III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2590)
Resolución de 18 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica Los Corrales de 250 MWp, y su infraestructura de evacuación, en Cuadros (León)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 26
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 14044
de las aguas sanitarias, el mantenimiento de los drenajes y para evitar arrastre de
sedimentos a los cauces; así como para la fase de operación de prevención frente a los
derrames de aceites o hidrocarburos. Además, indica que el proyecto requerirá agua
para los hormigonados, para el riego de caminos, para la limpieza de módulos y para los
baños del edificio de control, cuyo suministro contará con las autorizaciones establecidas
por la normativa.
Vegetación.
El tipo de vegetación mayoritariamente afectada en el recinto de la planta se
corresponde con cultivos herbáceos de secano (348,1 ha), superficie de matorral (94,8
ha) y en menor medida pastizal (38,3 ha). El trazado de la LAT aérea afecta a algunas
zonas con presencia del hábitat de interés comunitario (HIC) 4030 «Brezales secos
europeos» y del HIC 4090 «Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga», así como
a pinares en un tramo de 4.400 m. El conjunto de las actuaciones también puede afectar
a pequeñas superficies de melojar.
El trazado de las líneas de media tensión que conectan la zona sur con la zona norte
de la planta fotovoltaica se ha planteado subterráneo y paralelo al gasoducto existente
en la zona, afectando a superficies de los HIC 4090 «Brezales oromediterráneos
endémicos con aliaga» y 9230 «Robledales galaicoportugueses con Quercus robur y
Quercus pyrenaica», sin que el promotor haya analizado esta afección.
Para la protección de la vegetación el EsIA establece para la fase de obra minimizar
la eliminación directa de vegetación, el balizamiento de arbolado y de zonas de matorral
y pastizal que no van a ser ocupadas por los seguidores u otros componentes, la
recuperación vegetal de zonas afectadas así como medidas de prevención de incendios.
Para prevenir los incendios en la fase de uso se dispondrá de una zona de
retranqueo entre las estructuras de los paneles solares y el vallado, de 5 m, que, al igual
que el resto del parque se mantendrá permanentemente desbrozada, mediante métodos
mecánicos o animales, libre de elementos combustibles, y actuará a modo de
cortafuegos; además de disponer de sistemas manuales de extinción de incendios.
El EsIA también incluye un «Plan de medidas compensatorias y de restauración» en
el que se describen las medidas de restauración de zonas que han sufrido ocupaciones
temporales; y medidas compensatorias a desarrollar tanto en la zona de módulos como
en las denominadas «zonas perimetrales». Estas «zonas perimetrales» se definen como
espacios libres entre el vallado y los módulos fotovoltaicos, excluyendo los viales
perimetrales, que suman un total de 102,9 ha. Se representan 7 zonas perimetrales, una
para cada sector de la planta. En lo que se refiere a la vegetación, estas medidas
compensatorias consisten en ofrecer trabajos silvícolas sobre melojares o pinares en
lugares próximos a las instalaciones y en la siembra de matorral en la zona perimetral 5.
El informe del Servicio Territorial de Medio Ambiente de León indica la posibilidad de
que, entre otras especies de flora, Sideritis borgiae Andrés subsp Borgiae, taxón incluido
en el Catálogo de Flora Protegida de Castilla y León como de Atención Preferente, se
encuentre en las parcelas afectadas, por lo que será necesario realizar una prospección
previa para detectar la presencia de taxones de flora protegida.
Entre las condiciones que estableció el citado Servicio Territorial indicó la necesidad
de soterrar la línea eléctrica de evacuación. La adenda si bien analiza las tres
alternativas referidas en el apartado 3.a sigue considerando como mejor opción la línea
aérea en su configuración original. En este sentido, el Servicio Territorial de Medio
Ambiente de León, emite nuevo informe en el que analiza dicho documento en relación
con los «Criterios técnicos para la tramitación de la instalación de líneas eléctricas de
alta tensión para evacuación de instalaciones de producción de energía renovable»
establecidos por la comunidad autónoma, donde se dispone como primera condición que
la solución de evacuación, independientemente de su tipología, debe ser viable
ambientalmente: la conservación de los valores naturales presentes debe ser compatible
con la instalación de una nueva línea eléctrica de alta tensión. El organismo considera,
cve: BOE-A-2023-2590
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 26
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 14044
de las aguas sanitarias, el mantenimiento de los drenajes y para evitar arrastre de
sedimentos a los cauces; así como para la fase de operación de prevención frente a los
derrames de aceites o hidrocarburos. Además, indica que el proyecto requerirá agua
para los hormigonados, para el riego de caminos, para la limpieza de módulos y para los
baños del edificio de control, cuyo suministro contará con las autorizaciones establecidas
por la normativa.
Vegetación.
El tipo de vegetación mayoritariamente afectada en el recinto de la planta se
corresponde con cultivos herbáceos de secano (348,1 ha), superficie de matorral (94,8
ha) y en menor medida pastizal (38,3 ha). El trazado de la LAT aérea afecta a algunas
zonas con presencia del hábitat de interés comunitario (HIC) 4030 «Brezales secos
europeos» y del HIC 4090 «Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga», así como
a pinares en un tramo de 4.400 m. El conjunto de las actuaciones también puede afectar
a pequeñas superficies de melojar.
El trazado de las líneas de media tensión que conectan la zona sur con la zona norte
de la planta fotovoltaica se ha planteado subterráneo y paralelo al gasoducto existente
en la zona, afectando a superficies de los HIC 4090 «Brezales oromediterráneos
endémicos con aliaga» y 9230 «Robledales galaicoportugueses con Quercus robur y
Quercus pyrenaica», sin que el promotor haya analizado esta afección.
Para la protección de la vegetación el EsIA establece para la fase de obra minimizar
la eliminación directa de vegetación, el balizamiento de arbolado y de zonas de matorral
y pastizal que no van a ser ocupadas por los seguidores u otros componentes, la
recuperación vegetal de zonas afectadas así como medidas de prevención de incendios.
Para prevenir los incendios en la fase de uso se dispondrá de una zona de
retranqueo entre las estructuras de los paneles solares y el vallado, de 5 m, que, al igual
que el resto del parque se mantendrá permanentemente desbrozada, mediante métodos
mecánicos o animales, libre de elementos combustibles, y actuará a modo de
cortafuegos; además de disponer de sistemas manuales de extinción de incendios.
El EsIA también incluye un «Plan de medidas compensatorias y de restauración» en
el que se describen las medidas de restauración de zonas que han sufrido ocupaciones
temporales; y medidas compensatorias a desarrollar tanto en la zona de módulos como
en las denominadas «zonas perimetrales». Estas «zonas perimetrales» se definen como
espacios libres entre el vallado y los módulos fotovoltaicos, excluyendo los viales
perimetrales, que suman un total de 102,9 ha. Se representan 7 zonas perimetrales, una
para cada sector de la planta. En lo que se refiere a la vegetación, estas medidas
compensatorias consisten en ofrecer trabajos silvícolas sobre melojares o pinares en
lugares próximos a las instalaciones y en la siembra de matorral en la zona perimetral 5.
El informe del Servicio Territorial de Medio Ambiente de León indica la posibilidad de
que, entre otras especies de flora, Sideritis borgiae Andrés subsp Borgiae, taxón incluido
en el Catálogo de Flora Protegida de Castilla y León como de Atención Preferente, se
encuentre en las parcelas afectadas, por lo que será necesario realizar una prospección
previa para detectar la presencia de taxones de flora protegida.
Entre las condiciones que estableció el citado Servicio Territorial indicó la necesidad
de soterrar la línea eléctrica de evacuación. La adenda si bien analiza las tres
alternativas referidas en el apartado 3.a sigue considerando como mejor opción la línea
aérea en su configuración original. En este sentido, el Servicio Territorial de Medio
Ambiente de León, emite nuevo informe en el que analiza dicho documento en relación
con los «Criterios técnicos para la tramitación de la instalación de líneas eléctricas de
alta tensión para evacuación de instalaciones de producción de energía renovable»
establecidos por la comunidad autónoma, donde se dispone como primera condición que
la solución de evacuación, independientemente de su tipología, debe ser viable
ambientalmente: la conservación de los valores naturales presentes debe ser compatible
con la instalación de una nueva línea eléctrica de alta tensión. El organismo considera,
cve: BOE-A-2023-2590
Verificable en https://www.boe.es
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