III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2591)
Resolución de 18 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica Armada Solar, de 87,5 MWp/82 MW instalados, así como sus infraestructuras de evacuacion asociadas, en la provincia de Madrid".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 14067
Salvietum lavandulifoliae (esplegueras). Esto es debido a que también es el HIC más
extendido y abundante en el conjunto de las teselas.
El ámbito de estudio incluye una superficie de 1.023 ha de Monte Preservado, con
presencia de masas arbóreas, arbustivas y subarbustivas de encinar, alcornocal,
enebral, sabinar, coscojar y quejigal.
Para la protección de la vegetación y los HIC, el promotor contempla, entre otras, las
siguientes medidas: la distribución de seguidores fotovoltaicos se realizaría respetando
al máximo el HIC afectado, no produciendo alteración sobre las zonas arboladas o de
pastizal anejo y ocupando únicamente las zonas que actualmente se encuentran
roturadas, aradas y dedicadas al cultivo de secano.
Además, en lo referente a la línea, el promotor indica que se procederá al
jalonamiento del perímetro de todas las superficies de ocupación de los apoyos y las
plataformas de trabajo, así como los nuevos caminos a construir y caminos campo a
través donde exista presencia de vegetación natural perteneciente a HIC. Se señalarán
aquellos ejemplares de Pinus halepensis, Quercus ilex y Quercus coccifera, como
especies en formaciones forestales más afectados por talas o poda, que sea necesario
proteger en torno al acceso y a la campa de trabajo en los apoyos donde se ha previsto
efectos en masas forestales de estas especies, u otras formaciones con presencia
significativa de estas especies.
Y añade como medidas compensatorias, que se procederá a restituir todos los
ejemplares arbóreos, encinas, quejigos y coscojas, en terreno forestal de porte relevante
afectado por talas con la proporcionalidad 1:5. Las zonas donde se llevarán a cabo las
plantaciones y las labores de conservación de estas, estarán siempre dentro del ámbito
de afección del proyecto.
Consta en el expediente el informe de la Dirección General de Descarbonización y
Transición Energética de la Comunidad de Madrid que considera imprescindible
establecer medidas compensatorias que garanticen el desarrollo y conservación de
hábitats de interés comunitario y de especies de flora y fauna catalogadas a nivel
autonómico y estatal. Señala la necesidad de que el estudio de impacto ambiental
considere una nueva alternativa de trazado para la línea de evacuación.
En opinión de Ecologistas en Acción, en las parcelas del proyecto están presentes
los hábitats prioritarios 6220 de pastizales, el 3170 de estanques temporales
mediterráneos y sobre todo hay que tener en cuenta que existe el encinar adehesado
que debe ser a toda costa protegido y no alterado. Esto último es incompatible con las
intervenciones previstas sobre varias encinas en el EIA.
En el informe de la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la
Comunidad de Madrid, indica que la red de corredores ecológicos de la Comunidad de
Madrid no ha sido considerada en la documentación presentada y que en caso de verse
afectados, deben respetarse los ejemplares de las especies de flora recogidas en el
Decreto 18/1992, en ningún caso se apearán los ejemplares arbóreos, de cualquier
calibre, de las especies catalogadas, debiéndose señalizar su presencia antes de
realizar los desbroces u otras actuaciones. Con respecto a los hábitats naturales indica,
que no deberán ser afectados, ni en la fase de construcción ni en la fase de explotación
(en especial los HIC) y que deben preservarse las isletas, linderos de vegetación natural
existentes en el interior de la zona de actuación, pues suponen zonas de importancia
ecológica como reservorios de biodiversidad y posibles focos de revegetación de la
zona. Con respecto a la línea eléctrica, indica que se potenciará la utilización de líneas
soterradas y la utilización de líneas existentes (repotenciando o compartiendo apoyos),
especialmente cuando atraviesen corredores migratorios, zonas de concentración de
sobrevuelo de aves, elementos del paisaje que siempre tienen función de conectividad
para las aves: (ríos, humedales, collados de montaña, bosques isla u otros enclaves de
concentración de aves), incluida la banda de seguridad, así como montes de Utilidad
Pública y preservados.
cve: BOE-A-2023-2591
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 26
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 14067
Salvietum lavandulifoliae (esplegueras). Esto es debido a que también es el HIC más
extendido y abundante en el conjunto de las teselas.
El ámbito de estudio incluye una superficie de 1.023 ha de Monte Preservado, con
presencia de masas arbóreas, arbustivas y subarbustivas de encinar, alcornocal,
enebral, sabinar, coscojar y quejigal.
Para la protección de la vegetación y los HIC, el promotor contempla, entre otras, las
siguientes medidas: la distribución de seguidores fotovoltaicos se realizaría respetando
al máximo el HIC afectado, no produciendo alteración sobre las zonas arboladas o de
pastizal anejo y ocupando únicamente las zonas que actualmente se encuentran
roturadas, aradas y dedicadas al cultivo de secano.
Además, en lo referente a la línea, el promotor indica que se procederá al
jalonamiento del perímetro de todas las superficies de ocupación de los apoyos y las
plataformas de trabajo, así como los nuevos caminos a construir y caminos campo a
través donde exista presencia de vegetación natural perteneciente a HIC. Se señalarán
aquellos ejemplares de Pinus halepensis, Quercus ilex y Quercus coccifera, como
especies en formaciones forestales más afectados por talas o poda, que sea necesario
proteger en torno al acceso y a la campa de trabajo en los apoyos donde se ha previsto
efectos en masas forestales de estas especies, u otras formaciones con presencia
significativa de estas especies.
Y añade como medidas compensatorias, que se procederá a restituir todos los
ejemplares arbóreos, encinas, quejigos y coscojas, en terreno forestal de porte relevante
afectado por talas con la proporcionalidad 1:5. Las zonas donde se llevarán a cabo las
plantaciones y las labores de conservación de estas, estarán siempre dentro del ámbito
de afección del proyecto.
Consta en el expediente el informe de la Dirección General de Descarbonización y
Transición Energética de la Comunidad de Madrid que considera imprescindible
establecer medidas compensatorias que garanticen el desarrollo y conservación de
hábitats de interés comunitario y de especies de flora y fauna catalogadas a nivel
autonómico y estatal. Señala la necesidad de que el estudio de impacto ambiental
considere una nueva alternativa de trazado para la línea de evacuación.
En opinión de Ecologistas en Acción, en las parcelas del proyecto están presentes
los hábitats prioritarios 6220 de pastizales, el 3170 de estanques temporales
mediterráneos y sobre todo hay que tener en cuenta que existe el encinar adehesado
que debe ser a toda costa protegido y no alterado. Esto último es incompatible con las
intervenciones previstas sobre varias encinas en el EIA.
En el informe de la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la
Comunidad de Madrid, indica que la red de corredores ecológicos de la Comunidad de
Madrid no ha sido considerada en la documentación presentada y que en caso de verse
afectados, deben respetarse los ejemplares de las especies de flora recogidas en el
Decreto 18/1992, en ningún caso se apearán los ejemplares arbóreos, de cualquier
calibre, de las especies catalogadas, debiéndose señalizar su presencia antes de
realizar los desbroces u otras actuaciones. Con respecto a los hábitats naturales indica,
que no deberán ser afectados, ni en la fase de construcción ni en la fase de explotación
(en especial los HIC) y que deben preservarse las isletas, linderos de vegetación natural
existentes en el interior de la zona de actuación, pues suponen zonas de importancia
ecológica como reservorios de biodiversidad y posibles focos de revegetación de la
zona. Con respecto a la línea eléctrica, indica que se potenciará la utilización de líneas
soterradas y la utilización de líneas existentes (repotenciando o compartiendo apoyos),
especialmente cuando atraviesen corredores migratorios, zonas de concentración de
sobrevuelo de aves, elementos del paisaje que siempre tienen función de conectividad
para las aves: (ríos, humedales, collados de montaña, bosques isla u otros enclaves de
concentración de aves), incluida la banda de seguridad, así como montes de Utilidad
Pública y preservados.
cve: BOE-A-2023-2591
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 26