III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2907)
Resolución de 19 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico Filabres, 153 MW, parque eólico Peregiles, 93 MW, y del parque solar fotovoltaico La Rambla, 100 MWp y 89,125 MW, y de su infraestructura de evacuación, en Tabernas, Tahal, Senés, Lucainena de Las Torres, Níjar y Sorbas (Almería)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 29

Viernes 3 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 15498

Almería, todos ellos de la entonces Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía, se recomienda reconsiderar la
configuración del proyecto, debido a la afección negativa para la biodiversidad, a que
eran esperables impactos significativos sobre la integridad de los espacios de la Red
Natura 2000, y que consideraban incompatible el proyecto a efectos de normativa
hidrológico-ambiental vigente.
En respuesta, el promotor plantea varias modificaciones al proyecto, entre junio y
septiembre de 2022, consistentes en retranqueo de aerogeneradores y apoyos, montaje
de algunos apoyos en helicóptero, reducción de superficie la PSFV, pequeños
desplazamientos por problemática de patrimonio cultural; así como una reconfiguración
en el tramo final de la línea de evacuación de 220 kV de La Rambla, motivadas por el
cambio de emplazamiento de la SET de REE La Ribina.
Ante estas modificaciones, el órgano ambiental solicita informe, con fecha 18 de
octubre de 2022, a la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad; Dirección
General de Espacios Naturales Protegidos; Dirección General de Sostenibilidad
Ambiental y Cambio Climático (todas ellas de la Consejería de Sostenibilidad, Medio
Ambiente y Economía Azul de la Junta de Andalucía); y Delegación Territorial de
Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Almería.
Con fecha de 7 de diciembre de 2022, se recibe informe de la Delegación Territorial
de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Almería, de 2 de diciembre
de 2022, en el que se indica que cabría considerar que el proyecto puede alcanzar la
viabilidad ambiental en tanto en cuanto se cumplan una serie de condiciones (entre
otras, seleccionar un trazado de evacuación que no afecte a Red Natura 2000). El
informe es remitido al promotor para su consideración, recibiendo respuesta con
fecha 28 de diciembre de 2022, en la que sustituye la evacuación inicial del proyecto por
la alternativa 3 de la línea aérea de la PSFV La Rambla a la SET «La Ribina».
Los aspectos ambientales más relevantes de las contestaciones presentadas por las
administraciones públicas afectadas y personas interesadas se reflejan en el siguiente
apartado de la presente resolución.
3. Análisis técnico del expediente
Análisis de alternativas.

El promotor realiza un análisis de alternativas para cada uno de los proyectos, tanto
para la ubicación de la poligonal y emplazamiento de las infraestructuras (eólicas y
fotovoltaicas), líneas de evacuación y SETs. Para ello, incluyen un estudio cualitativo y
cuantitativo multicriterio, valorando aspectos económicos, técnicos, sociales y
ambientales. Para cada factor considera diferentes variables, entre otras, distancia a
espacios naturales protegidos, presencia de hábitats de interés comunitario (HIC),
riqueza de especies, hidrología e hidrogeología; costes de construcción y beneficio
económico; complejidad en la construcción y disponibilidad de recurso eólico/solar;
variables de generación de empleo; etc.
Para la localización de la poligonal, ubicación de los aerogeneradores, línea de
evacuación y SET del PE Filabres, el promotor considera como variables de análisis el
recurso eólico, parques eólicos e infraestructuras preexistentes, puntos de conexión, así
como la existencia de figuras de protección. Resultan seleccionadas la Alternativa 1 para
la poligonal; la alternativa A, para la disposición de los aerogeneradores; y la
alternativa 2, tanto para el trazado de la línea de evacuación 132 kV como para la
ubicación de su SET. Para el PE Peregiles, el análisis es similar al anterior y selecciona
como ubicación más viable la poligonal de la Alternativa 3; para la ubicación de los
aerogeneradores la Alternativa A; para el trazado de la línea de 132 kV, la alternativa 2; y
para la ubicación de su SET la alternativa 2.
En cuanto a la PSFV La Rambla, la selección de su ubicación y de la SET sigue el mismo
procedimiento que para los proyectos eólicos siendo, respectivamente, la Alternativa 1 y
Alternativa 2 las seleccionadas. El promotor plantea, además, alternativas tecnológicas.

cve: BOE-A-2023-2907
Verificable en https://www.boe.es

3.1