III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2592)
Resolución de 18 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques solares fotovoltaicos "FV Cisne I" 49,95 MWp, FV Cisne II" 49,95 MWp, FV Cisne III" 49,95 MWp y "FV Cisne IV" de 49,95 MWp, y su infraestructura de evacuación en Guadalajara y Marchamalo (Guadalajara)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 26
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 14097
instalaciones. Añade entre otras medidas, que se procederá a la separación de la tierra
vegetal extraída durante la fase de obras con el fin de utilizarla posteriormente en las
labores de restauración del proyecto y al balizamiento de las zonas críticas de obra para
evitar que exista maquinaria fuera de la zona de actuación.
El EsIA indica que el método de implantación de los módulos fotovoltaicos será
mediante hincado, que permite prescindir de excavaciones y cimentaciones, a una
profundidad suficiente dependiendo de las características de terreno.
Para asegurar la mínima afección a los factores suelo, subsuelo y geodiversidad, se
añaden las condiciones 6 y de la 26 a la 30.
b.6)
Atmósfera y cambio climático.
b.7)
Agua.
El proyecto fotovoltaico se ubica dentro de la Cuenca Hidrográfica del Tajo. La
ubicación de las plantas fotovoltaicas se encuentra en la cuenca del río Henares, en una
zona con múltiples arroyos que van a dar a este río. Se encuentran bordeando la planta
«PFV Cisne I» por sus extremos Norte y Sur dos arroyos de carácter estacional, con los
nombres «Arroyo de Monjardín» al Norte y «Arroyo de la Pililla» al Sur. Estos dos
arroyos convergen en uno a una distancia de 1.578 m de las plantas. Este último arroyo,
a su vez separa la planta «PFV Cisne I» con el parque «PFV Cisne II». Atravesando
cve: BOE-A-2023-2592
Verificable en https://www.boe.es
EsIA considera que durante las obras podrán producirse efectos negativos sobre la
atmósfera, que se deberán a la alteración de la calidad del aire por las emisiones de
partículas y contaminantes atmosféricos, así como al incremento de los niveles sonoros.
Sin embargo, en la fase de funcionamiento las emisiones se limitarán a las producidas
por los vehículos que accedan al campo solar por labores de mantenimiento.
Para paliar los potenciales impactos, el promotor prevé medidas habituales de
buenas prácticas durante las obras que se desarrollan en el apartado de medidas
preventivas y correctoras.
El promotor indica que la propia actividad de la planta solar fotovoltaica va a producir
un efecto positivo sobre el cambio climático ya que se está promoviendo el uso de
energías renovables, lo que contribuye a reducir las emisiones de CO2.
En opinión de la Oficina Española del Cambio Climático (OECC) del MITECO, el
proyecto presentado satisface el desarrollo de energías renovables cuya introducción en
el sistema eléctrico reduce la emisión de gases de efecto invernadero (GEI), por lo que el
impacto sobre el factor clima en la vertiente de mitigación es positivo. No obstante, se ha
observado el uso de algunas superficies boscosas y de olivares para la ubicación de los
módulos fotovoltaicos, lo cual no aprueba, salvo casos puntuales y justificados, ya que la
vegetación arbórea tiene un importante papel como reservorio y sumidero de CO2, por lo
que recomienda el cálculo de la huella de carbono. Además, añade que el EsIA debe
incluir un análisis de la vulnerabilidad del proyecto con respecto al cambio climático, y
ante riesgos de accidentes graves o catástrofes. La OECC señala una serie de medidas
de adaptación al cambio climático que se recomienda contemplar en el proyecto.
El promotor indica que el proyecto supone la eliminación de parte del arbolado
existente, dicha eliminación se justificará y se solicitará la pertinente autorización, y se
ejecutarán las medidas compensatorias planteadas por la Dirección General de Medio
Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha Por otro
lado, El EsIA incluye un análisis de los posibles riesgos de accidentes graves o de
catástrofes naturales, incluyendo una serie de medidas a adoptar en las distintas fases
para mitigar los posibles riesgos, complementarias a las medidas incluidas en el
«capítulo 13. Medidas, preventivas, correctoras y compensatorias», si bien se adoptarán
las medidas recomendadas por la OECC. Por último, se incluirán las «Recomendaciones
para el despliegue e integración de las energías renovables» incluidas en el apartado 8.2
del Estudio de Evaluación Ambiental Estratégica del Plan Nacional Integrado de Energía
y Clima (PNIEC).
Núm. 26
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 14097
instalaciones. Añade entre otras medidas, que se procederá a la separación de la tierra
vegetal extraída durante la fase de obras con el fin de utilizarla posteriormente en las
labores de restauración del proyecto y al balizamiento de las zonas críticas de obra para
evitar que exista maquinaria fuera de la zona de actuación.
El EsIA indica que el método de implantación de los módulos fotovoltaicos será
mediante hincado, que permite prescindir de excavaciones y cimentaciones, a una
profundidad suficiente dependiendo de las características de terreno.
Para asegurar la mínima afección a los factores suelo, subsuelo y geodiversidad, se
añaden las condiciones 6 y de la 26 a la 30.
b.6)
Atmósfera y cambio climático.
b.7)
Agua.
El proyecto fotovoltaico se ubica dentro de la Cuenca Hidrográfica del Tajo. La
ubicación de las plantas fotovoltaicas se encuentra en la cuenca del río Henares, en una
zona con múltiples arroyos que van a dar a este río. Se encuentran bordeando la planta
«PFV Cisne I» por sus extremos Norte y Sur dos arroyos de carácter estacional, con los
nombres «Arroyo de Monjardín» al Norte y «Arroyo de la Pililla» al Sur. Estos dos
arroyos convergen en uno a una distancia de 1.578 m de las plantas. Este último arroyo,
a su vez separa la planta «PFV Cisne I» con el parque «PFV Cisne II». Atravesando
cve: BOE-A-2023-2592
Verificable en https://www.boe.es
EsIA considera que durante las obras podrán producirse efectos negativos sobre la
atmósfera, que se deberán a la alteración de la calidad del aire por las emisiones de
partículas y contaminantes atmosféricos, así como al incremento de los niveles sonoros.
Sin embargo, en la fase de funcionamiento las emisiones se limitarán a las producidas
por los vehículos que accedan al campo solar por labores de mantenimiento.
Para paliar los potenciales impactos, el promotor prevé medidas habituales de
buenas prácticas durante las obras que se desarrollan en el apartado de medidas
preventivas y correctoras.
El promotor indica que la propia actividad de la planta solar fotovoltaica va a producir
un efecto positivo sobre el cambio climático ya que se está promoviendo el uso de
energías renovables, lo que contribuye a reducir las emisiones de CO2.
En opinión de la Oficina Española del Cambio Climático (OECC) del MITECO, el
proyecto presentado satisface el desarrollo de energías renovables cuya introducción en
el sistema eléctrico reduce la emisión de gases de efecto invernadero (GEI), por lo que el
impacto sobre el factor clima en la vertiente de mitigación es positivo. No obstante, se ha
observado el uso de algunas superficies boscosas y de olivares para la ubicación de los
módulos fotovoltaicos, lo cual no aprueba, salvo casos puntuales y justificados, ya que la
vegetación arbórea tiene un importante papel como reservorio y sumidero de CO2, por lo
que recomienda el cálculo de la huella de carbono. Además, añade que el EsIA debe
incluir un análisis de la vulnerabilidad del proyecto con respecto al cambio climático, y
ante riesgos de accidentes graves o catástrofes. La OECC señala una serie de medidas
de adaptación al cambio climático que se recomienda contemplar en el proyecto.
El promotor indica que el proyecto supone la eliminación de parte del arbolado
existente, dicha eliminación se justificará y se solicitará la pertinente autorización, y se
ejecutarán las medidas compensatorias planteadas por la Dirección General de Medio
Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha Por otro
lado, El EsIA incluye un análisis de los posibles riesgos de accidentes graves o de
catástrofes naturales, incluyendo una serie de medidas a adoptar en las distintas fases
para mitigar los posibles riesgos, complementarias a las medidas incluidas en el
«capítulo 13. Medidas, preventivas, correctoras y compensatorias», si bien se adoptarán
las medidas recomendadas por la OECC. Por último, se incluirán las «Recomendaciones
para el despliegue e integración de las energías renovables» incluidas en el apartado 8.2
del Estudio de Evaluación Ambiental Estratégica del Plan Nacional Integrado de Energía
y Clima (PNIEC).