III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2597)
Resolución de 23 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta fotovoltaica Valentina Solar, de 124,88 MW, y su infraestructura de evacuación, en Asturianos (Zamora)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 14211
de pino y melojo. La línea de media tensión de 3,7 km discurre por una zona similar que
será afectada en menor medida por la eliminación derivada de la implantación de los
apoyos y la zona de paso bajo la línea. De la misma manera, la línea de alta tensión
discurre, fundamentalmente, por formaciones de melojar y de brezal, debiéndose la
afección a la eliminación de la formación vegetal para la ubicación de apoyos y a la
presencia de la franja de seguridad bajo línea. El proyecto afecta a 1,5 ha de melojar
denso y a 200 m2 de alisedas y cervunales. No presenta coincidencia territorial con
ningún ejemplar incluido en el Catálogo Regional de Árboles Notables.
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO alega que
no se ha realizado una prospección para detectar las especies protegidas que pueden
verse afectadas por el proyecto ni se indican medidas a adoptar en caso necesario, por
lo que recomienda se realice un muestreo en la época adecuada que permita detectar
las especies de flora protegida. A este respecto cita las especies Veronica micrantha y
Eryngium viviparum, clasificadas como «vulnerables» en el Catálogo de Flora Protegida
de Castilla y León (Decreto 63/2007 de 14 de junio).
La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla
y León alega en su informe (17 de junio de 2021) que debería haberse valorado la
afección a dichas especies en el EsIA en caso de estar presentes en la zona de
ubicación de las instalaciones, así como en el trazado de las alternativas propuestas
para evitar que los apoyos o los posibles tramos soterrados afecten a estos taxones o a
los hábitats donde se localizan. Dicha Dirección General expone que, según la
información disponible, se tiene constancia de la presencia de los siguientes taxones
incluidos en el Catálogo de Flora Protegida de Castilla y León del Anexo III del
Decreto 63/2007: Genista sanabrensis y Lycopodiella inundata, ambas catalogadas
como «De Atención Preferente» en el mencionado catálogo.
En la adenda se incluye un estudio botánico en el que se concluye que, en general,
la vegetación natural de las parcelas de la implantación de las PSFs, está transformada
por plantaciones de pinos (Pinus sylvestris), y que existen zonas dominadas por brezales
secos europeos, sin haberse detectado especies de flora protegida. Por su parte, la
Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y
León, en su informe de fecha de 5 de enero de 2023 considera que las actuaciones
previstas no producirán afecciones sobre especies de flora protegida, siempre y cuando
se cumplan las medidas preventivas y correctoras recogidas en el EsIA, así como las
condiciones planteadas por dicha Dirección General, que se incluyen en el condicionado
de la presente Resolución.
Las medidas propuestas por el promotor son: aplicación de medidas correctoras
sobre las superficies ocupadas temporalmente tras la finalización de las obras;
balizamiento de toda zona susceptible de afección, especialmente, las especies de
interés cercanas al paso de la LAAT y la LAMT que atraviesan brezales húmedos,
alisedas y especies definidas en el ZEC «Riberas del río Tera y afluentes», ES4190067;
evitar y/o reducir la emisión de polvo y partículas en suspensión; preceptiva autorización
del Servicio territorial de la Junta de Castilla y León competente para la eliminación o
actuación sobre vegetación natural; el material de desbroce deberá ser incorporado de
nuevo al suelo por medio de trituradora en aquellas zonas no útiles y que sean objeto de
restauración; se podarán las ramas dañadas y se aplicarán pastas cicatrizantes, para
evitar elementos patógenos; respetar, en la medida de lo posible, los ejemplares y
rodales sobresalientes de vegetación natural presentes en todo el ámbito del proyecto,
retranqueándose si fuera posible y necesario los emplazamientos originales para
salvaguardarlos.
En relación con los hábitats de interés comunitario (en adelante HIC), en el EsIA se
especifica, para algunos de ellos, una estimación de la superficie que se verá afectada.
En la en la zona de actuación se encuentran los siguientes HIC:
– 4020* (prioritario) Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica
cillaris y Erica tetralix: hábitat cercano al trazado de la LAAT. El promotor marcará estas
formaciones para evitar su afección.
cve: BOE-A-2023-2597
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 26
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 14211
de pino y melojo. La línea de media tensión de 3,7 km discurre por una zona similar que
será afectada en menor medida por la eliminación derivada de la implantación de los
apoyos y la zona de paso bajo la línea. De la misma manera, la línea de alta tensión
discurre, fundamentalmente, por formaciones de melojar y de brezal, debiéndose la
afección a la eliminación de la formación vegetal para la ubicación de apoyos y a la
presencia de la franja de seguridad bajo línea. El proyecto afecta a 1,5 ha de melojar
denso y a 200 m2 de alisedas y cervunales. No presenta coincidencia territorial con
ningún ejemplar incluido en el Catálogo Regional de Árboles Notables.
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO alega que
no se ha realizado una prospección para detectar las especies protegidas que pueden
verse afectadas por el proyecto ni se indican medidas a adoptar en caso necesario, por
lo que recomienda se realice un muestreo en la época adecuada que permita detectar
las especies de flora protegida. A este respecto cita las especies Veronica micrantha y
Eryngium viviparum, clasificadas como «vulnerables» en el Catálogo de Flora Protegida
de Castilla y León (Decreto 63/2007 de 14 de junio).
La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla
y León alega en su informe (17 de junio de 2021) que debería haberse valorado la
afección a dichas especies en el EsIA en caso de estar presentes en la zona de
ubicación de las instalaciones, así como en el trazado de las alternativas propuestas
para evitar que los apoyos o los posibles tramos soterrados afecten a estos taxones o a
los hábitats donde se localizan. Dicha Dirección General expone que, según la
información disponible, se tiene constancia de la presencia de los siguientes taxones
incluidos en el Catálogo de Flora Protegida de Castilla y León del Anexo III del
Decreto 63/2007: Genista sanabrensis y Lycopodiella inundata, ambas catalogadas
como «De Atención Preferente» en el mencionado catálogo.
En la adenda se incluye un estudio botánico en el que se concluye que, en general,
la vegetación natural de las parcelas de la implantación de las PSFs, está transformada
por plantaciones de pinos (Pinus sylvestris), y que existen zonas dominadas por brezales
secos europeos, sin haberse detectado especies de flora protegida. Por su parte, la
Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y
León, en su informe de fecha de 5 de enero de 2023 considera que las actuaciones
previstas no producirán afecciones sobre especies de flora protegida, siempre y cuando
se cumplan las medidas preventivas y correctoras recogidas en el EsIA, así como las
condiciones planteadas por dicha Dirección General, que se incluyen en el condicionado
de la presente Resolución.
Las medidas propuestas por el promotor son: aplicación de medidas correctoras
sobre las superficies ocupadas temporalmente tras la finalización de las obras;
balizamiento de toda zona susceptible de afección, especialmente, las especies de
interés cercanas al paso de la LAAT y la LAMT que atraviesan brezales húmedos,
alisedas y especies definidas en el ZEC «Riberas del río Tera y afluentes», ES4190067;
evitar y/o reducir la emisión de polvo y partículas en suspensión; preceptiva autorización
del Servicio territorial de la Junta de Castilla y León competente para la eliminación o
actuación sobre vegetación natural; el material de desbroce deberá ser incorporado de
nuevo al suelo por medio de trituradora en aquellas zonas no útiles y que sean objeto de
restauración; se podarán las ramas dañadas y se aplicarán pastas cicatrizantes, para
evitar elementos patógenos; respetar, en la medida de lo posible, los ejemplares y
rodales sobresalientes de vegetación natural presentes en todo el ámbito del proyecto,
retranqueándose si fuera posible y necesario los emplazamientos originales para
salvaguardarlos.
En relación con los hábitats de interés comunitario (en adelante HIC), en el EsIA se
especifica, para algunos de ellos, una estimación de la superficie que se verá afectada.
En la en la zona de actuación se encuentran los siguientes HIC:
– 4020* (prioritario) Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica
cillaris y Erica tetralix: hábitat cercano al trazado de la LAAT. El promotor marcará estas
formaciones para evitar su afección.
cve: BOE-A-2023-2597
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 26