III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2600)
Resolución de 23 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques eólicos Cerevil, de 153 MW, y Cerecol, de 59,5 MW y su infraestructura de evacuación, ubicadas en la provincia de Burgos".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 26
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 14288
por el que se somete a información pública el EsIA y la autorización administrativa previa
de los proyectos «PPEE Cerevil y Cerecol».
Asimismo, con fecha 30 de marzo de 2021, el órgano sustantivo realizó las consultas
a las administraciones públicas afectadas y personas interesadas, cuya relación se
encuentra incluida en al anexo I de la presente resolución. Además, durante el periodo
de información pública se recibieron un total de 50 escritos de alegaciones.
Posteriormente, con fecha 20 de diciembre de 2021, este órgano ambiental realizó
requerimiento de subsanación de consultas, solicitando, de acuerdo con el punto b) del
artículo 37.2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, informe
preceptivo sobre el patrimonio cultural del Servicio Territorial de Cultura y Turismo de la
Delegación Territorial de Burgos de la Junta de Castilla y León. Asimismo, se solicitó, de
acuerdo con el punto c) del artículo 37.2 de la Ley 21/2013, informe preceptivo de las
Demarcaciones Hidrográficas del Duero y del Ebro.
Por otro lado, es necesario destacar que con fecha 31 de marzo de 2022, tuvo
entrada solicitud de tramitación del procedimiento de determinación de afección
ambiental del proyecto «Parque Eólico “Cerecol” de 59,5 MW e infraestructuras eléctricas
de evacuación asociadas», al amparo de la Disposición transitoria tercera del Real
Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el
marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la
guerra en Ucrania.
Con posterioridad, el 28 de abril de 2022 el citado promotor remitió escrito de
desistimiento de la tramitación del citado procedimiento, y la continuación de la
tramitación del procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto.
Con fecha 20 de julio de 2022, este órgano ambiental trasladó requerimiento de
información adicional al promotor al considerar necesario que introdujera una serie de
modificaciones del proyecto original, en base al contenido de los informes preceptivos en
materia de medio ambiente, biodiversidad y espacios naturales, así como la adecuación
del mismo al documento «Criterios técnicos para la tramitación de la instalación de líneas
eléctricas de alta tensión para evacuación de instalaciones de producción de energía
renovable» de la Junta de Castilla y León, de marzo de 2022. El promotor, tras concesión
de prórroga, dio respuesta a la citada petición el 14 de noviembre 2022 aportando
información complementaria, con la denominación «Adenda de mejora al estudio de
impacto ambiental de los parques eólicos de Cerevil y Cerecol y sus infraestructuras de
evacuación», en adelante Adenda.
Finalmente, en base a las modificaciones introducidas por el promotor en el proyecto
y a la nueva información aportada, este órgano ambiental, en virtud del artículo 40.5 de
la Ley de evaluación ambiental, requirió informe a las administraciones competentes en
materia de medio ambiente, biodiversidad y espacios protegidos de la Junta de Castilla y
León, recibido con fecha 5 de enero de 2023.
3.
Análisis de alternativas.
El análisis de alternativas se realiza mediante un estudio multicriterio que analiza
diversos aspectos como los valores naturales y patrimoniales existentes en la zona tales
como espacios protegidos, hábitats de interés comunitario (HIC en adelante), etc., así
como otros factores como distancia a núcleos de población, recurso eólico, viabilidad
económica o movimientos de tierras.
El EsIA contempla tres alternativas diferentes para los parques eólicos, para las
subestaciones transformadoras y colectoras, y, para las líneas de evacuación, además
de plantear la alternativa 0 para cada una de ellas.
Para la selección de la ubicación de los parques eólicos, se presentaron inicialmente,
en el EsIA, tres alternativas en diferentes ubicaciones, difiriendo además en el número y
alineación de aerogeneradores (49, 40 y 39). El promotor selecciona la alternativa 3,
integrada por 28 aerogeneradores del PE Cerevil y 11 del PE Cerecol, al tratarse de la
cve: BOE-A-2023-2600
Verificable en https://www.boe.es
3.1
Análisis técnico del expediente
Núm. 26
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 14288
por el que se somete a información pública el EsIA y la autorización administrativa previa
de los proyectos «PPEE Cerevil y Cerecol».
Asimismo, con fecha 30 de marzo de 2021, el órgano sustantivo realizó las consultas
a las administraciones públicas afectadas y personas interesadas, cuya relación se
encuentra incluida en al anexo I de la presente resolución. Además, durante el periodo
de información pública se recibieron un total de 50 escritos de alegaciones.
Posteriormente, con fecha 20 de diciembre de 2021, este órgano ambiental realizó
requerimiento de subsanación de consultas, solicitando, de acuerdo con el punto b) del
artículo 37.2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, informe
preceptivo sobre el patrimonio cultural del Servicio Territorial de Cultura y Turismo de la
Delegación Territorial de Burgos de la Junta de Castilla y León. Asimismo, se solicitó, de
acuerdo con el punto c) del artículo 37.2 de la Ley 21/2013, informe preceptivo de las
Demarcaciones Hidrográficas del Duero y del Ebro.
Por otro lado, es necesario destacar que con fecha 31 de marzo de 2022, tuvo
entrada solicitud de tramitación del procedimiento de determinación de afección
ambiental del proyecto «Parque Eólico “Cerecol” de 59,5 MW e infraestructuras eléctricas
de evacuación asociadas», al amparo de la Disposición transitoria tercera del Real
Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el
marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la
guerra en Ucrania.
Con posterioridad, el 28 de abril de 2022 el citado promotor remitió escrito de
desistimiento de la tramitación del citado procedimiento, y la continuación de la
tramitación del procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto.
Con fecha 20 de julio de 2022, este órgano ambiental trasladó requerimiento de
información adicional al promotor al considerar necesario que introdujera una serie de
modificaciones del proyecto original, en base al contenido de los informes preceptivos en
materia de medio ambiente, biodiversidad y espacios naturales, así como la adecuación
del mismo al documento «Criterios técnicos para la tramitación de la instalación de líneas
eléctricas de alta tensión para evacuación de instalaciones de producción de energía
renovable» de la Junta de Castilla y León, de marzo de 2022. El promotor, tras concesión
de prórroga, dio respuesta a la citada petición el 14 de noviembre 2022 aportando
información complementaria, con la denominación «Adenda de mejora al estudio de
impacto ambiental de los parques eólicos de Cerevil y Cerecol y sus infraestructuras de
evacuación», en adelante Adenda.
Finalmente, en base a las modificaciones introducidas por el promotor en el proyecto
y a la nueva información aportada, este órgano ambiental, en virtud del artículo 40.5 de
la Ley de evaluación ambiental, requirió informe a las administraciones competentes en
materia de medio ambiente, biodiversidad y espacios protegidos de la Junta de Castilla y
León, recibido con fecha 5 de enero de 2023.
3.
Análisis de alternativas.
El análisis de alternativas se realiza mediante un estudio multicriterio que analiza
diversos aspectos como los valores naturales y patrimoniales existentes en la zona tales
como espacios protegidos, hábitats de interés comunitario (HIC en adelante), etc., así
como otros factores como distancia a núcleos de población, recurso eólico, viabilidad
económica o movimientos de tierras.
El EsIA contempla tres alternativas diferentes para los parques eólicos, para las
subestaciones transformadoras y colectoras, y, para las líneas de evacuación, además
de plantear la alternativa 0 para cada una de ellas.
Para la selección de la ubicación de los parques eólicos, se presentaron inicialmente,
en el EsIA, tres alternativas en diferentes ubicaciones, difiriendo además en el número y
alineación de aerogeneradores (49, 40 y 39). El promotor selecciona la alternativa 3,
integrada por 28 aerogeneradores del PE Cerevil y 11 del PE Cerecol, al tratarse de la
cve: BOE-A-2023-2600
Verificable en https://www.boe.es
3.1
Análisis técnico del expediente