III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2818)
Resolución de 19 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques solares fotovoltaicos Mantia Solar 2, de 124,998 MWp, y Mantia Solar 3, de 29,975 MWp, y su infraestructura de evacuación en el término municipal de Yunclillos (Toledo) y Parla (Madrid)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 2 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 15131
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha, tras dos procesos de información pública, emite un informe de
carácter desfavorable a la construcción del proyecto, alegando lo siguiente:
– En el estudio se infravaloran los impactos potenciales, producidos por la alternativa
seleccionada, sobre los recursos naturales protegidos.
– No se valora adecuadamente la disponibilidad de hábitat de calidad para la fauna
afectada en la zona considerando otras actividades ya existentes que generan carencias
en la metodología y resultados de cuantificación de las poblaciones de las especies
presentes potencialmente más afectadas.
– Las medidas correctoras/compensatorias no compensan los impactos negativos
sobre las zonas del águila imperial y que puede generar el proyecto sobre la destrucción
directa de hábitat de reproducción/alimentación y sobre la conectividad de la ZEPA.
– Respecto a la línea de evacuación, ésta provoca un incremento del efecto barrera
y el riesgo de colisión/ mortalidad para las aves de la zona.
Concluyendo que a efectos de ubicación de las PSFV, la alternativa C propuesta en
el EsIA tiene menor impacto que la finalmente elegida por el promotor, siendo la
alternativa más adecuada. Así, para hacer viable ambientalmente el proyecto, el
promotor debe considerar la reubicación del proyecto en base a la alternativa C,
acompañada de la modificación del trazado de la línea de evacuación, con el
soterramiento de los tramos con mayor afección a las aves esteparias (primer tramo de
la línea).
Finalmente, el promotor en su último informe se muestra receptivo a la propuesta de
medidas preventivas y compensatorias, y a la propuesta de soterramiento parcial de la
línea de evacuación, considerándolas compatibles con la viabilidad del proyecto.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha en su respuesta al último informe del promotor considera que el
proyecto podría ser compatible con dichos valores ambientales, siempre y cuando se
incluyan como parte del proyecto las siguientes indicaciones:
– Reducción de la superficie de la PSFV de acuerdo a lo indicado en el último
informe de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha.
– Soterrado del primer tramo de la línea de evacuación indicado, que discurre por los
términos municipales de Yunclillos y Cabañas de la Sagra, indicado en en el último
informe de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha.
Además, se deben cumplir todos los condicionantes requeridos tanto en el último
informe de esta Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha (firmado el 13 de noviembre de 2022), como en los
informes emitidos anteriormente por dicha Dirección General con fechas 25 de mayo
de 2022 y 19 de septiembre de 2022.
Este informe y condicionado es corroborado por la Dirección General de Economía
Circular de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha CLM como garante para su
compatibilidad.
Por otro lado, la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la
Comunidad de Madrid emite por su parte valoración respecto al tramo final de la línea de
evacuación, considerando que el soterramiento propuesto por el promotor disminuye la
afección a la fauna silvestre y añadiendo ciertas condiciones de cumplimiento de
medidas para la viabilidad del proyecto.
Todas las condiciones necesarias para hacer viable el proyecto se reflejan en el
condicionado de esta resolución.
cve: BOE-A-2023-2818
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 28
Jueves 2 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 15131
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha, tras dos procesos de información pública, emite un informe de
carácter desfavorable a la construcción del proyecto, alegando lo siguiente:
– En el estudio se infravaloran los impactos potenciales, producidos por la alternativa
seleccionada, sobre los recursos naturales protegidos.
– No se valora adecuadamente la disponibilidad de hábitat de calidad para la fauna
afectada en la zona considerando otras actividades ya existentes que generan carencias
en la metodología y resultados de cuantificación de las poblaciones de las especies
presentes potencialmente más afectadas.
– Las medidas correctoras/compensatorias no compensan los impactos negativos
sobre las zonas del águila imperial y que puede generar el proyecto sobre la destrucción
directa de hábitat de reproducción/alimentación y sobre la conectividad de la ZEPA.
– Respecto a la línea de evacuación, ésta provoca un incremento del efecto barrera
y el riesgo de colisión/ mortalidad para las aves de la zona.
Concluyendo que a efectos de ubicación de las PSFV, la alternativa C propuesta en
el EsIA tiene menor impacto que la finalmente elegida por el promotor, siendo la
alternativa más adecuada. Así, para hacer viable ambientalmente el proyecto, el
promotor debe considerar la reubicación del proyecto en base a la alternativa C,
acompañada de la modificación del trazado de la línea de evacuación, con el
soterramiento de los tramos con mayor afección a las aves esteparias (primer tramo de
la línea).
Finalmente, el promotor en su último informe se muestra receptivo a la propuesta de
medidas preventivas y compensatorias, y a la propuesta de soterramiento parcial de la
línea de evacuación, considerándolas compatibles con la viabilidad del proyecto.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha en su respuesta al último informe del promotor considera que el
proyecto podría ser compatible con dichos valores ambientales, siempre y cuando se
incluyan como parte del proyecto las siguientes indicaciones:
– Reducción de la superficie de la PSFV de acuerdo a lo indicado en el último
informe de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha.
– Soterrado del primer tramo de la línea de evacuación indicado, que discurre por los
términos municipales de Yunclillos y Cabañas de la Sagra, indicado en en el último
informe de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha.
Además, se deben cumplir todos los condicionantes requeridos tanto en el último
informe de esta Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha (firmado el 13 de noviembre de 2022), como en los
informes emitidos anteriormente por dicha Dirección General con fechas 25 de mayo
de 2022 y 19 de septiembre de 2022.
Este informe y condicionado es corroborado por la Dirección General de Economía
Circular de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha CLM como garante para su
compatibilidad.
Por otro lado, la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la
Comunidad de Madrid emite por su parte valoración respecto al tramo final de la línea de
evacuación, considerando que el soterramiento propuesto por el promotor disminuye la
afección a la fauna silvestre y añadiendo ciertas condiciones de cumplimiento de
medidas para la viabilidad del proyecto.
Todas las condiciones necesarias para hacer viable el proyecto se reflejan en el
condicionado de esta resolución.
cve: BOE-A-2023-2818
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 28