III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2906)
Resolución de 18 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Planta solar fotovoltaica "Alcal I" de 57 MWp/42 MWn, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Guadalajara y Madrid».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 29
Viernes 3 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 15487
atraviesa un «área de interés para las aves esteparias» al noroeste del municipio,
discurriendo por terrenos exentos actualmente de infraestructuras eléctricas.
Como ya se ha indicado anteriormente, la Dirección General de Biodiversidad y
Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid, para que el proyecto sea viable, ha
determinado la necesidad de compartir las infraestructuras de evacuación en parte del
trazado con otros proyectos próximos (al menos PSFV Borneo y PSFV La Cereal) y de
que la línea eléctrica discurra alejada de dicha zona de esteparias, acercándose a las
carreteras M-111 y M-102, o bien en forma soterrada, si se demostrara la imposibilidad
del cambio de trazado. Finalmente, la Dirección General de Biodiversidad y Recursos
Naturales de la Comunidad de Madrid indica que la LASAT discurre intersectando dos
tramos secundarios (El Terronal y Los Moratones) del Corredor Ecológico Principal del
Henares. Recalca que el promotor no ha tenido en cuenta a la hora de planificar el
proyecto su pertenencia a la Red de Corredores Ecológicos de la Comunidad de Madrid,
con todo lo que ello conlleva.
Finalmente, la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de
Comunidades de Castilla La Mancha informa que las Directrices para la emisión de
informes ambientales relativos al procedimiento de evaluación de impacto ambiental de
proyectos de energías renovables, publicadas en 2018 por la Dirección General de
Política Forestal y Espacios Naturales de la Junta de Comunidades de Castilla La
Mancha, establecen como criterios para disminuir el impacto de los tendidos de
evacuación, entre otros, evitar en lo posible el establecimiento de nuevas líneas de
evacuación, aprovechando los tendidos existentes; y priorizar las zonas donde existan
infraestructuras eléctricas cercanas y aptas para la evacuación de energía eléctrica
generada.
Hay que reseñar que la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la
Junta de Comunidades de Castilla La Mancha (en sus dos informes) considera que el
proyecto no es compatible puesto que, en su redacción actual, no garantiza la
conservación de los valores ambientales y los recursos naturales en la zona donde
pretende implantarse. Remarca el alto valor ambiental de la zona de ubicación del
proyecto, indicando que debería buscarse una ubicación alternativa.
Teniendo en cuenta, entre otras, las elevadas afecciones sobre la avifauna presente
(águila imperial y aves esteparias protegidas) por la fragmentación y pérdida de hábitats,
la Dirección General de Economía Circular de la Junta de Comunidades de Castilla La
Mancha y el Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Delegación Provincial de
Guadalajara, también informan desfavorablemente la ejecución del proyecto, en las
condiciones establecidas en la documentación presentada.
Espacios Naturales Protegidos. Red Natura 2000.
El Servicio de Medio Ambiente de la Delegación Provincial de Guadalajara informa
que la zona proyectada se encuentra en el interior del triángulo formado por varios
espacios Red Natura 2000, entre otros la ZEC «Raña de Matarrubia, Villaseca y Casa de
Uceda» (ES4240004), la ZEC «Cuencas de los ríos Jarama y Henares» (ES3110001) y
la ZEPA «Estepas cerealistas de los ríos Jarama y Henares» (ES0000139); y la ZEPA
«Estepa Cerealistas de la Campiña» (ES0000167).
En dos de estos espacios la línea de evacuación de 220 kV (LSAT 220 kV) afecta
directamente, ya que el tramo subterráneo discurre durante 5.931 metros por la ZEPA
«Estepas cerealistas de los ríos Jarama y Henares» y la ZEC «Cuencas de los ríos Jarama
y Henares», coincidentes en sus límites en la zona atravesada (estas dos zonas RN 2000
están reguladas por el Decreto 172/2011, de 3 de noviembre, del Consejo de Gobierno de
la Comunidad de Madrid). De acuerdo con la zonificación establecida en el Decreto, la traza
se encuentra incluida en las Zonas A (Conservación Prioritaria), B (Protección y
Mantenimiento de Usos Tradicionales) y C (Uso General) en tramos de 960 m, 3.637 m
y 1.334 m, respectivamente. Esta zonificación considera una actividad valorable (deberá ser
autorizada por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la
Comunidad de Madrid) la instalación de nuevos tendidos eléctricos soterrados,
cve: BOE-A-2023-2906
Verificable en https://www.boe.es
4.2.3
Núm. 29
Viernes 3 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 15487
atraviesa un «área de interés para las aves esteparias» al noroeste del municipio,
discurriendo por terrenos exentos actualmente de infraestructuras eléctricas.
Como ya se ha indicado anteriormente, la Dirección General de Biodiversidad y
Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid, para que el proyecto sea viable, ha
determinado la necesidad de compartir las infraestructuras de evacuación en parte del
trazado con otros proyectos próximos (al menos PSFV Borneo y PSFV La Cereal) y de
que la línea eléctrica discurra alejada de dicha zona de esteparias, acercándose a las
carreteras M-111 y M-102, o bien en forma soterrada, si se demostrara la imposibilidad
del cambio de trazado. Finalmente, la Dirección General de Biodiversidad y Recursos
Naturales de la Comunidad de Madrid indica que la LASAT discurre intersectando dos
tramos secundarios (El Terronal y Los Moratones) del Corredor Ecológico Principal del
Henares. Recalca que el promotor no ha tenido en cuenta a la hora de planificar el
proyecto su pertenencia a la Red de Corredores Ecológicos de la Comunidad de Madrid,
con todo lo que ello conlleva.
Finalmente, la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de
Comunidades de Castilla La Mancha informa que las Directrices para la emisión de
informes ambientales relativos al procedimiento de evaluación de impacto ambiental de
proyectos de energías renovables, publicadas en 2018 por la Dirección General de
Política Forestal y Espacios Naturales de la Junta de Comunidades de Castilla La
Mancha, establecen como criterios para disminuir el impacto de los tendidos de
evacuación, entre otros, evitar en lo posible el establecimiento de nuevas líneas de
evacuación, aprovechando los tendidos existentes; y priorizar las zonas donde existan
infraestructuras eléctricas cercanas y aptas para la evacuación de energía eléctrica
generada.
Hay que reseñar que la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la
Junta de Comunidades de Castilla La Mancha (en sus dos informes) considera que el
proyecto no es compatible puesto que, en su redacción actual, no garantiza la
conservación de los valores ambientales y los recursos naturales en la zona donde
pretende implantarse. Remarca el alto valor ambiental de la zona de ubicación del
proyecto, indicando que debería buscarse una ubicación alternativa.
Teniendo en cuenta, entre otras, las elevadas afecciones sobre la avifauna presente
(águila imperial y aves esteparias protegidas) por la fragmentación y pérdida de hábitats,
la Dirección General de Economía Circular de la Junta de Comunidades de Castilla La
Mancha y el Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Delegación Provincial de
Guadalajara, también informan desfavorablemente la ejecución del proyecto, en las
condiciones establecidas en la documentación presentada.
Espacios Naturales Protegidos. Red Natura 2000.
El Servicio de Medio Ambiente de la Delegación Provincial de Guadalajara informa
que la zona proyectada se encuentra en el interior del triángulo formado por varios
espacios Red Natura 2000, entre otros la ZEC «Raña de Matarrubia, Villaseca y Casa de
Uceda» (ES4240004), la ZEC «Cuencas de los ríos Jarama y Henares» (ES3110001) y
la ZEPA «Estepas cerealistas de los ríos Jarama y Henares» (ES0000139); y la ZEPA
«Estepa Cerealistas de la Campiña» (ES0000167).
En dos de estos espacios la línea de evacuación de 220 kV (LSAT 220 kV) afecta
directamente, ya que el tramo subterráneo discurre durante 5.931 metros por la ZEPA
«Estepas cerealistas de los ríos Jarama y Henares» y la ZEC «Cuencas de los ríos Jarama
y Henares», coincidentes en sus límites en la zona atravesada (estas dos zonas RN 2000
están reguladas por el Decreto 172/2011, de 3 de noviembre, del Consejo de Gobierno de
la Comunidad de Madrid). De acuerdo con la zonificación establecida en el Decreto, la traza
se encuentra incluida en las Zonas A (Conservación Prioritaria), B (Protección y
Mantenimiento de Usos Tradicionales) y C (Uso General) en tramos de 960 m, 3.637 m
y 1.334 m, respectivamente. Esta zonificación considera una actividad valorable (deberá ser
autorizada por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la
Comunidad de Madrid) la instalación de nuevos tendidos eléctricos soterrados,
cve: BOE-A-2023-2906
Verificable en https://www.boe.es
4.2.3