III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2592)
Resolución de 18 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques solares fotovoltaicos "FV Cisne I" 49,95 MWp, FV Cisne II" 49,95 MWp, FV Cisne III" 49,95 MWp y "FV Cisne IV" de 49,95 MWp, y su infraestructura de evacuación en Guadalajara y Marchamalo (Guadalajara)».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 26
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 14099
como SET, edificio de control y zona de posible almacenamiento futuro, se intentará, en
la medida de lo posible, adaptarse a la arquitectura de la zona, y utilizar pinturas ocres
para mejorar la integración paisajística. El promotor indica que las zonas excavadas o
removidas, caminos, zonas de acopio etc., serán restauradas al final de los trabajos de
desmantelamiento. Para ello se realizará una plantación de árboles y arbustos o
recuperación de hábitats utilizando para ello especies autóctonas y similares a las
existentes antes de la construcción de la planta.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla La Mancha indica que el EsIA no contempla la creación de pantallas
vegetales correctoras del impacto paisajístico, que serán necesarias en algunos tramos
colindantes con los caminos de mayor uso.
La Dirección General de Economía Circular de la Junta de Comunidades de Castilla
La Mancha señala una serie de condiciones que deben cumplir estas pantallas
vegetales.
Para asegurar una correcta integración paisajística del proyecto, se incluyen en esta
resolución las condiciones 42, 43 y 44.
b.9)
Patrimonio cultural. Vías pecuarias (VVPP). Montes de utilidad pública (MUP).
–
–
–
–
Vereda de la Senda Larga a 1.984,46 m.
Vereda del Camino Viejo de la Torrecilla a Guadalajara a 446,54 m.
Vereda de Fontanar a 1.637,01 m.
Vereda del Camino Viejo de Tórtola a 977,86 m.
Para asegurar la protección de las vías pecuarias, se ha incluido la condición 47 de
esta resolución.
El EsIA informa que todos los terrenos de los que se compone el proyecto de la
planta fotovoltaica no están incluidos en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública.
cve: BOE-A-2023-2592
Verificable en https://www.boe.es
El promotor envía en una separata aparte del EsIA, donde se recoge la prospección
arqueológica superficial en la zona del proyecto. En el área de Cisne I ha identificado la
presencia de registro arqueológico en superficie en un único lugar, el denominado
«Arroyo de la Pililla», se trata de una serie de parcelas que se hallan en el sector
noroeste del área prospectada, donde aparecen fragmentos de piedra con huellas de
haber sido tallada. En algunos lugares la concentración es bastante numerosa, siendo
piezas aisladas en otros casos, sin embargo, en el resto la ausencia de registro
arqueológico es total.
En Cisne II, ha identificado la presencia de tres áreas con registro arqueológico en
superficie. No obstante, la cantidad del mismo y su carácter no permite identificar la
presencia de yacimientos arqueológicos, sino material depositado como producto del
abonado de los campos mediante desechos domésticos en los que se incluyen
fragmentos cerámicos. En otros lugares se han identificado algunos restos de útiles de
sílex que pueden proceder de un taller de talla que denominan «Arroyo de la Pililla» y
que se halla contiguo a PFV Cisne I.
El promotor indica que, como medidas preventivas, con anterioridad al proyecto de
construcción del parque solar fotovoltaico, se realizará la identificación y recogida del
material arqueológico en el lugar denominado «Arroyo de la Pililla», mediante la
aplicación de cuadrículas georreferenciadas en superficie, así como la documentación de
este material aplicando el método arqueológico. En el resto de las parcelas del proyecto
de parque solar fotovoltaico no es necesaria la aplicación de otras medidas correctoras.
Para asegurar la protección del patrimonio cultural se han incluido las condiciones 45
y 46 a esta resolución.
Por otro lado, según el EsIA las vías pecuarias más próximas a la PFV son:
Núm. 26
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 14099
como SET, edificio de control y zona de posible almacenamiento futuro, se intentará, en
la medida de lo posible, adaptarse a la arquitectura de la zona, y utilizar pinturas ocres
para mejorar la integración paisajística. El promotor indica que las zonas excavadas o
removidas, caminos, zonas de acopio etc., serán restauradas al final de los trabajos de
desmantelamiento. Para ello se realizará una plantación de árboles y arbustos o
recuperación de hábitats utilizando para ello especies autóctonas y similares a las
existentes antes de la construcción de la planta.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla La Mancha indica que el EsIA no contempla la creación de pantallas
vegetales correctoras del impacto paisajístico, que serán necesarias en algunos tramos
colindantes con los caminos de mayor uso.
La Dirección General de Economía Circular de la Junta de Comunidades de Castilla
La Mancha señala una serie de condiciones que deben cumplir estas pantallas
vegetales.
Para asegurar una correcta integración paisajística del proyecto, se incluyen en esta
resolución las condiciones 42, 43 y 44.
b.9)
Patrimonio cultural. Vías pecuarias (VVPP). Montes de utilidad pública (MUP).
–
–
–
–
Vereda de la Senda Larga a 1.984,46 m.
Vereda del Camino Viejo de la Torrecilla a Guadalajara a 446,54 m.
Vereda de Fontanar a 1.637,01 m.
Vereda del Camino Viejo de Tórtola a 977,86 m.
Para asegurar la protección de las vías pecuarias, se ha incluido la condición 47 de
esta resolución.
El EsIA informa que todos los terrenos de los que se compone el proyecto de la
planta fotovoltaica no están incluidos en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública.
cve: BOE-A-2023-2592
Verificable en https://www.boe.es
El promotor envía en una separata aparte del EsIA, donde se recoge la prospección
arqueológica superficial en la zona del proyecto. En el área de Cisne I ha identificado la
presencia de registro arqueológico en superficie en un único lugar, el denominado
«Arroyo de la Pililla», se trata de una serie de parcelas que se hallan en el sector
noroeste del área prospectada, donde aparecen fragmentos de piedra con huellas de
haber sido tallada. En algunos lugares la concentración es bastante numerosa, siendo
piezas aisladas en otros casos, sin embargo, en el resto la ausencia de registro
arqueológico es total.
En Cisne II, ha identificado la presencia de tres áreas con registro arqueológico en
superficie. No obstante, la cantidad del mismo y su carácter no permite identificar la
presencia de yacimientos arqueológicos, sino material depositado como producto del
abonado de los campos mediante desechos domésticos en los que se incluyen
fragmentos cerámicos. En otros lugares se han identificado algunos restos de útiles de
sílex que pueden proceder de un taller de talla que denominan «Arroyo de la Pililla» y
que se halla contiguo a PFV Cisne I.
El promotor indica que, como medidas preventivas, con anterioridad al proyecto de
construcción del parque solar fotovoltaico, se realizará la identificación y recogida del
material arqueológico en el lugar denominado «Arroyo de la Pililla», mediante la
aplicación de cuadrículas georreferenciadas en superficie, así como la documentación de
este material aplicando el método arqueológico. En el resto de las parcelas del proyecto
de parque solar fotovoltaico no es necesaria la aplicación de otras medidas correctoras.
Para asegurar la protección del patrimonio cultural se han incluido las condiciones 45
y 46 a esta resolución.
Por otro lado, según el EsIA las vías pecuarias más próximas a la PFV son: