III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2906)
Resolución de 18 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Planta solar fotovoltaica "Alcal I" de 57 MWp/42 MWn, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Guadalajara y Madrid».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 29

Viernes 3 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 15489

rural a la instalación de la PFV, pero concluya que el impacto visual es ligero. Así mismo,
debe cumplirse con lo indicado en el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del
Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla La Mancha, en cuyo articulado se
indica que los usos del suelo rústico no podrán limitar el campo visual ni romper el
paisaje; y, en relación a la Ley 9/1999, de Conservación de la Naturaleza, indican que el
proyecto ni conserva ni mejora el paisaje. Como exponía el Servicio de Medio Ambiente,
estos Ayuntamientos hacen notar que el promotor no ha tenido en cuenta el Atlas de los
Paisajes de Castilla La Mancha.
También las lagunas estacionales, y la zona de protección ambiental que se sitúa en
el entorno del Arroyo de los Pozuelos, ven totalmente comprometida su contemplación
paisajística debido a la cercanía de las instalaciones.
El ayuntamiento de Fuente el Saz de Jarama, en Madrid, valora el impacto sobre el
paisaje como severo, dado que su cenca visual es la que mayor número de apoyos
abarca, siendo un total de 33 apoyos visibles desde el núcleo de población, por la
cercanía de la línea y mayor altura a la que se ubica el municipio respecto a la misma.
De forma similar se pronuncia el ayuntamiento de Algete, indicando que la cuenca visual
desde su municipio abarca del apoyo 62 al 86, siendo todos visibles excepto uno (el 84),
por lo que considera que la LAAT es inviable con el trazado propuesto por, además de
otras afecciones ya expuestas en esta resolución por otros organismos, el elevado
impacto paisajístico.
4.2.5

Población y salud humana.

La PFV «Alcal I» queda ubicada a menos de 500 m, 1 km y 1,7 km de los cascos
urbanos de las poblaciones de Casas de Uceda, Villaseca de Uceda y El Cubillo de
Uceda, respectivamente. Tanto Ecologistas en Acción como los Ayuntamientos de Casa
de Uceda, Villaseca de Uceda y Viñuelas ponen de manifiesto que esta ocupación del
terreno puede anular futuras iniciativas de desarrollo ligado al turismo rural y la
agricultura, por los cambios en el uso del suelo, el paisaje, y la pérdida de ganadería al
desaparecer los terrenos para ello.
Respecto a las líneas de evacuación, la línea aérea de 30 kV discurre
aproximadamente a 80 m del municipio de Viñuelas, a menos de 400 m de Villaseca de
Uceda, y a 1,3 km de Fuentelahiguera de Albatages. La línea de 220 kV discurre, en su
primer tramo en aéreo, a unos 450 m de la población de Valdenuño Fernández, a menos
de 400 m de El Casar, y a 770 m de Valdelosllanos. El segundo tramo aéreo de la línea
de 220 kV transcurre a unos 1,3 km por el norte y a unos 300 m por el suroeste de la
población de Fuente el Saz de Jarama.
En relación a los campos electromagnéticos que podrían afectar a los habitantes, el
promotor incluye en el EsIA un estudio de los campos producidos por la línea
compartida, y la Subestación Colectora, concluyendo que los valores emitidos estarán
muy por debajo de los límites recomendados.
Efectos sinérgicos.

La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla La Mancha y el Servicio de Medio Ambiente de la Delegación Provincial de
Guadalajara, consideran deficiente el estudio de sinergias y efectos acumulativos
presentado, al haberse tenido en cuenta sólo una mínima parte de los proyectos que
afectan a la Campiña de Guadalajara, cuando existen muchos más, algunos muy
próximos como los existentes en los propios términos afectados y colindantes
(Valdenuño, Mesones, El Casar, etc).
En esta línea el citado Servicio de Medio Ambiente, aporta un listado de las plantas
fotovoltaicas existentes en la comarca de La Campiña, en distintas fases de
procedimiento, con una superficie de ocupación total de unas 5800 ha (un 2,5 % de la
superficie total de la comarca), y una potencia total de unos 3.200 MWp.

cve: BOE-A-2023-2906
Verificable en https://www.boe.es

4.2.6