III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2591)
Resolución de 18 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica Armada Solar, de 87,5 MWp/82 MW instalados, así como sus infraestructuras de evacuacion asociadas, en la provincia de Madrid".
27 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 26
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 14078
La Dirección General de Descarbonización y Transición Energética de la Comunidad
de Madrid indica en su informe que se sobrevuela la Fuente del Rey, zona con un valor
histórico muy alto para el municipio de Nuevo Baztán, y que no se hace ninguna
referencia en el estudio.
El promotor indica que la Fuente del Rey se ha tenido en consideración en el EsIA
como uno de los enclaves de alta sensibilidad a preservar, tanto por su valor cultural y
patrimonial intrínseco, como por el uso y percepción del mismo por parte de la población
de Nuevo Baztán y de sus visitantes y en una reunión con el Ayuntamiento de Nuevo
Baztán ya se puso de manifiesto, por lo que el EsIA establece como medida
compensatoria, el acondicionamiento del entorno de la Fuente del Rey para favorecer y
facilitar la afluencia de visitantes con las siguientes medidas:
–
–
–
–
Adecuación del camino de acceso.
Limpieza de la zona y de los elementos inventariados y no inventariados.
Disposición de mobiliario urbano (bancos, mesas, papeleras).
Instalación de paneles informativos.
Por tanto, en el EsIA ya se preveían las medidas indicadas. Su diseño y ejecución se
realizarán en coordinación con el Ayuntamiento de Nuevo Baztán.
Para asegurar la protección del patrimonio cultural se han incluido las condiciones 26
y 27 a esta resolución.
Por otro lado, según el EsIA las vías pecuarias más próximas a la PFV son:
En cuanto a la línea aérea, en su ámbito de estudio podemos encontrar las
siguientes vías pecuarias: «Cañada Real de las Merinas», «Cordel de Corpa a
Valverde», «Cordel de la Senda Galiana», «Colada del Camino Viejo de Pezuela a las
Torres», «Colada del Camino de Torre», «Cañada de las Merinas», «Cordel del Ambite»,
«Cordel de la Pica», «Colada de Vallejo», «Cordel de la Galiana», «Vereda del Camino
de en medio» y «Vereda de la Fuente de los Guindos».
Sin embargo, en la Adenda posterior si se origina una afección sobre las vías
pecuarias, la línea soterrada cruza la Vía Pecuaria «Cordel de la Senda Galiana». El
EsIA indica que, en los puntos de cruce, se aplicarán las medidas pertinentes para evitar
cualquier afección sobre dicha vía pecuaria.
Consta en el expediente el informe del Área de Vías Pecuarias de la Dirección
General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la Comunidad de Madrid antes de
la elaboración de la adenda por parte del promotor, donde se indica que respecto a la
PFV se deberá respetar el Dominio Público Pecuario, situándose el vallado de dicho
emplazamiento, fuera de la vía pecuaria, en cuanto a la línea soterrada y la línea aérea,
se consideran viables los cruces porque no suele haber alternativa razonable a los
mismos ya que los paralelismos solo se autorizan en casos excepcionales, cuando no
existe otra opción o la alternativa presenta extremas dificultades. En consecuencia, todos
los cruces con el dominio público pecuario del trazado de la red de infraestructuras que
se van a proyectar deberán ser autorizados por la Dirección General de Agricultura,
Ganadería y Alimentación de la Comunidad de Madrid.
El promotor muestra su conformidad a lo especificado en el informe estableciendo
que se ajustará el diseño de la PFV para respetar la anchura legal de la vía pecuaria
Cordel de las Merinas y que se tramitará en el Área de Vías Pecuarias de la Dirección
General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la Comunidad de Madrid las
correspondientes solicitudes de ocupación, cruce y tránsito.
cve: BOE-A-2023-2591
Verificable en https://www.boe.es
– «Cañada Real de las Merinas»: esta cañada limita con la PFV Armada Solar por el
Oeste marcando su límite.
– «Cordel de las Merinas»: cordel que limita con Suroeste de la PFV.
– «Cordel de Ambite»: está situada a unos 20 m al Suroeste de la PFV.
– «Colada del Vallejo»: discurre al Oeste de la PFV a unos 154 m de la misma.
– «Cordel de la Pica»: discurre a unos 390 m al Oeste de la PFV.
Núm. 26
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 14078
La Dirección General de Descarbonización y Transición Energética de la Comunidad
de Madrid indica en su informe que se sobrevuela la Fuente del Rey, zona con un valor
histórico muy alto para el municipio de Nuevo Baztán, y que no se hace ninguna
referencia en el estudio.
El promotor indica que la Fuente del Rey se ha tenido en consideración en el EsIA
como uno de los enclaves de alta sensibilidad a preservar, tanto por su valor cultural y
patrimonial intrínseco, como por el uso y percepción del mismo por parte de la población
de Nuevo Baztán y de sus visitantes y en una reunión con el Ayuntamiento de Nuevo
Baztán ya se puso de manifiesto, por lo que el EsIA establece como medida
compensatoria, el acondicionamiento del entorno de la Fuente del Rey para favorecer y
facilitar la afluencia de visitantes con las siguientes medidas:
–
–
–
–
Adecuación del camino de acceso.
Limpieza de la zona y de los elementos inventariados y no inventariados.
Disposición de mobiliario urbano (bancos, mesas, papeleras).
Instalación de paneles informativos.
Por tanto, en el EsIA ya se preveían las medidas indicadas. Su diseño y ejecución se
realizarán en coordinación con el Ayuntamiento de Nuevo Baztán.
Para asegurar la protección del patrimonio cultural se han incluido las condiciones 26
y 27 a esta resolución.
Por otro lado, según el EsIA las vías pecuarias más próximas a la PFV son:
En cuanto a la línea aérea, en su ámbito de estudio podemos encontrar las
siguientes vías pecuarias: «Cañada Real de las Merinas», «Cordel de Corpa a
Valverde», «Cordel de la Senda Galiana», «Colada del Camino Viejo de Pezuela a las
Torres», «Colada del Camino de Torre», «Cañada de las Merinas», «Cordel del Ambite»,
«Cordel de la Pica», «Colada de Vallejo», «Cordel de la Galiana», «Vereda del Camino
de en medio» y «Vereda de la Fuente de los Guindos».
Sin embargo, en la Adenda posterior si se origina una afección sobre las vías
pecuarias, la línea soterrada cruza la Vía Pecuaria «Cordel de la Senda Galiana». El
EsIA indica que, en los puntos de cruce, se aplicarán las medidas pertinentes para evitar
cualquier afección sobre dicha vía pecuaria.
Consta en el expediente el informe del Área de Vías Pecuarias de la Dirección
General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la Comunidad de Madrid antes de
la elaboración de la adenda por parte del promotor, donde se indica que respecto a la
PFV se deberá respetar el Dominio Público Pecuario, situándose el vallado de dicho
emplazamiento, fuera de la vía pecuaria, en cuanto a la línea soterrada y la línea aérea,
se consideran viables los cruces porque no suele haber alternativa razonable a los
mismos ya que los paralelismos solo se autorizan en casos excepcionales, cuando no
existe otra opción o la alternativa presenta extremas dificultades. En consecuencia, todos
los cruces con el dominio público pecuario del trazado de la red de infraestructuras que
se van a proyectar deberán ser autorizados por la Dirección General de Agricultura,
Ganadería y Alimentación de la Comunidad de Madrid.
El promotor muestra su conformidad a lo especificado en el informe estableciendo
que se ajustará el diseño de la PFV para respetar la anchura legal de la vía pecuaria
Cordel de las Merinas y que se tramitará en el Área de Vías Pecuarias de la Dirección
General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la Comunidad de Madrid las
correspondientes solicitudes de ocupación, cruce y tránsito.
cve: BOE-A-2023-2591
Verificable en https://www.boe.es
– «Cañada Real de las Merinas»: esta cañada limita con la PFV Armada Solar por el
Oeste marcando su límite.
– «Cordel de las Merinas»: cordel que limita con Suroeste de la PFV.
– «Cordel de Ambite»: está situada a unos 20 m al Suroeste de la PFV.
– «Colada del Vallejo»: discurre al Oeste de la PFV a unos 154 m de la misma.
– «Cordel de la Pica»: discurre a unos 390 m al Oeste de la PFV.