III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2590)
Resolución de 18 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica Los Corrales de 250 MWp, y su infraestructura de evacuación, en Cuadros (León)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 26

Martes 31 de enero de 2023
c)

Sec. III. Pág. 14050

Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto:

El EsIA presenta un estudio de vulnerabilidad ante el riesgo de accidentes graves o
catástrofes en el que se analizan por un lado las amenazas externas como inundaciones,
tormentas eléctricas y riesgo de impacto en estructuras o de sobrecargas debidas a
rayos, terremotos de magnitud significativa, nevadas fuertes y rachas de fuertes vientos;
y por otro el riesgo de incendio con origen en la planta.
En el primer caso, una vez analizadas las amenazas externas, y considerando las
medidas de protección que se incorporan en el proyecto, se deduce que la vulnerabilidad
del mismo frente a amenazas externas es muy baja, concluyéndose que ninguna de ellas
sería susceptible de dar lugar a una catástrofe, en el sentido establecido en la
Ley 9/2018.
En el segundo caso, analizado el riesgo de incendio durante la fase de construcción
y/o desmantelamiento se ha considerado que con la correcta aplicación de las medidas
preventivas, y del desarrollo del Plan de Vigilancia Ambiental es suficiente para minimizar
este riesgo. En relación con el riesgo de incendio durante la fase de explotación
(incendio en paneles fotovoltaicos, cortocircuito en transformadores o producido por fallo
en la LAT) el citado documento asegura que se dispondrá de un Plan de Autoprotección
de las infraestructuras que componen el Proyecto (planta solar fotovoltaica, subestación
eléctrica y línea eléctrica de evacuación), cuya finalidad será prevenir y controlar los
riesgos sobre las personas y los bienes y dar respuesta adecuada a las posibles
situaciones de emergencia, en la zona bajo su responsabilidad, así como de un Plan de
Prevención de Incendios mediante la redacción de una Memoria Técnica de Prevención
de Incendios, para dar cumplimiento Decreto 274/1999, de 28 de octubre, por el que se
aprueba el Plan de Protección Civil ante Emergencias por Incendios Forestales en
Castilla y León (INFOCAL).
La Dirección General de la Salud de la Junta de Castilla y León no ha hecho ninguna
observación al proyecto. La Agencia de Protección Civil comunica los riesgos
establecidos para los dos municipios, Cuadros y La Robla en cuanto a inundación,
incendio forestal, transporte por carretera y ferrocarril de sustancias peligrosas, y por
proximidad a almacenes de sustancias peligrosas, pero no ha establecido ninguna
condición relacionada con el proyecto evaluado que debiera tenerse especialmente en
cuenta.
En todo caso y al igual que los aspectos técnicos del proyecto, la vulnerabilidad del
proyecto (en base al análisis realizado por el promotor) es un factor más a considerar en
la decisión de autorización del proyecto por parte del órgano sustantivo.
Programa de vigilancia ambiental.

El EsIA incluye un programa de vigilancia ambiental (PVA) para la fase de obra, uso
y desmantelamiento del proyecto en el que se definen los controles a realizar sobre los
distintos impactos detectados.
En el PVA para la fase de obra, solo se ha determinado la periodicidad del control en
tres de los diecinueve tipos de controles. Tampoco se han definido indicadores de
cumplimiento con umbrales claros y cuantificables en la mayoría de los controles. Entre
los informes del PVA para esta fase se hace referencia a actas periódicas que deben ser
remitidas a la Dirección de Obra al final de cada periodo, pero no queda establecida ni la
periodicidad ni los periodos citados. Únicamente se define un informe final de obra con
los aspectos más destacables de la obra y del seguimiento realizado.
En el PVA previsto para la fase de uso el seguimiento se centra en: seguimiento
durante dos años del impacto sobre la fauna; seguimiento anual de la efectividad de las
medidas de restauración aplicadas; gestión de los residuos generados en la explotación
y seguimiento durante los dos primeros años desde la puesta en marcha de las medidas
compensatorias propuestas en el EsIA. Para esta fase de uso el promotor no ha
planteado ningún seguimiento de fauna que refleje la evolución del uso del espacio de la

cve: BOE-A-2023-2590
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