III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2905)
Resolución de 18 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica Cornamusa Solar, de 62,50 MWp, así como su infraestructura de evacuación asociada, en la provincia de Madrid".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 29

Viernes 3 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 15476

cartografía que deberá incluir una zona de protección según lo establecido en la «Guía
metodológica para la valoración de repercusiones de las instalaciones solares sobre
especies de avifauna esteparia» del Ministerio, valorando los impactos de cada etapa de
la ejecución del proyecto y teniendo en cuenta la época fenológica de las especies.
Posteriormente se remitirán a los organismos autonómicos competentes en materia de
fauna, para la adopción de las medidas oportunas, en su caso.
(2) Queda totalmente prohibida la actuación que conlleve la destrucción o deterioro
nidos, vivares y lugares de reproducción, invernada o reposo de fauna.
(3) Se eliminará el vallado perimetral donde sea posible.
(4) La ejecución de las obras al norte de la carretera M-213 y el mantenimiento de
las instalaciones deben realizarse fuera del período de cría de las especies presentes en
la zona, comprendido genéricamente del 15 de febrero al 1 de septiembre de cada año.
(5) Se instalarán hoteles de insectos polinizadores que favorezcan la biodiversidad
de la zona.
(6) Se crearán y mantendrán puntos de agua en las instalaciones.
(7) Se favorecerá la fijación de poblaciones de aves y de quirópteros, realizando
adaptaciones a las construcciones como cajas nido, habilitación de espacios bajo
fachada, etc.
(8) Se evitará la iluminación de la planta y resto de instalaciones siempre que sea
posible. Si es inevitable, se dispondrá de lámparas que emitan luz con longitudes de
onda superiores a 440 nm. Además, se utilizará un régimen nocturno reducido a lo
imprescindible. Los puntos de luz nunca serán de tipo globo y se procurará que el tipo
empleado no disperse el haz luminoso, que debe enfocarse hacia abajo.
(9) Se obtendrá una estimación del estado de conservación de sisón común y
aguilucho cenizo en sus zonas de distribución que pudieran verse afectadas y se
realizará una proyección del cambio de dicho estado a partir del momento que comience
el desarrollo del proyecto.
(10) Se financiará, con una cifra a acordar con el organismo competente, la
investigación sobre mortalidad de fauna como consecuencia de la colisión de aves y
otros grupos faunísticos con paneles solares de grandes proyectos fotovoltaicos para el
ámbito del Nudo San Fernando-Ardoz. Asimismo, se incluirán estudios relacionados con
el cambio de comportamiento de algunas especies con la construcción de plantas
solares fotovoltaicas.

(1) Se presentará un documento a la Dirección General de Patrimonio Cultural de la
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid en el que se
especificarán, de forma concreta y pormenorizada, aquellos aspectos de la ejecución de
la obra que tengan afecciones en el subsuela y/o los detalles precisos de su travesía por
cascos urbanos.
(2) Se realizará previamente al inicio de las obras un estudio arqueológico por
personal debidamente cualificado que se presentará ante la Dirección General de
Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de
Madrid para su aprobación.
(3) Los yacimientos de nuevo descubrimiento deberán ser evaluados por un técnico
arqueólogo, y se notificarán de manera inmediata cumplimentando las fichas del
Catálogo Geográfico de Bienes del Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid.
Paisaje:
(1) Se preservarán los elementos del paisaje, linderos, ribazos, pies aislados, que
pudiesen existir, así como aquellos otros elementos que pueden ayudar a mantener la
conectividad territorial.
(2) Se emplearán materiales y colores que permitan la integración paisajística de
las instalaciones en el entorno, así como el uso de materiales opacos para evitar

cve: BOE-A-2023-2905
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Patrimonio cultural: