III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2589)
Resolución de 18 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta Termosolar, híbrido con fotovoltaica, Solgest-1, de 150 MW instalados y 98 MW nominal, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Sevilla".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 26

Martes 31 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 14031

– Instalación de arquetas de discriminación de las escorrentías procedentes del
campo termosolar, como compuertas motorizadas con apertura automática controladas
desde el SCADA (supervisión control y adquisición de datos) como respuesta a señal de
detección de HTF libre en el campo solar
– Instalación de medidores en continuo de HTF con los equipos de tratamiento
necesarios para garantizar su correcto funcionamiento (sensores) que se instalarán
aguas arriba de las arquetas de derivación proyectadas.
– Diseño de colectores que conducirán las aguas susceptibles de contaminación
hasta la nueva balsa.
7. Los cruzamientos con cauces se proyectarán de manera que no puedan generar,
ni a corto plazo ni a largo plazo erosión, un obstáculo transversal e impermeable, ni
afectar a la circulación subsuperficial de agua. Una vez finalizadas las obras, su
morfología y vegetación originales será restablecidos.
8. Las aguas residuales generadas durante la eventual instalación de aseos en fase
de obra se evacuarán en un depósito estanco sin salida al exterior y deberán ser
retiradas de forma periódica para su tratamiento por gestor autorizado.
Flora y vegetación y hábitats de interés comunitario.

1. La destrucción de ejemplares de especies de flora protegida se encuentra
prohibida. Las superficies de ocupación temporal necesarias para la construcción de las
plantas deben encontrarse íntegramente en terrenos agrícolas, evitando cualquier
alteración de superficies adyacentes cubiertas por vegetación natural y hábitats de
interés comunitario cuya afección no se ha evaluado en la presente resolución, sobre las
que estos elementos deben guardar una distancia de seguridad suficiente. El proyecto
constructivo incorporará cartografía detallada de la localización de todas las superficies
auxiliares a ocupar temporalmente.
2. El promotor realizará una prospección botánica para detectar la presencia de
taxones de flora protegida en todas las zonas donde se prevén actuaciones, en particular
la superficie que se verá afectada por la construcción del tendido eléctrico de
evacuación. Se realizará en época vegetativa y previamente a concluir el proyecto
constructivo. En el caso de detectar ejemplares de flora protegida, se señalizará el lugar,
se ajustará en caso necesario el diseño del proyecto y se dará aviso a la Delegación
Territorial de Desarrollo Sostenible en Sevilla, que propondrá las medidas a llevar a cabo
para su protección y conservación.
3. El proyecto constructivo incluirá un Programa de Restauración Ambiental y
Paisajística, a escala y detalle apropiados, que comprenderá todas las actuaciones de
restauración, compensación y apantallamiento integradas por el promotor en el proyecto,
incluidas las indicadas en la presente resolución, concretando y cuantificando las
superficies de trabajo, métodos de preparación del suelo, especies vegetales a utilizar,
métodos de siembra o plantación y resto de prescripciones técnicas, así como el
presupuesto y cronograma de todas las actuaciones. Este deberá ser aprobado por la
Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Sevilla de la Junta de Andalucía con
anterioridad a la ejecución de las obras. Deberá asegurarse la viabilidad y supervivencia
de todas las plantaciones y restauraciones, así como del apantallamiento vegetal a
mantener durante toda la vida útil de la instalación, contemplando la reposición de
marras y riegos de apoyo si fuera preciso. Se prestará especial atención a la utilización
de plantas que favorezcan a los insectos polinizadores. Esta medida se acompañará del
respeto por la capa vegetal natural y la instalación de hoteles de insectos en enclaves de
la superficie ocupada por las instalaciones.
4. Durante toda la fase de explotación del proyecto, se evitará dejar el suelo
desnudo y se mantendrá una cubierta vegetal herbácea natural dentro del vallado
perimetral de la planta solar, y en aquellas zonas de la planta termosolar donde no sea
necesario impermeabilizar la superficie para prevenir derrames. En caso de revelarse
necesario, el control de la vegetación natural en el interior de las plantas se realizará

cve: BOE-A-2023-2589
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4.2.3