III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2814)
Resolución de 17 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Plantas fotovoltaicas FV Mástil Solar de 100MWp y FV Driza Solar de 112,5 MWp así como sus infraestructuras de evacuación asociadas, en la provincia de Madrid".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 28
Jueves 2 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 15042
3) Se evitará la instalación de las placas solares en montes arbolados protegidos,
siendo solo compatibles en la parte desarbolada de los mismos, siempre que no
suponga afección al arbolado.
Patrimonio cultural:
1) En todo el ámbito ocupado por las PSFVs se llevará a cabo un control
arqueológico intensivo de los movimientos de tierras durante la ejecución del proyecto de
construcción.
2) Se deberá tener en cuenta la posible existencia de los bienes patrimoniales de
carácter etnográfico (chozos) detectados en la investigación documental previa, pero no
constatados durante las labores de prospección superficial. Su hallazgo será
comunicado al Área de Protección de la Dirección General de Patrimonio Cultural, en el
plazo de tres días naturales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 de la
Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid.
3) Se establecerá una zona de exclusión de cualquier actividad o infraestructura
para los bienes identificados en las inmediaciones de las PSFVs e infraestructuras. Así,
«El Chozo La Maldición», «La Calera» y «Trincheras El Carril, deberán quedar
debidamente balizados y señalizados en los planos de obra para evitar que en su
perímetro se ubique cualquier instalación tanto temporal como permanente. El bien
«Camino de La Galiana» deberá ser totalmente restaurado si llega a verse afectado por
obras.
4) Los yacimientos de nuevo descubrimiento deberán ser evaluados por un técnico
arqueólogo, y se notificarán de manera inmediata cumplimentando las fichas del
Catálogo Geográfico de Bienes del Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid.
5) Se deberá mantener la integridad territorial de los bienes inventariados
correspondientes a vías pecuarias, respetando el Dominio Público Pecuario, evitando su
modificación y transformación con motivo de las obras y permitiendo el tránsito
ganadero. Se restaurarán en caso de producirse afección.
6) A los elementos patrimoniales de arquitectura tradicional se les realizará un
estudio documental histórico, limpieza y registro fotogramético. Además, se consolidará,
restaurará y se realizará su puesta en valor.
7) Se realizarán sondeos mecánicos/manuales en los ámbitos donde existan
hallazgos aislados de industria lítica.
1) Se preservarán los elementos del paisaje, linderos, ribazos, pies aislados, que
pudiesen existir, así como aquellos otros elementos que pueden ayudar a mantener la
conectividad territorial.
2) Se emplearán materiales y colores que permitan la integración paisajística de las
instalaciones en el entorno, así como el uso de materiales opacos para evitar destellos y
reflejos en las diferentes infraestructuras y edificaciones proyectadas, así como tratar los
módulos con un tratamiento químico anti reflectante para impedir su excesiva visibilidad
desde puntos alejados.
3) Se procederá a la restauración paisajística de cualquier zona del entorno afectada
durante la fase de obra y no necesaria para el normal funcionamiento de la explotación. Se
elaborará un plan de restauración paisajística, que se tendrá que implementar al finalizar las
obras, donde se recojan de una manera pormenorizada las actuaciones de instalación y
mantenimiento de la plantación de la pantalla perimetral interior y las teselas de vegetación
del interior de la planta. Este plan debe incluir un compromiso de reposición de marras de tal
forma que, al décimo año de implantación, supongan un máximo de un 10% de las
densidades iniciales. La anchura mínima de la pantalla será de 5 metros con plantación al
tresbolillo y un mínimo de tres filas. Se procurará la naturalidad empleando especies
arbóreas, arbustivas y de matorral y procurando darle una forma sinuosa de anchura
variable que cubra distintos rangos de altura.
cve: BOE-A-2023-2814
Verificable en https://www.boe.es
Paisaje:
Núm. 28
Jueves 2 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 15042
3) Se evitará la instalación de las placas solares en montes arbolados protegidos,
siendo solo compatibles en la parte desarbolada de los mismos, siempre que no
suponga afección al arbolado.
Patrimonio cultural:
1) En todo el ámbito ocupado por las PSFVs se llevará a cabo un control
arqueológico intensivo de los movimientos de tierras durante la ejecución del proyecto de
construcción.
2) Se deberá tener en cuenta la posible existencia de los bienes patrimoniales de
carácter etnográfico (chozos) detectados en la investigación documental previa, pero no
constatados durante las labores de prospección superficial. Su hallazgo será
comunicado al Área de Protección de la Dirección General de Patrimonio Cultural, en el
plazo de tres días naturales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 de la
Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid.
3) Se establecerá una zona de exclusión de cualquier actividad o infraestructura
para los bienes identificados en las inmediaciones de las PSFVs e infraestructuras. Así,
«El Chozo La Maldición», «La Calera» y «Trincheras El Carril, deberán quedar
debidamente balizados y señalizados en los planos de obra para evitar que en su
perímetro se ubique cualquier instalación tanto temporal como permanente. El bien
«Camino de La Galiana» deberá ser totalmente restaurado si llega a verse afectado por
obras.
4) Los yacimientos de nuevo descubrimiento deberán ser evaluados por un técnico
arqueólogo, y se notificarán de manera inmediata cumplimentando las fichas del
Catálogo Geográfico de Bienes del Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid.
5) Se deberá mantener la integridad territorial de los bienes inventariados
correspondientes a vías pecuarias, respetando el Dominio Público Pecuario, evitando su
modificación y transformación con motivo de las obras y permitiendo el tránsito
ganadero. Se restaurarán en caso de producirse afección.
6) A los elementos patrimoniales de arquitectura tradicional se les realizará un
estudio documental histórico, limpieza y registro fotogramético. Además, se consolidará,
restaurará y se realizará su puesta en valor.
7) Se realizarán sondeos mecánicos/manuales en los ámbitos donde existan
hallazgos aislados de industria lítica.
1) Se preservarán los elementos del paisaje, linderos, ribazos, pies aislados, que
pudiesen existir, así como aquellos otros elementos que pueden ayudar a mantener la
conectividad territorial.
2) Se emplearán materiales y colores que permitan la integración paisajística de las
instalaciones en el entorno, así como el uso de materiales opacos para evitar destellos y
reflejos en las diferentes infraestructuras y edificaciones proyectadas, así como tratar los
módulos con un tratamiento químico anti reflectante para impedir su excesiva visibilidad
desde puntos alejados.
3) Se procederá a la restauración paisajística de cualquier zona del entorno afectada
durante la fase de obra y no necesaria para el normal funcionamiento de la explotación. Se
elaborará un plan de restauración paisajística, que se tendrá que implementar al finalizar las
obras, donde se recojan de una manera pormenorizada las actuaciones de instalación y
mantenimiento de la plantación de la pantalla perimetral interior y las teselas de vegetación
del interior de la planta. Este plan debe incluir un compromiso de reposición de marras de tal
forma que, al décimo año de implantación, supongan un máximo de un 10% de las
densidades iniciales. La anchura mínima de la pantalla será de 5 metros con plantación al
tresbolillo y un mínimo de tres filas. Se procurará la naturalidad empleando especies
arbóreas, arbustivas y de matorral y procurando darle una forma sinuosa de anchura
variable que cubra distintos rangos de altura.
cve: BOE-A-2023-2814
Verificable en https://www.boe.es
Paisaje: