III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2595)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto "Plantas fotovoltaicas PFV Stopper Solar, de 130 MWp/108 MWp, PFV Rehala Solar, de 170 MWp/142 MWp, PFV Reclamo Solar, de 150 MWp/125 MWp, y PFV Volateo Solar, de 150 MWp/125 MWp, y su infraestructura de evacuación eléctrica, en Málaga".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 14175
Andalucía, que no existen elementos arqueológicos inventariados dentro del ámbito de
ejecución del proyecto. Los elementos inventariados más próximos se encontrarían a
más de 1 km de límite de la implantación, y son:
– En el entorno de la PFV Reclamo Solar, los yacimientos: «Camino del Cortijo
Grande», «Cortijo Grande» y «La Manga».
– En el camino de acceso al apoyo 8, el yacimiento «Valdelosyesos II».
– En la zona en que la línea aérea de alta tensión conecta con la subestación
eléctrica «Tajo de la Encantada» de REE, los apoyos 60 y 61 se ubican dentro del
entorno de protección del BIC «El Castillejo».
El promotor prevé que, en fase de construcción, se produzca afección indirecta por
distorsión perceptual a los yacimientos arqueológicos, y asegura, en cuanto a los
yacimientos próximos en la PFV Reclamo Solar mencionados anteriormente, que ha sido
respetada una zona de cautela de 100 m respecto de los límites del mismo, evitando así
una afección directa, por lo que considera al impacto global como compatible.
Como medida preventiva específicas para esta fase, los trabajos se limitarán
únicamente a aquellas zonas en las que se ha llevado a cabo prospección arqueológica
y llevar a cabo un control arqueológico del movimiento de tierras, que permita confirmar
la presencia o ausencia de cualquier elemento de interés arqueológico en el área de
intervención, pudiendo, con ello, valorar dichos restos y adoptar las medidas más
oportunas para proteger los bienes patrimoniales localizados. En el caso en que durante
la vigilancia en obra se hallan restos u objetos con valor cultural se procederá a la
paralizarán inmediatamente los trabajos en la zona de afección y se comunicarán el
descubrimiento de acuerdo con lo contemplado en la Ley 14/ 2007.
Para fase de explotación en el EsIA no se detectan incidencias sobre este factor, por
lo que tampoco se han desarrollado medidas mitigadoras.
En su informe, la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental de la
Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía identifica tres
yacimientos inventariados más en el entorno del proyecto: «Haza del Marqués»,
«Rodahuevos» y «Embalse del Guadalteba». Además, a partir de la prospección
arqueológica superficial realizada por dicho organismo se encontraron dos nuevos
yacimientos no inventariados de origen romano en las superficies de las PSF Volateo
Solar y Rehala Solar.
Este organismo establece entonces las siguientes de medidas correctoras:
– Excavación con sondeos de diagnosis para la delimitación y comprobación del
estado de conservación de los yacimientos en el entorno de las PFVs Volateo y Rehala.
– Control Arqueológico de los movimientos de tierra durante las obras hasta la
aparición de sustrato geológico o hasta la cota estéril desde el punto de vista
arqueológico, con especial cautela en los primeros 0,5 m ante la posible existencia de
elementos siliformes pertenecientes a época prehistórica, no detectables por las
continuas labores de arado y volteo realizadas en la zona.
– Dichas actividades deberán ser autorizadas por esta Delegación Territorial y
realizadas por un técnico competente.
Como respuesta al organismo el promotor indica que se encuentra en proceso activo
de búsqueda de proveedor de servicios para los trabajos, que se llevarán a cabo
próximamente. Y con respecto a control arqueológico, lo llevará a cabo en el momento
oportuno de la obra civil, una vez obtenidas las licencias, permisos y autorizaciones
necesarias para ello y que están en proceso de tramitación.
Como resultado del requerimiento de información adicional, el promotor presenta la
actualización del EsIA, en el que se detalla que se ha llevado a cabo la modificación de
dos tramos de la línea L/400 KV Antequera – Tajo de la Encantada. Por un lado, para
evitar afección sobre el BIC «El Cerro del Castillo de Aznalmara» (Valle de Abdalajís), se
ha llevado a cabo un cambio de trazado entre los apoyos 28 y 33, y, por otro lado, para
cve: BOE-A-2023-2595
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 26
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 14175
Andalucía, que no existen elementos arqueológicos inventariados dentro del ámbito de
ejecución del proyecto. Los elementos inventariados más próximos se encontrarían a
más de 1 km de límite de la implantación, y son:
– En el entorno de la PFV Reclamo Solar, los yacimientos: «Camino del Cortijo
Grande», «Cortijo Grande» y «La Manga».
– En el camino de acceso al apoyo 8, el yacimiento «Valdelosyesos II».
– En la zona en que la línea aérea de alta tensión conecta con la subestación
eléctrica «Tajo de la Encantada» de REE, los apoyos 60 y 61 se ubican dentro del
entorno de protección del BIC «El Castillejo».
El promotor prevé que, en fase de construcción, se produzca afección indirecta por
distorsión perceptual a los yacimientos arqueológicos, y asegura, en cuanto a los
yacimientos próximos en la PFV Reclamo Solar mencionados anteriormente, que ha sido
respetada una zona de cautela de 100 m respecto de los límites del mismo, evitando así
una afección directa, por lo que considera al impacto global como compatible.
Como medida preventiva específicas para esta fase, los trabajos se limitarán
únicamente a aquellas zonas en las que se ha llevado a cabo prospección arqueológica
y llevar a cabo un control arqueológico del movimiento de tierras, que permita confirmar
la presencia o ausencia de cualquier elemento de interés arqueológico en el área de
intervención, pudiendo, con ello, valorar dichos restos y adoptar las medidas más
oportunas para proteger los bienes patrimoniales localizados. En el caso en que durante
la vigilancia en obra se hallan restos u objetos con valor cultural se procederá a la
paralizarán inmediatamente los trabajos en la zona de afección y se comunicarán el
descubrimiento de acuerdo con lo contemplado en la Ley 14/ 2007.
Para fase de explotación en el EsIA no se detectan incidencias sobre este factor, por
lo que tampoco se han desarrollado medidas mitigadoras.
En su informe, la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental de la
Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía identifica tres
yacimientos inventariados más en el entorno del proyecto: «Haza del Marqués»,
«Rodahuevos» y «Embalse del Guadalteba». Además, a partir de la prospección
arqueológica superficial realizada por dicho organismo se encontraron dos nuevos
yacimientos no inventariados de origen romano en las superficies de las PSF Volateo
Solar y Rehala Solar.
Este organismo establece entonces las siguientes de medidas correctoras:
– Excavación con sondeos de diagnosis para la delimitación y comprobación del
estado de conservación de los yacimientos en el entorno de las PFVs Volateo y Rehala.
– Control Arqueológico de los movimientos de tierra durante las obras hasta la
aparición de sustrato geológico o hasta la cota estéril desde el punto de vista
arqueológico, con especial cautela en los primeros 0,5 m ante la posible existencia de
elementos siliformes pertenecientes a época prehistórica, no detectables por las
continuas labores de arado y volteo realizadas en la zona.
– Dichas actividades deberán ser autorizadas por esta Delegación Territorial y
realizadas por un técnico competente.
Como respuesta al organismo el promotor indica que se encuentra en proceso activo
de búsqueda de proveedor de servicios para los trabajos, que se llevarán a cabo
próximamente. Y con respecto a control arqueológico, lo llevará a cabo en el momento
oportuno de la obra civil, una vez obtenidas las licencias, permisos y autorizaciones
necesarias para ello y que están en proceso de tramitación.
Como resultado del requerimiento de información adicional, el promotor presenta la
actualización del EsIA, en el que se detalla que se ha llevado a cabo la modificación de
dos tramos de la línea L/400 KV Antequera – Tajo de la Encantada. Por un lado, para
evitar afección sobre el BIC «El Cerro del Castillo de Aznalmara» (Valle de Abdalajís), se
ha llevado a cabo un cambio de trazado entre los apoyos 28 y 33, y, por otro lado, para
cve: BOE-A-2023-2595
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Núm. 26