III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2597)
Resolución de 23 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta fotovoltaica Valentina Solar, de 124,88 MW, y su infraestructura de evacuación, en Asturianos (Zamora)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 26
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 14210
elemento del dominio público hidráulico (DPH), salvo que se cuente con la previa
autorización administrativa, así como la construcción, montaje o ubicación de
instalaciones destinadas a albergar personas en dicho DPH. El proyecto cumplirá el
Reglamento del Dominio Público Hidráulico y las instalaciones se situarán fuera de la
servidumbre de los cauces; se mantendrá la red fluvial actual, minimizando las
alteraciones de caudal durante la ejecución de las obras, y sin producir variación del
régimen de caudales existente; los puntos donde exista riesgo de afección al dominio
público hidráulico, durante la ejecución de las obras se instalarán dispositivos para evitar
arrastre de tierras; se evitará la rectificación y canalización de cauces de cualquier orden;
todas las actuaciones que se lleven a cabo en el DPH y sus zonas próximas contarán
con medidas de restauración, tanto de la vegetación como de los relieves alterados en
su caso, a realizar de forma inmediata tras la finalización de las obras.
La restauración de cauces y riberas se realizará mediante plantaciones, las cuales se
llevarán a cabo con vegetación autóctona, con distribución en bosquetes evitando las
plantaciones lineales.
Se evitará una excesiva limitación del número de aliviaderos de los sistemas de
drenaje longitudinal o una incorrecta ubicación de los mismos que pueda ocasionar
alteraciones del régimen de escorrentía con efectos erosivos puntuales, así como la
construcción de vados en los viales auxiliares que supongan un aumento de la turbidez
de las aguas; se deberá determinar el origen del agua a utilizar y su legalidad, debiendo
ampararse en un derecho al agua; la distancia al borde del cauce será, como mínimo,
de 1,5 veces la altura del mayor de los apoyos que permiten el cruzamiento; los cauces
siempre quedarán libres y diáfanos como mínimo para evacuar, al menos, la máxima
avenida ordinaria. Por último, el promotor informa que se tramitarán ante el organismo de
cuenca las autorizaciones de los cruces de líneas eléctricas y viales de acceso sobre el
DPH, así como los cruces de canalizaciones bajo cauce, conforme a lo dispuesto en la
normativa reguladora.
La Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Duero informa que en el
interior de la zona Oeste (Valentina 1) nace un arroyo afluente del río Negro; la Este
(Valentina 2), se sitúa parcialmente en la zona de policía de dos arroyos afluentes del río
Sapo: la línea aérea de media tensión atraviesa tres arroyos y el río Sapo; por último, la
línea de alta tensión atraviesa el río Negro y los arroyos de Las Bernal, Manzaneras y
Prado. Por ello este organismo realiza una serie de condiciones a tener en cuenta para
la ejecución del proyecto. El promotor acepta estas condiciones.
Calidad atmosférica y cambio climático.
Durante la fase de obras se producirá una alteración de la calidad del aire debido a
las emisiones de partículas en suspensión y polvo, así como el aumento de los niveles
sonoros. Dichas alteraciones serán puntuales y de corta duración, debidas a las propias
obras, el paso de maquinaria, así como los movimientos de tierras. El promotor
establecerá medidas preventivas para esta fase, como el riego de viales para humedecer
zonas afectadas por movimientos de tierras y otras medidas de aplicación para la
maquinaria.
Durante la fase de funcionamiento, el EsIA no prevé la generación de ruidos salvo los
propios de las labores de mantenimiento.
El promotor propone las siguientes medidas encaminadas a reducir el impacto
lumínico durante la fase de explotación: las luminarias no enviarán luz por encima del
plano horizontal en su posición de instalación; se evitarán intensidades de longitudes de
onda inferiores a 450 nm, se favorecerán los pavimentos oscuros si el entorno lo permite
y solo se iluminarán los lugares estrictamente necesarios.
b.4
Flora, vegetación y hábitats de interés comunitario (HIC).
La planta solar fotovoltaica presenta una superficie de 207,99 ha, afectando a
pinares de repoblación y zonas de matorral, principalmente brezales, con pies dispersos
cve: BOE-A-2023-2597
Verificable en https://www.boe.es
b.3
Núm. 26
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 14210
elemento del dominio público hidráulico (DPH), salvo que se cuente con la previa
autorización administrativa, así como la construcción, montaje o ubicación de
instalaciones destinadas a albergar personas en dicho DPH. El proyecto cumplirá el
Reglamento del Dominio Público Hidráulico y las instalaciones se situarán fuera de la
servidumbre de los cauces; se mantendrá la red fluvial actual, minimizando las
alteraciones de caudal durante la ejecución de las obras, y sin producir variación del
régimen de caudales existente; los puntos donde exista riesgo de afección al dominio
público hidráulico, durante la ejecución de las obras se instalarán dispositivos para evitar
arrastre de tierras; se evitará la rectificación y canalización de cauces de cualquier orden;
todas las actuaciones que se lleven a cabo en el DPH y sus zonas próximas contarán
con medidas de restauración, tanto de la vegetación como de los relieves alterados en
su caso, a realizar de forma inmediata tras la finalización de las obras.
La restauración de cauces y riberas se realizará mediante plantaciones, las cuales se
llevarán a cabo con vegetación autóctona, con distribución en bosquetes evitando las
plantaciones lineales.
Se evitará una excesiva limitación del número de aliviaderos de los sistemas de
drenaje longitudinal o una incorrecta ubicación de los mismos que pueda ocasionar
alteraciones del régimen de escorrentía con efectos erosivos puntuales, así como la
construcción de vados en los viales auxiliares que supongan un aumento de la turbidez
de las aguas; se deberá determinar el origen del agua a utilizar y su legalidad, debiendo
ampararse en un derecho al agua; la distancia al borde del cauce será, como mínimo,
de 1,5 veces la altura del mayor de los apoyos que permiten el cruzamiento; los cauces
siempre quedarán libres y diáfanos como mínimo para evacuar, al menos, la máxima
avenida ordinaria. Por último, el promotor informa que se tramitarán ante el organismo de
cuenca las autorizaciones de los cruces de líneas eléctricas y viales de acceso sobre el
DPH, así como los cruces de canalizaciones bajo cauce, conforme a lo dispuesto en la
normativa reguladora.
La Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Duero informa que en el
interior de la zona Oeste (Valentina 1) nace un arroyo afluente del río Negro; la Este
(Valentina 2), se sitúa parcialmente en la zona de policía de dos arroyos afluentes del río
Sapo: la línea aérea de media tensión atraviesa tres arroyos y el río Sapo; por último, la
línea de alta tensión atraviesa el río Negro y los arroyos de Las Bernal, Manzaneras y
Prado. Por ello este organismo realiza una serie de condiciones a tener en cuenta para
la ejecución del proyecto. El promotor acepta estas condiciones.
Calidad atmosférica y cambio climático.
Durante la fase de obras se producirá una alteración de la calidad del aire debido a
las emisiones de partículas en suspensión y polvo, así como el aumento de los niveles
sonoros. Dichas alteraciones serán puntuales y de corta duración, debidas a las propias
obras, el paso de maquinaria, así como los movimientos de tierras. El promotor
establecerá medidas preventivas para esta fase, como el riego de viales para humedecer
zonas afectadas por movimientos de tierras y otras medidas de aplicación para la
maquinaria.
Durante la fase de funcionamiento, el EsIA no prevé la generación de ruidos salvo los
propios de las labores de mantenimiento.
El promotor propone las siguientes medidas encaminadas a reducir el impacto
lumínico durante la fase de explotación: las luminarias no enviarán luz por encima del
plano horizontal en su posición de instalación; se evitarán intensidades de longitudes de
onda inferiores a 450 nm, se favorecerán los pavimentos oscuros si el entorno lo permite
y solo se iluminarán los lugares estrictamente necesarios.
b.4
Flora, vegetación y hábitats de interés comunitario (HIC).
La planta solar fotovoltaica presenta una superficie de 207,99 ha, afectando a
pinares de repoblación y zonas de matorral, principalmente brezales, con pies dispersos
cve: BOE-A-2023-2597
Verificable en https://www.boe.es
b.3