III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2905)
Resolución de 18 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica Cornamusa Solar, de 62,50 MWp, así como su infraestructura de evacuación asociada, en la provincia de Madrid".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 29
Viernes 3 de febrero de 2023
2.
Sec. III. Pág. 15467
Tramitación del procedimiento
El 6 de agosto de 2020, se presenta solicitud de autorización administrativa previa y
declaración de impacto ambiental para «PSFV Camareta Solar» y «PSFV Cornamusa
Solar» y sus infraestructuras asociadas ante la Dirección General de Política Energética
y Minas, solicitud subsanada con fecha 3 de noviembre de 2020.
Con fecha 2 de diciembre de 2020, la citada Dirección General resuelve la admisión
a trámite y la acumulación para tramitación conjunta de los expedientes FV Cornamusa
Solar de 62.50 MWp y Camareta Solar de 62.50 MWp, así como sus infraestructuras de
evacuación asociadas en la provincia de Madrid.
Con fecha 4 de agosto de 2021, es aportada ante el Área Funcional de Industria y
Energía (Delegación del Gobierno en Madrid), nueva documentación al expediente,
incluyendo una actualización del estudio de impacto ambiental (EsIA) y de sus anexos
asociados.
El órgano sustantivo realiza el trámite de información pública, con anuncio en el
«Boletín Oficial del Estado» de 15 de octubre de 2021 y en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid de19 de octubre de 2021 y de consulta a las Administraciones
públicas afectadas y personas interesadas.
Como consecuencia del resultado de dichos trámites, los promotores trasladan la
modificación de las instalaciones fotovoltaicas Cornamusa Solar, de 62,50 MWp, y
Camareta Solar, de 62,50 MWp y sus infraestructuras de evacuación asociadas,
respecto de la que el órgano sustantivo concluye que no procede una nueva tramitación
de la información pública y consultas, de acuerdo con el artículo 38 de la Ley de
evaluación ambiental.
Con fecha 13 de septiembre de 2022, la Dirección General de Política Energética y
Minas concluye la competencia autonómica de la autorización de la planta solar
Camareta Solar, conforme al artículo 3, apartado 13 a) de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico y, por tanto, anula la acumulación de la tramitación
conjunta de ambos expedientes.
3.
a.
Análisis técnico del expediente
Análisis de alternativas.
Además de la «Alternativa 0», de no desarrollo del proyecto, el EsIA contempla las
siguientes alternativas:
– Alternativa 1: Ubicada en el Término Municipal de Anchuelo, presenta una
superficie de 101,12 ha.
– Alternativa 2: Ubicada en el Término Municipal de Anchuelo, cuenta con una
superficie de 108,39 ha.
El promotor selecciona la alternativa 1 por tener una menor afección sobre la fauna,
la vegetación silvestre, así como presentar una menor distancia respecto a la SET.
Tratamiento de los principales impactos del proyecto:
Atmósfera, clima y cambio climático: La zona del proyecto se encuentra influenciada
por un clima mediterráneo continental con ciertos rasgos de clima estepario frío.
La calidad del aire se puede diagnosticar como de buena calidad, aunque se
registran concentraciones de ozono troposférico dentro del balance anual, por encima
del valor umbral de protección para la salud.
Se producirá un aumento de la temperatura de 3 ºC durante los meses de verano en
las proximidades de la PSFV correspondiente a la fase de funcionamiento del proyecto.
Se llevarán a cabo una serie de medidas preventivas y correctoras durante la fase de
obras para reducir los impactos sobre calidad del aire por emisión de gases, polvo o
ruido procedente fundamentalmente de maquinaria.
cve: BOE-A-2023-2905
Verificable en https://www.boe.es
b.
Núm. 29
Viernes 3 de febrero de 2023
2.
Sec. III. Pág. 15467
Tramitación del procedimiento
El 6 de agosto de 2020, se presenta solicitud de autorización administrativa previa y
declaración de impacto ambiental para «PSFV Camareta Solar» y «PSFV Cornamusa
Solar» y sus infraestructuras asociadas ante la Dirección General de Política Energética
y Minas, solicitud subsanada con fecha 3 de noviembre de 2020.
Con fecha 2 de diciembre de 2020, la citada Dirección General resuelve la admisión
a trámite y la acumulación para tramitación conjunta de los expedientes FV Cornamusa
Solar de 62.50 MWp y Camareta Solar de 62.50 MWp, así como sus infraestructuras de
evacuación asociadas en la provincia de Madrid.
Con fecha 4 de agosto de 2021, es aportada ante el Área Funcional de Industria y
Energía (Delegación del Gobierno en Madrid), nueva documentación al expediente,
incluyendo una actualización del estudio de impacto ambiental (EsIA) y de sus anexos
asociados.
El órgano sustantivo realiza el trámite de información pública, con anuncio en el
«Boletín Oficial del Estado» de 15 de octubre de 2021 y en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid de19 de octubre de 2021 y de consulta a las Administraciones
públicas afectadas y personas interesadas.
Como consecuencia del resultado de dichos trámites, los promotores trasladan la
modificación de las instalaciones fotovoltaicas Cornamusa Solar, de 62,50 MWp, y
Camareta Solar, de 62,50 MWp y sus infraestructuras de evacuación asociadas,
respecto de la que el órgano sustantivo concluye que no procede una nueva tramitación
de la información pública y consultas, de acuerdo con el artículo 38 de la Ley de
evaluación ambiental.
Con fecha 13 de septiembre de 2022, la Dirección General de Política Energética y
Minas concluye la competencia autonómica de la autorización de la planta solar
Camareta Solar, conforme al artículo 3, apartado 13 a) de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico y, por tanto, anula la acumulación de la tramitación
conjunta de ambos expedientes.
3.
a.
Análisis técnico del expediente
Análisis de alternativas.
Además de la «Alternativa 0», de no desarrollo del proyecto, el EsIA contempla las
siguientes alternativas:
– Alternativa 1: Ubicada en el Término Municipal de Anchuelo, presenta una
superficie de 101,12 ha.
– Alternativa 2: Ubicada en el Término Municipal de Anchuelo, cuenta con una
superficie de 108,39 ha.
El promotor selecciona la alternativa 1 por tener una menor afección sobre la fauna,
la vegetación silvestre, así como presentar una menor distancia respecto a la SET.
Tratamiento de los principales impactos del proyecto:
Atmósfera, clima y cambio climático: La zona del proyecto se encuentra influenciada
por un clima mediterráneo continental con ciertos rasgos de clima estepario frío.
La calidad del aire se puede diagnosticar como de buena calidad, aunque se
registran concentraciones de ozono troposférico dentro del balance anual, por encima
del valor umbral de protección para la salud.
Se producirá un aumento de la temperatura de 3 ºC durante los meses de verano en
las proximidades de la PSFV correspondiente a la fase de funcionamiento del proyecto.
Se llevarán a cabo una serie de medidas preventivas y correctoras durante la fase de
obras para reducir los impactos sobre calidad del aire por emisión de gases, polvo o
ruido procedente fundamentalmente de maquinaria.
cve: BOE-A-2023-2905
Verificable en https://www.boe.es
b.