III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2905)
Resolución de 18 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica Cornamusa Solar, de 62,50 MWp, así como su infraestructura de evacuación asociada, en la provincia de Madrid".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 29
Viernes 3 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 15466
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
2905
Resolución de 18 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto
ambiental del proyecto «Planta solar fotovoltaica Cornamusa Solar, de 62,50
MWp, así como su infraestructura de evacuación asociada, en la provincia de
Madrid».
Antecedentes de hecho
Ha tenido entrada con fecha 30 de septiembre de 2022, solicitud de inicio del
procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto «Planta solar
fotovoltaica Cornamusa Solar, de 62,50 MWp, así como su infraestructura de evacuación
asociada, en la provincia de Madrid», promovido por Cornamusa, respecto del que la
Dirección General de Política Energética y Minas ostenta la condición de órgano
sustantivo del procedimiento, al amparo del art. 39 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre,
de evaluación ambiental.
Alcance de la evaluación
La presente evaluación ambiental se realiza sobre la documentación presentada por
el promotor y se pronuncia sobre los impactos asociados al proyecto, así como los
efectos sobre los factores ambientales derivados de su vulnerabilidad, recogidos en el
estudio de impacto ambiental (EsIA). Se incluye, asimismo, en la evaluación, el proceso
de participación pública y consultas.
No comprende el ámbito de la evaluación de la seguridad y salud en el trabajo, ni de
seguridad industrial, que poseen normativa reguladora e instrumentos específicos. Por
otra parte, tampoco se extiende al cese y desmantelamiento de la instalación, que
deberá ser objeto de un proyecto específico, que incluya la retirada de elementos, la
gestión de los residuos generados, la restitución del terreno a la situación original y la
restauración del suelo y de la vegetación, y que será sometido, al menos, a un
procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada.
1.
Descripción y localización del proyecto
Consiste en la ejecución de una planta solar fotovoltaica (PSFV) en el término
municipal de Anchuelo con las siguientes capacidades de producción:
Las infraestructuras definidas para la evacuación de la producción eléctrica son las
siguientes:
1. Línea Soterrada de Media Tensión (LSMT) 30 kV con una longitud total
de 784 m. hasta la «SET Henares 220/30 kV».
La Línea de Alta Tensión (LAT) L220 kV Henares-Anchuelo 220, que partirá desde la
«SET Henares 220/30 kV» hasta la «ST Anchuelo 220 kV», es propiedad de Red
Eléctrica de España (REE). Dichas infraestructuras quedan fuera del alcance de esta
tramitación y por ende de la resolución final.
cve: BOE-A-2023-2905
Verificable en https://www.boe.es
1. «PSFV Cornamusa Solar», de 62,46 MWp y 25,30 ha. de superficie neta de
ocupación y 101,12 ha. bajo el vallado.
Núm. 29
Viernes 3 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 15466
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
2905
Resolución de 18 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto
ambiental del proyecto «Planta solar fotovoltaica Cornamusa Solar, de 62,50
MWp, así como su infraestructura de evacuación asociada, en la provincia de
Madrid».
Antecedentes de hecho
Ha tenido entrada con fecha 30 de septiembre de 2022, solicitud de inicio del
procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto «Planta solar
fotovoltaica Cornamusa Solar, de 62,50 MWp, así como su infraestructura de evacuación
asociada, en la provincia de Madrid», promovido por Cornamusa, respecto del que la
Dirección General de Política Energética y Minas ostenta la condición de órgano
sustantivo del procedimiento, al amparo del art. 39 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre,
de evaluación ambiental.
Alcance de la evaluación
La presente evaluación ambiental se realiza sobre la documentación presentada por
el promotor y se pronuncia sobre los impactos asociados al proyecto, así como los
efectos sobre los factores ambientales derivados de su vulnerabilidad, recogidos en el
estudio de impacto ambiental (EsIA). Se incluye, asimismo, en la evaluación, el proceso
de participación pública y consultas.
No comprende el ámbito de la evaluación de la seguridad y salud en el trabajo, ni de
seguridad industrial, que poseen normativa reguladora e instrumentos específicos. Por
otra parte, tampoco se extiende al cese y desmantelamiento de la instalación, que
deberá ser objeto de un proyecto específico, que incluya la retirada de elementos, la
gestión de los residuos generados, la restitución del terreno a la situación original y la
restauración del suelo y de la vegetación, y que será sometido, al menos, a un
procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada.
1.
Descripción y localización del proyecto
Consiste en la ejecución de una planta solar fotovoltaica (PSFV) en el término
municipal de Anchuelo con las siguientes capacidades de producción:
Las infraestructuras definidas para la evacuación de la producción eléctrica son las
siguientes:
1. Línea Soterrada de Media Tensión (LSMT) 30 kV con una longitud total
de 784 m. hasta la «SET Henares 220/30 kV».
La Línea de Alta Tensión (LAT) L220 kV Henares-Anchuelo 220, que partirá desde la
«SET Henares 220/30 kV» hasta la «ST Anchuelo 220 kV», es propiedad de Red
Eléctrica de España (REE). Dichas infraestructuras quedan fuera del alcance de esta
tramitación y por ende de la resolución final.
cve: BOE-A-2023-2905
Verificable en https://www.boe.es
1. «PSFV Cornamusa Solar», de 62,46 MWp y 25,30 ha. de superficie neta de
ocupación y 101,12 ha. bajo el vallado.