III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2588)
Resolución de 18 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica Trespuntas I de 60 MWp / 43,52 MWn de potencia, y su infraestructura de evacuación, en Almansa (Albacete)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 14005
En relación con el riesgo por inundaciones, la Dirección General de Protección
Ciudadana de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha resalta la presencia de la
rambla Sumidores, atravesada por la línea eléctrica de evacuación. Asimismo, indica que
es necesario mantener las instalaciones limpias de obstáculos que pudieran impedir el
flujo normal de las aguas, provocando represas o inundaciones (limpieza de vallado
perimetral, cunetas y obras transversales de caminos, etc.).
De acuerdo con el Plan Especial por Riesgo Sísmico en Castilla-La Mancha
(SISMICAN), aprobado por Orden 196/2018, de 14 de diciembre, de la Consejería de
Hacienda y Administraciones Públicas, el municipio de Almansa tiene riesgo sísmico
moderado. El promotor deberá evaluar, junto a la autoridad competente, la necesidad de
aplicar o no la Norma de Construcción Sismoresistente-02 en función de la geología y
litología del terreno.
Según el Plan Específico ante riesgos meteorológicos adversos en Castilla-La
Mancha, el término municipal de Almansa presenta un alto riesgo ante fenómenos como
lluvia, nieve, hielo y granizo. A este respecto, la Dirección General de Protección
Ciudadana de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha señala que habrá que
respetar las zonas de desagüe, mantenerlas limpias de residuos, respetar la vegetación,
etc., de tal manera que se minimice la posible afección derivada de los fenómenos
meteorológicos adversos sobre personas o instalaciones.
En lo que respecta al riesgo por accidentes de mercancías peligrosas, la Dirección
General de Protección Ciudadana de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
indica que, aunque no sea necesario adoptar medidas excepcionales de protección, se
habrá de tener en cuenta que la planta FTV linda, en su límite norte-noreste con la línea
de ferrocarril Albacete-Levante, para establecer las medidas preventivas oportunas en
caso de accidente (aviso a los trabajadores, buenos sistemas de comunicación interiores
y exteriores, medios de extinción, etc.).
Ante la proximidad a la zona de influencia de la Central Nuclear de Cofrentes, se
informará a los trabajadores de las futuras instalaciones a este respecto, con carácter
preventivo y sobre todo en caso de emergencia, ya que deberán seguir las indicaciones
y recomendaciones dadas por las Autoridades competentes en su momento.
El promotor acepta e indica que se tendrá en consideración la evaluación de los
riesgos inherentes a los diferentes Planes de Emergencia aprobados por la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha, para su inclusión en el proyecto fotovoltaico
Trespuntas I. En todo caso, al igual que el resto de los aspectos técnicos específicos del
proyecto, la vulnerabilidad del proyecto, en base al análisis realizado por el promotor, es
un factor por considerar en la decisión de autorización del proyecto por parte del órgano
sustantivo.
Fundamentos de Derecho
El proyecto objeto de la presente resolución se encuentra comprendido en el
grupo 3.j) del anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación de impacto
ambiental, en virtud de lo cual resulta preceptivo su sometimiento al procedimiento de
evaluación de impacto ambiental y la formulación de declaración de impacto ambiental,
con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad con lo establecido
en el artículo 33 y siguientes de la citada norma.
Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución
de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia
estatal, de acuerdo con el artículo 7.1.c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de
enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales.
La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la
evaluación practicada: el documento técnico del proyecto, el estudio de impacto
cve: BOE-A-2023-2588
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 26
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 14005
En relación con el riesgo por inundaciones, la Dirección General de Protección
Ciudadana de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha resalta la presencia de la
rambla Sumidores, atravesada por la línea eléctrica de evacuación. Asimismo, indica que
es necesario mantener las instalaciones limpias de obstáculos que pudieran impedir el
flujo normal de las aguas, provocando represas o inundaciones (limpieza de vallado
perimetral, cunetas y obras transversales de caminos, etc.).
De acuerdo con el Plan Especial por Riesgo Sísmico en Castilla-La Mancha
(SISMICAN), aprobado por Orden 196/2018, de 14 de diciembre, de la Consejería de
Hacienda y Administraciones Públicas, el municipio de Almansa tiene riesgo sísmico
moderado. El promotor deberá evaluar, junto a la autoridad competente, la necesidad de
aplicar o no la Norma de Construcción Sismoresistente-02 en función de la geología y
litología del terreno.
Según el Plan Específico ante riesgos meteorológicos adversos en Castilla-La
Mancha, el término municipal de Almansa presenta un alto riesgo ante fenómenos como
lluvia, nieve, hielo y granizo. A este respecto, la Dirección General de Protección
Ciudadana de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha señala que habrá que
respetar las zonas de desagüe, mantenerlas limpias de residuos, respetar la vegetación,
etc., de tal manera que se minimice la posible afección derivada de los fenómenos
meteorológicos adversos sobre personas o instalaciones.
En lo que respecta al riesgo por accidentes de mercancías peligrosas, la Dirección
General de Protección Ciudadana de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
indica que, aunque no sea necesario adoptar medidas excepcionales de protección, se
habrá de tener en cuenta que la planta FTV linda, en su límite norte-noreste con la línea
de ferrocarril Albacete-Levante, para establecer las medidas preventivas oportunas en
caso de accidente (aviso a los trabajadores, buenos sistemas de comunicación interiores
y exteriores, medios de extinción, etc.).
Ante la proximidad a la zona de influencia de la Central Nuclear de Cofrentes, se
informará a los trabajadores de las futuras instalaciones a este respecto, con carácter
preventivo y sobre todo en caso de emergencia, ya que deberán seguir las indicaciones
y recomendaciones dadas por las Autoridades competentes en su momento.
El promotor acepta e indica que se tendrá en consideración la evaluación de los
riesgos inherentes a los diferentes Planes de Emergencia aprobados por la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha, para su inclusión en el proyecto fotovoltaico
Trespuntas I. En todo caso, al igual que el resto de los aspectos técnicos específicos del
proyecto, la vulnerabilidad del proyecto, en base al análisis realizado por el promotor, es
un factor por considerar en la decisión de autorización del proyecto por parte del órgano
sustantivo.
Fundamentos de Derecho
El proyecto objeto de la presente resolución se encuentra comprendido en el
grupo 3.j) del anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación de impacto
ambiental, en virtud de lo cual resulta preceptivo su sometimiento al procedimiento de
evaluación de impacto ambiental y la formulación de declaración de impacto ambiental,
con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad con lo establecido
en el artículo 33 y siguientes de la citada norma.
Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución
de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia
estatal, de acuerdo con el artículo 7.1.c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de
enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales.
La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la
evaluación practicada: el documento técnico del proyecto, el estudio de impacto
cve: BOE-A-2023-2588
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 26