III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2594)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "PFV Mula III" de 65 MWp y "PFV Murcia 1" de 199,992 MWp y sus infraestructuras de evacuación asociadas, en Mula (Murcia).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 14144
En relación con los impactos, durante la fase de obra, la pérdida o modificación de
hábitat por desaparición de la cubierta vegetal y eliminación de ejemplares, la alteración
de los hábitos de reproducción, descanso, campeo y alimentación, y las molestias
derivadas de las distintas actuaciones, pueden producir interferencias y desplazamientos
en las diferentes poblaciones, en especial durante la época reproductora, o por la
afección directa sobre puestas o camadas. En la fase de explotación destaca la
alteración o pérdida de hábitats, el posible efecto barrera para el movimiento de la fauna
terrestre por el cerramiento perimetral y los paneles solares, las molestias y mortalidad
por colisión con el vallado o con los paneles solares, así como con las líneas eléctricas.
Entre las medidas propuestas para mitigar los impactos destacan las siguientes:
tapado de zanjas y/o disposición de sistemas de escape ante posibles caídas de
animales, ejecución de desbroces fuera de periodo de nidificación y cría de especies
sensibles, señalización de vallado cinegético con placas anticolisión para las aves,
instalación de 15 cajas nido para favorecer el mantenimiento de las poblaciones de aves
locales, así como refugios para quirópteros, dispositivos salvapájaros (de materiales
opacos y dispuestos cada 10 m o alternadamente cada 20 m), creación de áreas óptimas
para insectos mediante la siembra dentro de la planta solar, etc.
Procede destacar que varias parcelas situadas al E de la planta Mula III (estimadas
en unas 14 ha) son coincidentes con el Plan de Recuperación del águila perdicera, ave
catalogada como vulnerable en el CEEA y en peligro de extinción en el CEARM. El EsIA
afirma no existir peligro de colisión o electrocución con líneas de evacuación al ser todas
ellas subterráneas. Respecto de la nidificación, el promotor propone realizar
prospecciones faunísticas previas y durante las obras, y, en caso de detectar
comportamientos de reproducción o nidos, se adaptaría el calendario de obras para
evitar molestias (período reproductor de diciembre a junio). En fase de explotación, el
promotor señala que no se producirían afecciones, ya que solamente se ha detectado un
único ejemplar a 7 km de la planta solar. Además, debido a la presencia de conejo y
perdiz roja por la zona, que utilizan y podrán seguir utilizando el área para alimentación,
puesto que gran parte de la superficie de la planta estará libre y cubierta de vegetación
natural, no se prevé que las especies presa abandonen su hábitat. No obstante, el
promotor contempla mejorar el hábitat de especies presas del águila perdicera y otras
rapaces en una superficie de 20 ha, exterior a la planta, donde se persigue mejorar la
disponibilidad de alimento, agua y refugio de las especies presa, mediante la instalación
de 10 majanos, 20 bebederos y la creación de pequeñas áreas de siembra anualmente a
lo largo de esas 20 ha. La zona de actuación se seleccionará en áreas que
potencialmente sean aptas y fuera del entorno de las plantas previamente acordados con
la Administración. Se incluye el control periódico de las actuaciones, control o reposición
de materiales, reparación de estructuras, limpieza, etc., durante los tres primeros años
de vida útil de explotación de las instalaciones. En definitiva, se creará un área que
potencie las especies que sirvan de alimento al águila perdicera y otras rapaces en áreas
incluidas dentro del Plan de Recuperación pero que se encuentren alejadas de las
instalaciones dada la inexistencia de la especie en el entorno del proyecto.
La Subdirección General de Patrimonio Natural y Cambio Climático de la Región de
Murcia indica que el promotor debe establecer corredores verdes sin infraestructuras
para garantizar la dispersión y conectividad de la fauna. Respecto a ello, el Ayuntamiento
de Mula califica el impacto como medio-alto debido a la elevada superficie de ocupación
de la planta, lo que supone una fragmentación y pérdida de hábitat, sobre todo para las
aves. El promotor no plantea modificaciones al respecto, ya que concluye que la planta
no supone un problema de conectividad al incorporar vallado cinegético y el cerramiento
vegetal perimetral. Informa de que la planta solar podría suponer una «isla refugio» para
muchas especies de fauna de las ZEPA próximas.
Por su parte, Ecologistas en Acción de la Región de Murcia indica que no se han
detallado los impactos por colisión o electrocución de la avifauna, así como la afección
de las instalaciones a zonas de aplicación del Plan de Recuperación del águila perdicera,
debiendo adoptar medidas como: corrección de infraestructuras que causan accidentes,
cve: BOE-A-2023-2594
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 26
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 14144
En relación con los impactos, durante la fase de obra, la pérdida o modificación de
hábitat por desaparición de la cubierta vegetal y eliminación de ejemplares, la alteración
de los hábitos de reproducción, descanso, campeo y alimentación, y las molestias
derivadas de las distintas actuaciones, pueden producir interferencias y desplazamientos
en las diferentes poblaciones, en especial durante la época reproductora, o por la
afección directa sobre puestas o camadas. En la fase de explotación destaca la
alteración o pérdida de hábitats, el posible efecto barrera para el movimiento de la fauna
terrestre por el cerramiento perimetral y los paneles solares, las molestias y mortalidad
por colisión con el vallado o con los paneles solares, así como con las líneas eléctricas.
Entre las medidas propuestas para mitigar los impactos destacan las siguientes:
tapado de zanjas y/o disposición de sistemas de escape ante posibles caídas de
animales, ejecución de desbroces fuera de periodo de nidificación y cría de especies
sensibles, señalización de vallado cinegético con placas anticolisión para las aves,
instalación de 15 cajas nido para favorecer el mantenimiento de las poblaciones de aves
locales, así como refugios para quirópteros, dispositivos salvapájaros (de materiales
opacos y dispuestos cada 10 m o alternadamente cada 20 m), creación de áreas óptimas
para insectos mediante la siembra dentro de la planta solar, etc.
Procede destacar que varias parcelas situadas al E de la planta Mula III (estimadas
en unas 14 ha) son coincidentes con el Plan de Recuperación del águila perdicera, ave
catalogada como vulnerable en el CEEA y en peligro de extinción en el CEARM. El EsIA
afirma no existir peligro de colisión o electrocución con líneas de evacuación al ser todas
ellas subterráneas. Respecto de la nidificación, el promotor propone realizar
prospecciones faunísticas previas y durante las obras, y, en caso de detectar
comportamientos de reproducción o nidos, se adaptaría el calendario de obras para
evitar molestias (período reproductor de diciembre a junio). En fase de explotación, el
promotor señala que no se producirían afecciones, ya que solamente se ha detectado un
único ejemplar a 7 km de la planta solar. Además, debido a la presencia de conejo y
perdiz roja por la zona, que utilizan y podrán seguir utilizando el área para alimentación,
puesto que gran parte de la superficie de la planta estará libre y cubierta de vegetación
natural, no se prevé que las especies presa abandonen su hábitat. No obstante, el
promotor contempla mejorar el hábitat de especies presas del águila perdicera y otras
rapaces en una superficie de 20 ha, exterior a la planta, donde se persigue mejorar la
disponibilidad de alimento, agua y refugio de las especies presa, mediante la instalación
de 10 majanos, 20 bebederos y la creación de pequeñas áreas de siembra anualmente a
lo largo de esas 20 ha. La zona de actuación se seleccionará en áreas que
potencialmente sean aptas y fuera del entorno de las plantas previamente acordados con
la Administración. Se incluye el control periódico de las actuaciones, control o reposición
de materiales, reparación de estructuras, limpieza, etc., durante los tres primeros años
de vida útil de explotación de las instalaciones. En definitiva, se creará un área que
potencie las especies que sirvan de alimento al águila perdicera y otras rapaces en áreas
incluidas dentro del Plan de Recuperación pero que se encuentren alejadas de las
instalaciones dada la inexistencia de la especie en el entorno del proyecto.
La Subdirección General de Patrimonio Natural y Cambio Climático de la Región de
Murcia indica que el promotor debe establecer corredores verdes sin infraestructuras
para garantizar la dispersión y conectividad de la fauna. Respecto a ello, el Ayuntamiento
de Mula califica el impacto como medio-alto debido a la elevada superficie de ocupación
de la planta, lo que supone una fragmentación y pérdida de hábitat, sobre todo para las
aves. El promotor no plantea modificaciones al respecto, ya que concluye que la planta
no supone un problema de conectividad al incorporar vallado cinegético y el cerramiento
vegetal perimetral. Informa de que la planta solar podría suponer una «isla refugio» para
muchas especies de fauna de las ZEPA próximas.
Por su parte, Ecologistas en Acción de la Región de Murcia indica que no se han
detallado los impactos por colisión o electrocución de la avifauna, así como la afección
de las instalaciones a zonas de aplicación del Plan de Recuperación del águila perdicera,
debiendo adoptar medidas como: corrección de infraestructuras que causan accidentes,
cve: BOE-A-2023-2594
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 26