III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2819)
Resolución de 24 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Helena Solar 1, de 99,9 MWp, Helena Solar 2, de 99,9 MWp, Helena Solar 3, de 49,9 MWp, Helena Solar 4, de 47,4 MWp, Helena Solar 5, de 43,4 MWp, Helena Solar 6, de 40,9 MWp, Helena Solar del 7 al 14 de 49,9 MWp y sus infraestructuras de evacuación (Madrid y Toledo)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 28
Jueves 2 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 15158
«Helena Solar», como son: «Torrijos Solar Atlas», «El Refugio», «Pardo Gris», «La
Vaguada», «Páramos de la Sagra», «Hayabusa», «San Marcos», «San Pedro», etc. y
que podrían producir efectos acumulativos de los impactos citados anteriormente.
En el supuesto de que alguna de las otras PSFV proyectadas en la zona no obtuviera
la autorización ambiental correspondiente, se evaluará la posibilidad de utilizar las
superficies disponibles para la implantación de las PSFV de «Helena Solar» que se
hubieran excluido parcial o totalmente de este proyecto.
Esto será viable, siempre que se tengan presentes las limitaciones que aparecen en
el apartado B.4, del presente documento, respecto a la presencia estable, áreas críticas
y zonas de dispersión del Águila Imperial Ibérica, la afección por ocupación de perdida
de hábitats esteparios y se obtenga el debido informe favorable de la Consejería de
Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para la
Autorización Administrativa Previa del proyecto ampliado sobre lo previsto en los
informes de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha del 11 de octubre de 2022.
Las superficies de las poligonales en las que se inscriben las PSFV en las que
finalmente no se instalen paneles solares a causa de las limitaciones expuestas
anteriormente, podrán ser utilizadas por el promotor para la compensación del hábitat
afectado por el proyecto, cumpliendo con la proporción de superficie a compensar
estimada por este órgano ambiental de 1:1, evaluando esta modificación como una
mejora ambiental del proyecto.
Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto:
El EsIA indica que, respecto a los fenómenos meteorológicos adversos, no es
necesario establecer medidas de actuación para evitar o reducir estos riesgos (más allá
de medidas preventivas o de seguridad), ya que son riesgos independientes de la
actividad que se va a desarrollar, y no tienen la entidad suficiente para acarrear
accidentes graves o catástrofes en las diferentes infraestructuras de los proyectos y en el
medio ambiente donde se desarrolla.
Por otro lado, aunque existe un riesgo de incendio forestal medio, se considera
necesario tomar medidas para controlar y evitar este riesgo. Para ello, el EsIA plantea el
desarrollo de un Plan de Autoprotección Frente a Incendios Forestales (PAIF), el cual
estará elaborado según la estructura orientativa que establece el Real Decreto 393/2007,
de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los
centros, establecimientos y dependencias dedicadas a actividades que puedan dar
origen a situaciones de emergencia.
El Servicio de Emergencias y Protección Civil de la Delegación Provincial de
Hacienda y Administraciones de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha señala
que algunas instalaciones se ubican cercanas a espacios vegetales de alto interés
ecológico y a núcleos urbanos, con potencial peligro de incendio accidental, por lo que el
promotor estará a lo dispuesto en la Orden de 26 de septiembre de 2012, de la
Consejería de Agricultura de Castilla-La Mancha, por la que se regulan las campañas de
prevención de incendios forestales, así como las Resoluciones que emita la Dirección
General de Política Forestal y Espacios Naturales, sobre trabajos con riesgo de
incendios en las superficie forestales. Además, incluye algunas condiciones generales al
proyecto en evaluación. El promotor reitera su intención de elaborar un Plan de
Autoprotección, teniendo en cuenta las indicaciones de este Servicio.
En estas circunstancias excepcionales, se recomienda seguir las indicaciones del
INFOCAM, el Plan de Especial de Emergencias por Incendios Forestales de Castilla-La
Mancha. En cuanto a acontecimientos extraordinarios por cuestiones climatológicas, que
afecten a la seguridad de las personas y su hábitat, se respetará el Plan Especial de
Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones en Castilla la Mancha (PRICAM,
Revisión 2015).
La Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación de la
Viceconsejería de Interior y Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, de la
cve: BOE-A-2023-2819
Verificable en https://www.boe.es
C.
Núm. 28
Jueves 2 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 15158
«Helena Solar», como son: «Torrijos Solar Atlas», «El Refugio», «Pardo Gris», «La
Vaguada», «Páramos de la Sagra», «Hayabusa», «San Marcos», «San Pedro», etc. y
que podrían producir efectos acumulativos de los impactos citados anteriormente.
En el supuesto de que alguna de las otras PSFV proyectadas en la zona no obtuviera
la autorización ambiental correspondiente, se evaluará la posibilidad de utilizar las
superficies disponibles para la implantación de las PSFV de «Helena Solar» que se
hubieran excluido parcial o totalmente de este proyecto.
Esto será viable, siempre que se tengan presentes las limitaciones que aparecen en
el apartado B.4, del presente documento, respecto a la presencia estable, áreas críticas
y zonas de dispersión del Águila Imperial Ibérica, la afección por ocupación de perdida
de hábitats esteparios y se obtenga el debido informe favorable de la Consejería de
Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para la
Autorización Administrativa Previa del proyecto ampliado sobre lo previsto en los
informes de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha del 11 de octubre de 2022.
Las superficies de las poligonales en las que se inscriben las PSFV en las que
finalmente no se instalen paneles solares a causa de las limitaciones expuestas
anteriormente, podrán ser utilizadas por el promotor para la compensación del hábitat
afectado por el proyecto, cumpliendo con la proporción de superficie a compensar
estimada por este órgano ambiental de 1:1, evaluando esta modificación como una
mejora ambiental del proyecto.
Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto:
El EsIA indica que, respecto a los fenómenos meteorológicos adversos, no es
necesario establecer medidas de actuación para evitar o reducir estos riesgos (más allá
de medidas preventivas o de seguridad), ya que son riesgos independientes de la
actividad que se va a desarrollar, y no tienen la entidad suficiente para acarrear
accidentes graves o catástrofes en las diferentes infraestructuras de los proyectos y en el
medio ambiente donde se desarrolla.
Por otro lado, aunque existe un riesgo de incendio forestal medio, se considera
necesario tomar medidas para controlar y evitar este riesgo. Para ello, el EsIA plantea el
desarrollo de un Plan de Autoprotección Frente a Incendios Forestales (PAIF), el cual
estará elaborado según la estructura orientativa que establece el Real Decreto 393/2007,
de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los
centros, establecimientos y dependencias dedicadas a actividades que puedan dar
origen a situaciones de emergencia.
El Servicio de Emergencias y Protección Civil de la Delegación Provincial de
Hacienda y Administraciones de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha señala
que algunas instalaciones se ubican cercanas a espacios vegetales de alto interés
ecológico y a núcleos urbanos, con potencial peligro de incendio accidental, por lo que el
promotor estará a lo dispuesto en la Orden de 26 de septiembre de 2012, de la
Consejería de Agricultura de Castilla-La Mancha, por la que se regulan las campañas de
prevención de incendios forestales, así como las Resoluciones que emita la Dirección
General de Política Forestal y Espacios Naturales, sobre trabajos con riesgo de
incendios en las superficie forestales. Además, incluye algunas condiciones generales al
proyecto en evaluación. El promotor reitera su intención de elaborar un Plan de
Autoprotección, teniendo en cuenta las indicaciones de este Servicio.
En estas circunstancias excepcionales, se recomienda seguir las indicaciones del
INFOCAM, el Plan de Especial de Emergencias por Incendios Forestales de Castilla-La
Mancha. En cuanto a acontecimientos extraordinarios por cuestiones climatológicas, que
afecten a la seguridad de las personas y su hábitat, se respetará el Plan Especial de
Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones en Castilla la Mancha (PRICAM,
Revisión 2015).
La Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación de la
Viceconsejería de Interior y Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, de la
cve: BOE-A-2023-2819
Verificable en https://www.boe.es
C.