III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2586)
Resolución de 18 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque solar fotovoltaico Archidona Solar de 103,8 MWp, y su infraestructura de evacuación, en Loja (Granada), Villanueva de Tapia, Villanueva de Algaidas y Archidona (Málaga)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 26
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13970
– En la parte aérea de la LAT, se contemplarán, como mínimo, las prescripciones
técnicas que se prevén en el artículo 7 del Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por
el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la
electrocución en líneas eléctricas de alta tensión y en el Decreto 178/2006, de 10 de
octubre, por el que se establecen normas de protección de la avifauna para las
instalaciones eléctricas de alta tensión. Para ello, se atenderá a los trabajos más
recientes que analicen la eficiencia de los diferentes tipos de señalizadores para reducir
al mínimo las colisiones, y se instalarán elementos aislantes en todas las crucetas para
evitar accidentes por electrocución. Se propone la instalación de 1 dispositivo anticolisión
cada 5 m, en concreto, espirales de PVC cada 10 m, intercaladas cada 5 m con aspas
giratorias o bird flappers. Esta medida se aplicará igualmente a los cables conductores a
lo largo de todo el trazado si así lo estima el órgano ambiental.
– Se elaborará un cronograma de los trabajos de mantenimiento que tenga en
cuenta la fenología de la fauna, sobre todo la época de nidificación, con el objetivo de
programar el menor número de tareas en ese periodo. Tendrá en cuenta el
mantenimiento de todas las medidas correctoras y compensatorias implantadas.
– Al igual que en la fase de construcción se limitará la velocidad de circulación de los
vehículos y se evitará la realización de trabajos nocturnos para reducir accidentes.
– Durante la época de reproducción se llevarán a cabo visitas por técnico de
avifauna para detectar posibles nidos en los terrenos de la PFV y contiguos. En caso de
detectarse, se comunicará al organismo competente de la Junta de Andalucía y se
establecerá una zona de protección alrededor de estos nidos de al menos 1.000 m2, que
se mantendrán en el mismo estado de conservación que cuando la especie anidó en la
zona. Este estado de conservación del nido se mantendrá hasta al menos el 15 de julio o
fecha en la que el organismo competente de la Junta de Andalucía requiera. En esta
zona no se llevarán tareas de mantenimiento ni circulación de vehículos o maquinaria.
– Se promoverá la instalación de colmenas por parte de apicultores que pudieran
estar interesados, para aprovechamiento de la flora silvestre o que pueda asentarse en
los terrenos.
– En la PFV se instalarán: 25 bebederos en el contorno de la instalación, junto a
masas arbóreas; 25 comederos artificiales en el interior de la PFV junto a los bebederos;
12 majanos para favorecer la cría y refugio del conejo de monte (Oryctolagus cuniculus)
junto a arroyos o regatos; 12 refugios de reptiles que podrán utilizar también
micromamíferos o invertebrados; 25 cajas nido para cernícalo vulgar y cernícalo primilla,
compatibles con lechuza común (Tyto alba) y carraca (Coracias garrulus); 25 cajasrefugio para quirópteros en las masas forestales próximas; 49 casas para insectos en
árboles o posaderos; 2 charcas artificiales para los anfibios y otros vertebrados
terrestres.
– Recuperación de hábitat estepario mediante transformación de superficies
ocupadas actualmente por olivar en herbáceas de secano en una superficie de 75,90 ha
anexas a la PFV. En concreto, se tratará de la parcela 67 del polígono 2 y de las
parcelas 46, 47, 49, 50 y 53 del polígono 3 del TM de Loja (Granada).
– Desarrollo de medidas culturales de gestión agraria en las superficies
transformadas de olivar a herbáceas de secano en 75,90 ha y en 24,05 ha cubiertas
actualmente por cereal en el entorno de la PFV. Se pretenden mejorar las condiciones
del hábitat de especies esteparias en otros lugares de interés. Para ello, se incrementará
la superficie de barbecho verde, cultivos y pastizales, se fomentará el cultivo de
leguminosas, se retrasará la fecha de la cosecha, se crearán franjas periféricas
multifuncionales, se mantendrán los rastrojos, se disminuirán y sustituirán los productos
sanitarios por los menos tóxicos, etc.
– Establecimiento de un área de reserva adicional para la mejora del hábitat de la
fauna en general y, en particular, de rapaces y esteparias. Estará localizada al este de la
PFV, en terrenos actualmente ocupados por pasto arbustivo con una superficie de 36 ha.
cve: BOE-A-2023-2586
Verificable en https://www.boe.es
Medidas compensatorias:
Núm. 26
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 13970
– En la parte aérea de la LAT, se contemplarán, como mínimo, las prescripciones
técnicas que se prevén en el artículo 7 del Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por
el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la
electrocución en líneas eléctricas de alta tensión y en el Decreto 178/2006, de 10 de
octubre, por el que se establecen normas de protección de la avifauna para las
instalaciones eléctricas de alta tensión. Para ello, se atenderá a los trabajos más
recientes que analicen la eficiencia de los diferentes tipos de señalizadores para reducir
al mínimo las colisiones, y se instalarán elementos aislantes en todas las crucetas para
evitar accidentes por electrocución. Se propone la instalación de 1 dispositivo anticolisión
cada 5 m, en concreto, espirales de PVC cada 10 m, intercaladas cada 5 m con aspas
giratorias o bird flappers. Esta medida se aplicará igualmente a los cables conductores a
lo largo de todo el trazado si así lo estima el órgano ambiental.
– Se elaborará un cronograma de los trabajos de mantenimiento que tenga en
cuenta la fenología de la fauna, sobre todo la época de nidificación, con el objetivo de
programar el menor número de tareas en ese periodo. Tendrá en cuenta el
mantenimiento de todas las medidas correctoras y compensatorias implantadas.
– Al igual que en la fase de construcción se limitará la velocidad de circulación de los
vehículos y se evitará la realización de trabajos nocturnos para reducir accidentes.
– Durante la época de reproducción se llevarán a cabo visitas por técnico de
avifauna para detectar posibles nidos en los terrenos de la PFV y contiguos. En caso de
detectarse, se comunicará al organismo competente de la Junta de Andalucía y se
establecerá una zona de protección alrededor de estos nidos de al menos 1.000 m2, que
se mantendrán en el mismo estado de conservación que cuando la especie anidó en la
zona. Este estado de conservación del nido se mantendrá hasta al menos el 15 de julio o
fecha en la que el organismo competente de la Junta de Andalucía requiera. En esta
zona no se llevarán tareas de mantenimiento ni circulación de vehículos o maquinaria.
– Se promoverá la instalación de colmenas por parte de apicultores que pudieran
estar interesados, para aprovechamiento de la flora silvestre o que pueda asentarse en
los terrenos.
– En la PFV se instalarán: 25 bebederos en el contorno de la instalación, junto a
masas arbóreas; 25 comederos artificiales en el interior de la PFV junto a los bebederos;
12 majanos para favorecer la cría y refugio del conejo de monte (Oryctolagus cuniculus)
junto a arroyos o regatos; 12 refugios de reptiles que podrán utilizar también
micromamíferos o invertebrados; 25 cajas nido para cernícalo vulgar y cernícalo primilla,
compatibles con lechuza común (Tyto alba) y carraca (Coracias garrulus); 25 cajasrefugio para quirópteros en las masas forestales próximas; 49 casas para insectos en
árboles o posaderos; 2 charcas artificiales para los anfibios y otros vertebrados
terrestres.
– Recuperación de hábitat estepario mediante transformación de superficies
ocupadas actualmente por olivar en herbáceas de secano en una superficie de 75,90 ha
anexas a la PFV. En concreto, se tratará de la parcela 67 del polígono 2 y de las
parcelas 46, 47, 49, 50 y 53 del polígono 3 del TM de Loja (Granada).
– Desarrollo de medidas culturales de gestión agraria en las superficies
transformadas de olivar a herbáceas de secano en 75,90 ha y en 24,05 ha cubiertas
actualmente por cereal en el entorno de la PFV. Se pretenden mejorar las condiciones
del hábitat de especies esteparias en otros lugares de interés. Para ello, se incrementará
la superficie de barbecho verde, cultivos y pastizales, se fomentará el cultivo de
leguminosas, se retrasará la fecha de la cosecha, se crearán franjas periféricas
multifuncionales, se mantendrán los rastrojos, se disminuirán y sustituirán los productos
sanitarios por los menos tóxicos, etc.
– Establecimiento de un área de reserva adicional para la mejora del hábitat de la
fauna en general y, en particular, de rapaces y esteparias. Estará localizada al este de la
PFV, en terrenos actualmente ocupados por pasto arbustivo con una superficie de 36 ha.
cve: BOE-A-2023-2586
Verificable en https://www.boe.es
Medidas compensatorias: