación del águila imperial, así
como de otras rapaces de interés.
En coordinación con la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se identificarán tramos de tendidos
eléctricos que hayan sido demostrados como de riesgo máximo.
El promotor del proyecto contratará los servicios de empresas cualificadas para la
adecuación de los tendidos. Esta actuación se realizará de manera preferente en los
municipios atravesados por la línea eléctrica, fundamentalmente en las zonas de campeo
de las especies más sensibles a este impacto. Si en la zona de implantación de los
proyectos no se tuviera constancia de la existencia de este tipo de tendidos, se realizará
un estudio previo de identificación de puntos negros de electrocución.
Se propone modificar 3 apoyos por cada kilómetro de línea eléctrica. Esta actuación
se desarrollará a lo largo de los diez primeros años una vez comenzada la construcción
de las plantas.
5.2.5.10
Captura, marcaje y seguimiento de ejemplares de águila imperial.
Se realizará la captura, colocación de emisor GPS/GSM y seguimiento de 4
individuos (Dos adultos, pertenecientes a los territorios más cercanos a los proyectos,
y 2 pollos nacidos de estos dos nidos, o de alguno de los otros nidos cercanos a los
proyectos) de águila imperial.
La captura y colocación de los emisores se realizará a lo largo de los dos primeros
años tras el comienzo de las obras de las líneas eléctricas. El seguimiento se realizará
durante al menos cinco años tras la colocación de los emisores. Tras el primer año de
seguimiento se realizará un informe en el que se planteen ya las zonas de uso
principales de los individuos, con el objeto de comenzar la medida de mejora de la
disponibilidad de presas para la especie.
Medidas de mejora del hábitat de especies presa para el águila imperial.
Se construirán majanos y se realizarán sueltas con individuos silvestres capturados
ex profeso para esta acción. De modo simultáneo se realizarán siembras que no se
recojan para fomentar la presencia del conejo, en zonas a acordar con propietarios de
terrenos. Se crearán al menos cuatro zonas de alimentación.
Se ubicarán en zonas alejadas de riesgos para la especie, sin tendidos eléctricos
peligrosos, sin registro de episodios recientes (cinco últimos años) de envenenamiento
de fauna silvestre o tiroteo de rapaces.
cve: BOE-A-2023-2913
Verificable en https://www.boe.es
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